Norma Legal Oficial del día 07 de noviembre del año 2003 (07/11/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 7 de noviembre de 2003

Cesinia Noli MORDAZA, Directora Ejecutiva de la Unidad de Coordinacion del Proyecto Manejo de Recursos Naturales en la MORDAZA Sur - MARENASS y al Eco. MORDAZA Barrio de MORDAZA MORDAZA, Coordinador de la Oficina Zonal de Andahuaylas de la Unidad de Coordinacion del Proyecto MARENASS, para que participen en el citado evento; Que, en las referidas comunicaciones de invitacion, se indica ademas, que la Division de MORDAZA Latina y el Caribe del FIDA, PROGENERO, CODERSA y los demas programas que convocan al citado Taller, asumiran integramente los costos de traslado y estadia que irrogue la asistencia de ambos invitados; Que, es necesaria la participacion de los mencionados funcionarios, en el Taller "Equidad de Genero y Recursos Naturales en proyectos FIDA", toda vez que el objetivo del mencionado evento, es fortalecer el acompanamiento tecnico en los Proyectos FIDA, a traves, de un mayor dominio de los temas transversales de equidad de genero y manejo de recursos naturales y su relacion con generacion de ingresos y la reduccion de pobreza; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25902 y Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje en comision de servicios, de la Ing. MORDAZA Cesinia Noli MORDAZA, Directora Ejecutiva de la Unidad de Coordinacion del Proyecto Manejo de Recursos Naturales en la MORDAZA Sur MARENASS, y del Eco. MORDAZA Barrio de MORDAZA MORDAZA, Coordinador de la Oficina Zonal de Andahuaylas de la Unidad de Coordinacion del Proyecto Manejo de Recursos Naturales en la MORDAZA Sur - MARENASS, del 17 al 21 de noviembre de 2003, para participar en el Taller "Equidad de Genero y Recursos Naturales en proyectos FIDA", que se llevara a cabo en la MORDAZA de Peten, Guatemala. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Ministerial, no ocasionaran desembolso alguno al Tesoro Publico, siendo asumidos integramente por la Division de MORDAZA Latina y el Caribe del Fondo Internacional de Desarrollo MORDAZA - FIDA, PROGENERO, CODERSA y los demas programas que convocan al referido Taller. Articulo 3º.- La presente Resolucion Ministerial no da derecho a exoneracion o liberacion del pago de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 4º.- Dentro de los quince (15) dias de culminado el evento, los funcionarios mencionados en el Articulo 1º de la presente resolucion, deberan presentar a quien corresponda, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura 20474

sal de Desarrollos Electronicos S.A., en el que solicita autorizacion y registro de diez (10) memorias de solo lectura; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27153 se MORDAZA la explotacion de los juegos de casino y maquinas tragamonedas, estableciendose en el articulo 11º que los programas de juego cuya explotacion es permitida en el MORDAZA son aquellos que cuentan con autorizacion y registro; Que, el articulo 18º del Reglamento de la Ley Nº 27153, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2002MINCETUR, establece la informacion y documentacion que deben presentar los interesados en obtener la autorizacion y registro de las memorias de solo lectura que integran los programas de juego de las maquinas tragamonedas; Que, por su parte, el articulo 21º del citado Reglamento senala que los modelos de maquinas tragamonedas y las memorias de solo lectura de los programas de juego deberan someterse con anterioridad a su autorizacion y registro, a un examen tecnico ante una Entidad Autorizada, la cual expedira un Certificado de Cumplimiento que acreditara que el modelo o las memorias que componen el programa de juego, segun sea el caso, cumplen con los requisitos establecidos en la Ley, el Reglamento y las Directivas; Que, realizada la evaluacion de los Certificados de Cumplimiento Nºs. 200306-32, 200306-33 y 200306-34, 200306-35 y 200306-36, de fecha 23.6.2003, expedidos por el Laboratorio de Certificacion de la Universidad Catolica del Peru asi como de las memorias de solo lectura, se advierte que las mismas cumplen con lo dispuesto en el articulo 18º del Decreto Supremo Nº 0092002-MINCETUR, registrando el programa principal y de personalidad un porcentaje de retorno al publico no menor del 85%; Que, de acuerdo con lo establecido en el primer parrafo del articulo 18º del Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, solo podran ser materia de Autorizacion y Registro las memorias de solo lectura que contienen los programas principales y de personalidad; De conformidad con la Ley Nº 27153, el Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR y el Procedimiento Nº 06 del T.U.P.A. del MINCETUR aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2003-MINCETUR, estando a lo opinado en los Informes Tecnico Nº 094-2003-MINCETUR/VMT/DNT/ DJCMT/DAR-JYM y Legal Nº 597-2003-MINCETUR/VMT/ DNT/DJCMT/DAR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar la inscripcion y registro de diez (10) memorias de solo lectura solicitadas por la empresa Universal de Desarrollos Electronicos S.A., fabricadas por la empresa solicitante (Espana) segun el siguiente detalle: Nº 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 Registro A0005212 A0005213 A0005214 A0005215 A0005216 A0005217 A0005218 A0005219 A0005220 A0005221 Codigo de Memoria 4157-XX-7.0-XXX-10.06 (U3) 4157-99-7.0-00B-10.06 (U2) 4171-XX-7.0-XXX-10.06 (U3) 4171-99-7.0-00B-10.06 (U2) 4173-XX-7.0-XXX-10.06 (U3) 4173-99-7.0-00B-10.06 (U2) 4172-XX-7.0-XXX-10.06 (U3) 4172-99-7.0-00B-10.06 (U2) 4174-XX-7.0-XXX-10.06 (U3) 4174-99-7.0-00B-10.06 (U2)

MINCETUR
Autorizan inscripcion y registro de memorias de solo lectura solicitadas por la empresa Universal de Desarrollos Electronicos S.A.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 854-2003-MINCETUR/VMT/DNT MORDAZA, 29 de octubre de 2003 Visto, el Expediente Nº 001151-2003-MINCETUR, de fecha 9.10.2003, presentado por la empresa Univer-

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA S. Director Nacional de Turismo 20392

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