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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE OCTUBRE DEL AÑO 2003 (26/10/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 45

PÆg. 253875 NORMAS LEGALES Lima, domingo 26 de octubre de 2003 como Anexo Nº 1 de la presente resolución, y el Informe OSINERG-GART-AL-2003-138 de la Asesoría Legal de laGART, los mismos que contienen la motivación que sus-tenta la decisión del OSINERG, cumpliendo de esta mane-ra con el requisito de validez de los actos administrativos aque se refiere el artículo 3º numeral 4 de la Ley del Proce- dimiento Administrativo General; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la InversiónPrivada en los Servicios Públicos, en el Reglamento Ge-neral del OSINERG aprobado mediante Decreto SupremoNº 054-2001-PCM, en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, así como en lo dispuestoen la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento AdministrativoGeneral; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar fundado en parte el recurso de reconsideración interpuesto por la Empresa de Distribu-ción Eléctrica Lima Norte S.A.A. contra la Resolución OSI-NERG Nº 142-2003-OS/CD, disponiéndose la modificacióndel numeral 4.3.4 del artículo 1º de dicha resolución, rela- cionado con el cargo de reposición de elementos sustraí- dos por terceros de la conexión en baja tensión, BT5B(CRER), e infundado en lo demás que contiene. Artículo 2º.- Las modificaciones y/o precisiones a efec- tuarse como consecuencia de lo dispuesto en el artículo1º de la presente resolución, serán consignadas en resolu- ción complementaria. Artículo 3º.- Incorpórese el Informe OSINERG-GART/ DDE Nº 053-2003 - Anexo Nº 1, como parte integrante dela presente resolución. Artículo 4º.- La presente resolución deberá ser publica- da en el Diario Oficial El Peruano y consignada, junto con su Anexo Nº 1, en la página web del OSINERG: www.osinerg.gob.pe. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo 19486 RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA OSINERG Nº 180-2003-OS/CD Lima, 22 de octubre de 2003 Con fecha 20 de agosto de 2003, el Organismo Supervi- sor de la Inversión en Energía, (en adelante "OSINERG"), publicó la Resolución OSINERG Nº 142-2003-OS/CD me- diante la cual se fijó los valores máximos de los presu-puestos y los cargos mensuales de reposición y manteni-miento de la conexión eléctrica aplicables a los usuariosfinales del servicio público de electricidad. Es contra dicharesolución que la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electronoroeste S.A., (en adelante "ELEC- TRONOROESTE"), ha presentado recurso de reconside-ración, siendo materia del presente acto administrativo elanálisis y decisión de dicho recurso. CONSIDERANDO: 1. ANTECEDENTESQue, mediante Resolución OSINERG Nº 0001-2003- OS/CD, el Consejo Directivo del OSINERG aprobó la nor- ma "Procedimientos para Fijación de Precios Regulados", en cuyo Anexo "D" quedó asimismo aprobado el "Procedi-miento para Fijación de las Tarifas de Distribución Eléctri-ca: Costos de Conexión a la Red de Distribución Eléctri-ca"; Que, el mencionado procedimiento, en atención a lo dis- puesto en la Primera Disposición Transitoria de la Resolu- ción OSINERG Nº 0001-2003-OS/CD, dispuso que el pro-cedimiento de Costos de Conexión a la Red de Distribu-ción Eléctrica, iniciado el 30 de octubre de 2002, debíaadecuarse a lo establecido en el Anexo "D" de dicha nor-ma, de modo tal que la presentación de propuestas de cos- tos por parte de las empresas de distribución eléctrica,debía efectuarse, como plazo máximo, el 11 de febrero de2003; Que, el procedimiento contenido en el Anexo "D" antes mencionado, se ha venido desarrollando cumpliendo todas las etapas previstas en el mismo, tales como la presenta- ción de la información y Propuestas de Costos de Conexión,la publicación de propuestas y convocatoria a AudienciaPública, la Audiencia Pública para que las Empresas deDistribución Eléctrica expongan y sustenten sus propues-tas, así como respondan a las consultas de los asistentes, la etapa de observaciones a dichas propuestas por parte del OSINERG y la absolución de las mismas por las em-presas, la publicación de la absolución de observaciones yde las Propuestas Definitivas de los Costos de Conexión,la prepublicación del Proyecto de Resolución que fija losCostos de Conexión y señala la relación de la información que la sustenta, la Audiencia Pública Descentralizada don- de el OSINERG expuso y sustentó el proyecto de resolu-ción prepublicado, así como respondió a las preguntas delos asistentes, el análisis de las observaciones y sugeren-cias presentadas con respecto al proyecto de resoluciónprepublicado, la publicación de la Resolución que fijó los valores máximos de los presupuestos y los cargos men- suales de reposición y mantenimiento de la conexión eléc-trica aplicables a los usuarios del servicio público de elec-tricidad, la interposición de recursos de reconsideraciónpor parte de los interesados, la publicación de los recursosde reconsideración y convocatoria a Audiencia Pública, y finalmente, la Audiencia Pública para que los interesados, que presentaron recursos de reconsideración, pudieranexponer el sustento de sus respectivos recursos, así comorespondan a las preguntas de los asistentes; Que, vencido el plazo señalado en el ítem ñ del Anexo "D" del procedimiento para la fijación de los costos de co- nexión a la red de distribución eléctrica, no se recibieron opiniones y sugerencias sobre los recursos de reconsi-deración por parte de los interesados legitimados; Que, con fecha 11 de setiembre de 2003, ELECTRONO- ROESTE, interpuso recurso de reconsideración contra laResolución OSINERG Nº 142-2003-OS/CD; 2. EL RECURSO DE RECONSIDERACIÓN 2.1 Costos de Conexión por Sectores Típicos2.1.1 Sustento del Petitorio Que, ELECTRONOROESTE señala que la fijación de precios uniformes aplicables a todas las empresas no sonconsistentes con la realidad nacional ya que existen dife-rencias entre empresas determinadas por la menor densi-dad de población, menor número de usuarios y gran dis- persión urbana, lo que significa menores rendimientos y mayores costos. Agrega que la fijación no es consistentecon la Ley de Concesiones Eléctricas puesto que la mis-ma, para fijar los costos de distribución (VAD), estableceuna clasificación por sectores típicos de distribución; Que, además, ELECTRONOROESTE señala que el número de conexiones nuevas y la dispersión geográfica es diferente entre los sistemas de distribución eléctrica delinterior del país y los de la zona de Lima. Asimismo, señalaque un sistema de precios único no cumple el criterio deequidad entre empresas, pues favorece a las empresas demenores costos reales y perjudica a las que tienen mayo- res costos por las condiciones del mercado que atienden; Que, por lo mencionado, ELECTRONOROESTE solici- ta reformular la resolución de costos de conexión, introdu-ciendo factores aplicables a las diferentes empresas y/osectores, calculados en función al número de conexionesnuevas y dispersión geográfica; 2.1.2 Análisis del OSINERG Que, de acuerdo a lo señalado en el Informe OSINERG- GART/DDE Nº 048-2003, que sustenta la Resolución OSI-NERG Nº 142-2003-OS/CD, el OSINERG ha revisado la problemática de los costos de instalación de las conexio- nes eléctricas en el sector rural y ha encontrado que éstosresultan ser similares a los costos resultantes para las zo-nas urbanas, debido a una compensación entre el menor