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PÆg. 253584 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 22 de octubre de 2003 y sardina para el consumo humano directo e indirecto, y los recursos jurel y caballa para el consumo humano direc-to; Que de la evaluación efectuada a los documentos alcan- zados y que obran en el expediente sobre solicitud de per- miso de pesca, para acceder a la extracción de los recur-sos hidrobiológicos anchoveta y sardina para el consumohumano directo e indirecto, jurel y caballa para consumohumano directo, se ha determinado que la recurrente hacumplido con los requisitos procesales y sustantivos esta- blecidos por la Ley Nº 26920, su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-98 PE, modificado porlos Decretos Supremos Nº 004-2002-PRODUCE y Nº 005-2002-PRODUCE, y sus respectivas normas complemen-tarias, por lo que resulta procedente otorgar el permisosolicitado, precisando que en virtud al principio precauto- rio incorporado a nuestro ordenamiento jurídico vigente y con la finalidad de garantizar el aprovechamiento sosteni-do del recurso sardina, procede otorgar el permiso de pes-ca para la extracción del recurso anchoveta con destino alconsumo humano directo e indirecto, y los recursos sardi-na, jurel y caballa únicamente con destino al consumo hu- mano directo; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección Nacional de Extraccióny Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 255-2003-PRODUCE/DNEPP-Dchi, y con la visación de la OficinaGeneral de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 26920, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 003-98-PE, modificado por los Decretos Supremos Nº 003-2000-PE, Nº 004-2002-PRODUCE y Nº 005-2002-PRODUCE,la Resolución Ministerial Nº 130-2002-PRODUCE y demásnormas complementarias, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesquería (actualmente Ministerio de la Producción) aprobado mediante DecretoSupremo Nº 004-2002-PE, los Decretos Supremos Nº 012-2001-PE y Nº 007-2002-PRODUCE, y la ResoluciónMinisterial Nº 127-2003-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar permiso de pesca a MARÍA ELIZA- BETH SÁNCHEZ LEÓN, para operar la embarcación pes- quera de madera denominada "RICARDINA" de matrículaNº HO-21096-CM, de Arqueo Neto 22.86 equivalente a95.43 m3 de capacidad de bodega, en la extracción delrecurso hidrobiológico anchoveta con destino al consumohumano directo e indirecto, y los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo, con uso de cajas con hielo como medio de preservación a bordo, yutilizando redes de cerco con longitud mínima de aberturade malla de ½ y 1½ pulgadas (13 y 38 mm) segúncorresponda, en el ámbito del litoral peruano y fuera de lascinco (5) millas marinas adyacentes a la costa para el caso de los recursos hidrobiológicos anchoveta y sardina y fue- ra de las 10 millas marinas adyacentes a la costa para elcaso de los recursos jurel y caballa. Artículo 2º.- Declarar improcedente la solicitud de per- miso de pesca en el extremo referido a destinar la extrac-ción del recurso sardina al consumo humano indirecto, por las razones expuestas en la parte considerativa de la pre- sente resolución. Artículo 3º.- Conforme a los artículos 1º y 2º de la Resolución Ministerial Nº 127-2003-PRODUCE, y hasta quese concluya con el proceso de implementación del Siste-ma de Seguimiento Satelital en las embarcaciones pesque- ras con permiso de pesca vigente obtenido al amparo de la Ley Nº 26920, el armador de la embarcación citada en elartículo 1º de la presente resolución está obligado a solici-tar, previo a cada zarpe con fines de pesca, el embarquede un inspector acreditado, de acuerdo a las disposicionesque se establezcan por Resolución Ministerial. Artículo 4º.