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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE MAYO DEL AÑO 2003 (30/05/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 79

PÆg. 245145 NORMAS LEGALES Lima, viernes 30 de mayo de 2003 límites de la circunscripción del Centro Poblado Menor de Santa María de Huachipa, con una antigüedad mínima deseis meses consecutivos previos a la elección. Artículo 4° - DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO - CHOSICA El proceso electoral está bajo la responsabilidad de la Municipalidad Distrital de Lurigancho - Chosica y tiene laobligación de otorgar el apoyo técnico-logístico y económi-co al Comité Electoral Especial para realizar el proceso de consulta popular. CAPÍTULO II DEL COMITÉ ELECTORAL ESPECIAL Artículo 5°.- CONFORMACIÓN DEL COMITÉ ELECTO- RAL ESPECIAL El Comité Electoral Especial estará conformado por tres (3) miembros: dos (2) designados por la Municipali-dad Metropolitana de Lima y uno (1) por la Municipalidad Distrital de Lurigancho - Chosica. Será presidido por uno de los miembros designados por la Municipalidad Metro-politana. Para garantizar la transparencia del proceso de consul- ta popular y la legalidad de la actuación de la Municipali-dad Provincial, de la Municipalidad Distrital, de la Municipa- lidad del Centro Poblado Menor y del Comité Electoral Es- pecial, este último solicitará la intervención de organismospúblicos y privados de reconocido prestigio, que coadyu-ven al normal desarrollo del proceso de consulta popular. Artículo 6°.- FUNCIONES DEL COMITÉ ELECTORAL ESPECIAL Son funciones del Comité Electoral Especial, las siguien- tes: a. Organizar, dirigir, controlar y culminar el proceso de consulta popular. b. Elaborar el padrón electoral y el cronograma del pro- ceso electoral. c. Efectuar la convocatoria de los vecinos a través de los medios de comunicación y con avisos en locales públi-cos, carteles y banderolas en la circunscripción del CentroPoblado Menor. d. Resolver en única instancia las tachas, reclamacio- nes e impugnaciones presentadas contra los vecinos ins-critos en el Padrón Electoral y contra los candidatos. e. Resolver en única instancia las impugnaciones deri- vadas del acto de sufragio y del escrutinio. f. Oficiar al Concejo de la Municipalidad Distrital de Lu- rigancho - Chosica, comunicando el resultado de la consul- ta popular. CAPÍTULO III EL PADRÓN ELECTORAL Artículo 7° - DEL PADRÓN ELECTORAL Los vecinos que con arreglo a lo expuesto en el artícu- lo 3° de la presente Ordenanza, domicilien en el CentroPoblado Menor de Santa María de Huachipa, tienen de- recho a estar inscritos en el padrón electoral que para efectos del ejercicio al derecho de sufragio y de la consul-ta popular, se conformará de acuerdo a lo dispuesto en elpresente Ordenanza. Para ser inscrito en el padrón electoral, los vecinos deberán acreditar que domicilian en el Centro Poblado Menor con su documento nacional de identidad, los reci- bos de los servicios de luz, agua o teléfono con unaantigüedad de giro no mayor de dos meses o con elcertificado domiciliario expedido por la Policía Nacionaldel Perú. En el caso de los ciudadanos extranjeros residentes en el Perú, se identificarán con su carné de extranjería. Artículo 8° - PUBLICACION DEL PADRÓN ELECTO- RAL Y TACHA DE VECINOS Terminada la inscripción de los vecinos en el Padrón Electoral, éste deberá ser publicado y exhibido en el local de la Municipalidad del Centro Poblado Menor de Santa María de Huachipa y en lugares públicos designados acriterio del Comité Electoral Especial, garantizando su difu-sión entre los habitantes de la circunscripción. Dentro de los cinco (5) días naturales de exhibición del Padrón Electoral, cualquier vecino que reúna los re- quisitos del artículo 3° de la presente Ordenanza, podrá presentar tachas contra la inscripción de otros vecinos.El Comité Electoral Especial resolverá en única y defini- tiva instancia las tachas interpuestas en un plazo decinco (5) días hábiles contados desde la presentaciónde la impugnación, pudiendo adoptar las medidas de verificación de la autenticidad de los domicilios, que con- sidera pertinentes. CAPÍTULO IV DE LOS CANDIDATOS Artículo 9° - REQUISITOS DE LOS CANDIDATOS Los candidatos a Alcalde o Regidor deberán cumplir los siguientes requisitos: a. Ser ciudadano en ejercicio, tener documento nacio- nal de identidad o libreta electoral vigente en la fecha de la elección y estar inscrito en el Padrón Electoral del Centro Poblado Menor. b. Domiciliar en el Centro Poblado Menor de Santa Ma- ría de Huachipa, conforme los requisitos del artículo 4° dela presente Ordenanza, cuando menos dos años conti-nuos anteriores a la elección. Artículo 10° - IMPEDIMENTOS Constituyen impedimentos para ser candidato a Alcal- de o Regidor lo dispuesto en los artículos 8° y 9° de la LeyN° 26864 y su modificatoria Ley N° 27734. Artículo 11° - RECEPCIÓN DE LAS LISTAS DE CANDI- DATOS La Comisión Electoral Especial recibirá las listas de candidatos y verificará el cumplimiento de los requisitosexigidos por la presente Ordenanza. La lista estará res-paldada con no menos de cincuenta (50) firmas de veci- nos de la circunscripción, debidamente acreditados con- forme el Padrón Electoral. Luego, emitirá la Resoluciónde Inscripción Provisional y la lista será publicada y exhi-bida en el local de la Municipalidad del Centro PobladoMenor de Santa María de Huachipa y en lugares públicosdesignados a criterio del Comité Electoral Especial, ga- rantizando su difusión entre los habitantes de la circuns- cripción. CAPÍTULO V DE LAS LISTAS DE CANDIDATOS Artículo 12° - REQUISITOS DE LAS LISTAS DE CAN- DIDATOS Las listas de candidatos deberán presentarse con la modalidad de lista completa, con un (1) candidato a Alcal- de y cinco (5) candidatos a Regidores, debiendo cada lista contar entre sus candidatos a Regidores con dos (2) muje-res y/o varones como mínimo. Artículo 13° - FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS LISTAS Las listas de candidatos se presentarán en los forma- tos de inscripción que para tal efecto aprueba el ComitéElectoral Especial. El personero de cada lista, debidamen-te acreditado ante el Comité, es el encargado de formalizarla presentación de la documentación respectiva para lainscripción. Artículo 14° - TRÁMITE DE LAS TACHAS Publicadas las listas de candidatos, cualquier vecino debidamente inscrito en el Padrón Electoral, podrá interpo-ner tachas contra uno o más miembros integrantes de unalista, dentro de los tres (3) días naturales de exhibida la lista. El impugnante deberá fundamentar su tacha cuando los candidatos no cumplen con los requisitos que esta-blece la presente Ordenanza, haya sido condenado pordelito doloso o infrinja las disposiciones de la Ley N°26864 y su modificatoria Ley N° 27734. El impugnante deberá acompañar a su solicitud de tacha un recibo de pago ante la Municipalidad Distrital de Lurigancho - Cho-sica equivalente al cinco por ciento (5%) de la UnidadImpositiva Tributaria. El Comité Electoral Especial resolverá en instancia úni- ca la tacha interpuesta, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al de su presentación. Si la tacha se declara fundada no anulará la inscripción de la lista y sólo tendrá efectos sobre el tachado. En estecaso la lista deberá ser completada dentro de los dos (2)días naturales de notificada la Resolución que declara fun-dada la tacha.