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PÆg. 253880 NORMAS LEGALES Lima, domingo 26 de octubre de 2003 exponer el sustento de sus respectivos recursos, así como respondan a las preguntas de los asistentes; Que, vencido el plazo señalado en el ítem ñ del Anexo "D" del procedimiento para la fijación de los costos de co-nexión a la red de distribución eléctrica, no se recibieronopiniones y sugerencias sobre los recursos de reconsi- deración por parte de los interesados legitimados; Que, con fecha 11 de setiembre de 2003, LUZ DEL SUR, interpuso recurso de reconsideración contra la ResoluciónOSINERG Nº 142-2003-OS/CD; 2. EL RECURSO DE RECONSIDERACIÓN 2.1 Rendimientos para Conexiones en Baja Tensión 2.1.1 Sustento del PetitorioQue, LUZ DEL SUR señala que el OSINERG ha segui- do considerando rendimientos muy por encima de los pro- puestos por las empresas eléctricas, lo que redunda enbajos costos de recursos, por lo cual solicita que se reviselos rendimientos fijados pues no corresponden a lo ejecu-tado en el campo; Que, LUZ DEL SUR sustenta su pedido a través de un estudio de rendimientos y costos encargado a la Empresa Costos, especializada en el tema, el mismo que fue pre-sentado por LUZ DEL SUR como anexo del documento deOpiniones y Sugerencias al proyecto de resolución prepu-blicado por el OSINERG; Que, LUZ DEL SUR agrega además, que el OSINERG no ha considerado algunas actividades como acarreo de carga y descarga de materiales, y señalización de la zonade trabajo. 2.1.2 Análisis del OSINERG Que, luego del análisis efectuado por el OSINERG se ha encontrado que la recurrente ha considerado dentro delcálculo del número de conexiones por día la ejecución dela instalación de la conexión básica (empalme, cable deacometida, medidor, protección y caja) y la ejecución de lazanja y vereda, por lo que manifiesta que el rendimiento alcanza a 3.6 conexiones por día. Los rendimientos seña- lados por el OSINERG han sido calculados tomando enconsideración la instalación de la conexión básica; si seadicionan las labores de ejecución de zanja y vereda, cu-yos rendimientos han sido calculados por separado por elOSINERG, tal y como se indica en el Informe OSINERG- GART/DDE Nº 048-2003; los rendimientos resultan ser próximos a los señalados por LUZ DEL SUR; Que, con relación a las partidas de acarreo de carga y descarga de materiales y señalización de zona de trabajo,debe señalarse que sí están consideradas en las cantida-des de recursos de mano de obra para la ejecución de la conexión, tal como puede observarse en el detalle conteni- do en los anexos del Informe OSINERG-GART/DDE Nº048-2003; Que, en consecuencia, este extremo del recurso debe declararse infundado; 2.2 Rotura y Resane de Vereda 2.2.1 Sustento del PetitorioQue, LUZ DEL SUR señala que el OSINERG ha considerado para la rotura y resane de vereda una resis- tencia de concreto de 140 kg/cm 2 tal y como lo costea CAPECO, solicitando que se considere su propuesta de175 kg/cm 2 conforme a la Ordenanza Nº 203 de la Munici- palidad de Lima denominada "Reglamento para la Ejecu-ción de Obras en las Áreas de Dominio Público", que se-ñala las características de espesor y de resistencia míni- mas a considerar; 2.2.2 Análisis del OSINERGQue, de la revisión efectuada por el OSINERG, se pue- de comprobar que las cantidades de materiales (arena grue- sa, agua, piedra chancada y cemento) considerados en el armado de rotura y resane de vereda, corresponden a lascantidades necesarias para la ejecución de una vereda de1 m 2 por 10 cm. de espesor y una resistencia de 175 kg/cm2. Dichas cantidades tomaron como referencia el texto "Costos y Presupuestos en Edificaciones", publicado porCAPECO; Que, asimismo, se ha verificado que la propuesta de LUZ DEL SUR es mayor debido a que para la construcciónde veredas emplea materiales distintos a los considerados por el OSINERG, los cuales no son económicamente efi- cientes; Que, en consecuencia, este extremo del recurso debe declararse infundado. 2.3 Cables Concéntricos 2.3.1 Sustento del Petitorio Que, LUZ DEL SUR señala que el OSINERG debe con- siderar su propuesta de costo (0.83 US$/m) para el cableconcentrico de 2 x 10 mm 2 por ser un costo de mercado. Agrega que el costo (0.43 US$/m) fijado por el OSINERG no se corresponde con ninguna de las propuestas de cos-to presentadas por las empresas (LUZ DEL SUR y ElectroOriente) para este material; Que, por otro lado, LUZ DEL SUR señala que el OSI- NERG debe considerar su propuesta de cable autosopor- tado 3 x 10 mm 2 para las conexiones trifásicas aéreas mayores a 10 kW hasta 20 kW por ser técnicamente apro-piado y de mejor performance mecánica que el cable con-céntrico de 3 x 10 mm 2 considerado por el OSINERG. Sus- tenta su pedido indicando que de acuerdo a la experienciade LUZ DEL SUR, el cable concéntrico presenta mayores flechas y soporta menores esfuerzos, lo cual no les permi- tiría asegurar las distancias mínimas de seguridad esta-blecidas por el Código Nacional de Electricidad Suministro2001; 2.3.2 Análisis del OSINERG Que, tal como se señala en el Informe OSINERG-GART/ DDE Nº 048-2003, que sustenta la Resolución OSINERGNº 142-2003-OS/CD, los costos han tomado como refe-rencia la información de costos de materiales y recursos(octubre 2002) y las propuestas de costos de conexión (fe- brero 2003) que las empresas han presentado en el proce- so de regulación de los costos de conexión, así como in-formación recopilada en el mercado nacional; Que, cabe mencionar que los costos fijados no necesa- riamente corresponden a costos presentados por lasempresas, sino que son resultado de un análisis por gru- pos de materiales de características técnicas similares, con el objeto de guardar coherencia entre ellos y asegurar queel valor adoptado refleje un costo competitivo; Que, en el caso del costo del cable concéntrico de 2 x 10 mm 2, los costos informados por LUZ DEL SUR y Elec- tro Oriente no guardan coherencia con los costos sustenta- dos de cables concéntricos de 2 x 4 mm2, 2 x 6 mm2 y 2 x 16 mm2, informados por un mayor número de empresas, por lo cual el costo del cable concéntrico 2 x 10 mm2 resul- tó de un análisis de los costos sustentados; Que, el cable concéntrico de 3 x 10 mm2 cumple con las exigencias mecánicas y las normas técnicas, incluido el Código Nacional de Electricidad, lo que se corrobora en el hecho que varias empresas han presentado en sus pro-puestas el uso de este cable concéntrico; Que, en consecuencia, este extremo del recurso debe declararse infundado. 2.4 Empalmes Subterráneos Asimétricos en Baja Tensión 2.4.1 Sustento del PetitorioQue, LUZ DEL SUR señala que el OSINERG no ha considerado los empalmes asimétricos para empalmes y derivaciones desde redes con cable tipo NKY, agregandoque se debe tomar en cuenta la proporción propuesta porLUZ DEL SUR, debido a que existen redes con cable tipoNKY en baja tensión con menos de 30 años (vida útil) deinstalados y en la actualidad se viene realizando empal- mes y derivaciones desde dichas redes; Que, LUZ DEL SUR sustenta su pedido con información de cantidad y antigüedad de las redes subterráneas tipoNKY y NYY en baja tensión, la misma que fue presentada