- El permiso de pesca otorgado en el artículo 1º de la presente Resolución, queda sujeto a lo dispuesto enla Ley Nº 26920, su Reglamento aprobado mediante DecretoSupremo Nº 003-98-PE, modificado por los Decretos Supre-mos Nº 003-2000-PE, Nº 004-2002-PRODUCE y Nº 005-2002-PRODUCE, la Resolución Ministerial Nº 130-2002-PRO- DUCE, normas de sanidad, normas de protección del medio ambiente, así como demás normas complementarias delordenamiento jurídico pesquero nacional. Artículo 5º.- La vigencia del permiso de pesca otorga- do por la presente resolución está supeditada a la operativi-dad de la embarcación pesquera, a la realización de activi- dad extractiva en el ejercicio previo, al embarque de uninspector acreditado conforme al artículo 3º de la presenteresolución o a la instalación del Sistema de Seguimiento Satelital - SISESAT a bordo de la referida embarcación, cuando corresponda, y al pago por concepto de derechosde pesca que acredite el armador con la respectiva cons-tancia, el mismo que será abonado por el armador pesque-ro conforme a lo establecido por el Decreto Supremo Nº012-2001-PE, Decreto Supremo Nº 007-2002-PRODUCE y las normas que lo modifiquen o sustituyan, y cuyo incum- plimiento será causal de suspensión o caducidad del dere-cho otorgado según corresponda. Artículo 6º.- Incorporar el permiso de pesca otorgado para operar la embarcación pesquera "RICARDINA" dematrícula Nº HO-21096-CM, a través de la presente Reso- lución, en el literal B) del Anexo I de la Resolución Ministe- rial Nº 285-2003-PRODUCE. Artículo 7º.- Transcribir la presente Resolución Direc- toral a la Dirección Nacional de Seguimiento, Control y Vi-gilancia del Ministerio de la Producción, a la Dirección Ge-neral de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de De- fensa y a las Direcciones Regionales de Pesquería Tum- bes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Ancash, Ica, Arequi-pa, Moquegua y Tacna. Regístrese, comuníquese y publíquese. FLOR MARÍA ALVARADO BARRIGA Directora Nacional de Extracción yProcesamiento Pesquero 19189 Declaran infundada reconsideración interpuesta contra la R.D. N” 055-2003-PRODUCE/DNEPP que aprobó cambiode titular de permiso de pesca RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 269-2003-PRODUCE/DNEPP Lima, 8 de setiembre del 2003 Visto el escrito con registro Nº CE-05868001 del 10 de abril de 2003, presentado por la empresa PESQUERACOLONIAL S.A. CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Directoral Nº 256-2000-PE/ DNE, del 3 de noviembre de 2000, se resolvió otorgar per-miso de pesca a plazo determinado a PESQUERA COLO-NIAL S.A. para operar la embarcación pesquera de bande-ra nacional denominada "MARÍA JOSÉ" con matrícula Nº CO-19579-PM, de 364.5 m3 de capacidad de bodega y 273.41 m3 de carga neta de pescado con sistema deconservación a bordo R.S.W. equipada con redes de cercode ½ pulgada (13 mm.), 1 ½ pulgada (38 mm.) de longitudmínima de abertura de malla según corresponda, para laextracción de recursos hidrobilógicos anchoveta y sardina para el consumo humano indirecto, en el ámbito del litoral peruano y fuera de las 5 millas de la costa; Que por escrito con registro Nº 01855002, del 31 de enero de 2002, el BANCO NUEVO MUNDO EN LIQUI-DACIÓN, señala que el contrato de arrendamiento finan-ciero celebrado con PESQUERA COLONIAL S.A. respec- to de la embarcación pesquera "MARÍA JOSÉ" quedó re- suelto, por lo que corresponderá al armador que obtengala propiedad de la misma solicitar el cambio de titular depermiso de pesca; Que mediante Resolución Directoral Nº 055-2003-PRO- DUCE/DNEPP, del 7 de marzo de 2003, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 27 de marzo de 2003, se resol- vió aprobar el cambio de titular del permiso de pesca paraoperar la embarcación pesquera "MARÍA JOSÉ" a favorde la empresa CORPORACIÓN PESQUERA INCA S.A. -COPEINCA S.A.; Que mediante el escrito del visto, la empresa PES- QUERA COLONIAL S.A. interpone recurso de reconsidera- ción contra la Resolución Directoral señalada en el consi-derando precedente, argumentando que la administracióntomó como cumplida la exigencia prevista en el requisito 7del procedimiento Nº 6 del Texto Único de Procedimientos