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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2003 (07/11/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 9

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G34/G35/G39/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 7 de noviembre de 2003 De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27881, modificada por la Ley Nº 28045; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1º.- Autorización de emisión Autorízase la tercera emisión de Bonos Soberanos hasta por la suma de S/. 220 000 000,00 (DOSCIENTOS VEIN-TE MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES), para los finesa que se refiere la parte considerativa de esta norma legal, cuyas características generales serán iguales a la de las emisiones aprobadas por los Decretos Supremos Nºs. 041-2003-EF y 079-2003-EF, como a continuación se detalla: Monto máximo a emitir : S/. 220 000 000,00. Unidad Responsable : Ministerio de Economía y Finanzas a tra- vés de la Dirección General de Crédito Pú- blico. Estructurador : Dirección General de Crédito Público. Moneda : Nuevos Soles. Negociabilidad de los Bonos : Libremente negociables. Modalidad de Colocación : A través de subasta. Plazo de Colocación : Hasta el 31 de diciembre de 2003. Registro : Anotación en cuenta en CAVALI ICLV S.A. y listados en la Bolsa de Valores de Lima(BVL). Artículo 2º.- Unidad Ejecutora La Unidad Ejecutora de la presente operación de en- deudamiento es la Dirección General de Crédito Públicodel Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 3º.- Suscripción de documentos Autorízase al Director General de Crédito Público del Ministerio de Economía y Finanzas a suscribir toda la do-cumentación que se requiera para implementar lo dispues-to en este dispositivo legal. Artículo 4º.- Servicio de la deuda El servicio de amortización, intereses, comisiones y de- más gastos que ocasione la emisión de Bonos Soberanosque se autoriza en el Artículo 1º de esta norma legal, seráatendido por el Ministerio de Economía y Finanzas, con car- go a los recursos que en función de las prioridades intersec- toriales y metas del Sector, le correspondan en cada Ejerci-cio Presupuestal para el servicio de la Deuda Pública. Artículo 5º.- Características adicionales Las características adicionales necesarias para la im- plementación de este dispositivo legal, se ajustarán a lodispuesto en el Reglamento de la Emisión y Colocación deBonos Soberanos en el Mercado Interno aprobado por elDecreto Supremo Nº 036-2003-EF. Artículo 6º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por la Presi- denta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía yFinanzas, y entrará en vigencia el día de su publicación. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los seis días del mes de noviembre del año dos mil tres. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones ExterioresEncargado de la Presidenciadel Consejo de Ministros JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Economía y Finanzas 20521/G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G53/G55/G4E/G41/G54/G20/G61/G20/G63/G6F/G6E/G74/G69/G6E/G75/G61/G72/G20/G63/G6F/G6E /G6C/G61/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G53/G6F/G72/G74/G65/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6D/G70/G72/G6F/G2D/G62/G61/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G50/G61/G67/G6F/G20/G61/G20/G4E/G69/G76/G65/G6C/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C DECRETO SUPREMO Nº 163-2003-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Supremo N° 178-2002-EF de fe- cha 20 de noviembre de 2002 y modificatoria, se autorizóla realización de Sorteos de Comprobantes de Pago a ni-vel nacional y se aprobaron las Bases aplicables al referi-do sorteo; Que se ha visto por conveniente continuar con la reali- zación de los Sorteos de Comprobantes de Pago durante el año 2004, efectuándose las modificaciones al DecretoSupremo y a las Bases que contiene; En uso de las facultades conferidas por el numeral 2 del artículo 3° del Decreto Legislativo N° 560; DECRETA: Artículo 1°.- DEFINICIONES Para efecto de la presente norma se entiende por “De- creto ” al Decreto Supremo N° 178-2002-EF, que autoriza la realización de Sorteos de Comprobantes de Pago a ni-vel nacional. Artículo 2°.- AUTORIZACIÓN Sustitúyase el artículo 1° del Decreto, por el siguiente texto: “Articulo 1°.- Autorízase la realización de Sorteos de Comprobantes de Pago a nivel nacional, los que se llevarán a cabo de manera bimestral (cada 2 meses) y cuya ejecución estará a cargo de la SuperintendenciaNacional de Administración Tributaria - SUNAT. Los in-dicados sorteos se realizarán de acuerdo a las Basesque, como Anexo, forman parte del presente DecretoSupremo”. Artículo 3°.- NORMAS MODIFICATORIAS Sustitúyase los artículos Primero, Segundo, Tercero, Cuarto, Séptimo, Noveno y Duodécimo del Anexo del De-creto, por los textos siguientes: “ARTÍCULO PRIMERO: DE LOS PARTICIPANTES Podrá participar cualquier persona natural mayor de edad, la que deberá identificarse con un documento de iden-tidad (Documento Nacional de Identidad - DNI, Libreta Elec- toral, Carné de Extranjería, Carné de Identidad, u otro, se- gún corresponda). No podrán participar los trabajadores de la Superin- tendencia Nacional de Administración Tributaria - SU-NAT. ARTÍCULO SEGUNDO: PERIODICIDAD DE LOS SORTEOS Durante el año 2004, se realizarán sorteos bimestra- les, de acuerdo al siguiente cronograma: Bimestre Período de emisión Período de recepción Fecha de de los Comprobantes de de los sobres sorteo Pago que participan en cada bimestre I- 2003 Noviembre a Diciembre 06/11/2003 al 02/01/2004 13 de enero 2003 II-2004 Enero a Febrero 2004 06/01/2004 al 01/03/2004 11de marzo III-2004 Marzo a Abril 2004 03/03/2004 al 03/05/2004 13 de mayo IV-2004 Mayo a Junio 2004 05/05/2004 al 01/07/2004 13 de julio V-2004 Julio a Agosto 2004 05/07/2004 al 01/09/2004 13 de septiembre VI-2004 Septiembre a Octubre 03/09/2004 al 02/11/2004 12 de noviembre 2004