NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (17/09/2003)
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TEXTO PAGINA: 55
PÆg. 251497 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 17 de setiembre de 2003 Segunda.- En tanto continúe el proceso de actuali- zación del Sistema Vial Provincial, las Secciones Via-les Normativas o los Derechos de Vía establecidos mediante el Plan Urbano Director 1995 - 2010, que no estén considerados en la presente actualización, man-tendrán su vigencia para todos los efectos del ordena- miento urbano. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Derógase y déjese sin efectos cualquier dis- posición municipal que se oponga a la presente Ordenan- za. Segunda.- La presente Ordenanza entrará en vigen- cia al día siguiente de su publicación. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla ALEXANDER M. KOURI BUMACHAR Alcalde ANEXO Nº 1. DEFINICIONES a. Vías Expresas. Son aquellas que soportan importantes, volúmenes de vehículos con circulación de alta velocidad, en condicio- nes de flujo libre. Unen zonas de importante generación de tránsito,. Extensas zonas de vivienda, concentracio-nes comerciales e industriales. Asimismo integran la ciu- dad con el resto del país. En estas vías el flujo es ininterrumpido; no existe cruces al mismo nivel con otras vías, sino a diferentes niveles o con intercambios especialmente diseñados. Las Vías Expresas sirven también a las propiedadesvecinas mediante rampas y vías auxiliares de diseño especial. Las vías Expresas pueden recibir vehículos livianos y –cuando sea permitido- vehículos pesados, cuyo tráfico debe ser tomado en consideración para el diseño geomé- trico, especialmente en el caso de las Carreteras que unenla ciudad con el resto del país. En caso se permita servicio de transporte público de pasajeros, éste debe desarrollarse por buses, preferen-temente en calzadas exclusivas con paraderos debida- mente diseñados. NO se permite la circulación de vehí- culos menores. Las Vías Expresas, de acuerdo al ámbito de su juris- dicción, pueden subdividirse en: Nacionales/Regionales, Subregionales y Metropolitanas. Las Vías Expresas Nacionales son aquellas que for- man parte del Sistema Vial Nacional de carreteras, que cruzan el Area Provincial del Callao y la vinculan con elresto del país. Están destinadas fundamentalmente para el transporte interprovincial y el transporte de carga, pero en el área urbana provincial absorben flujos del transpor-te urbano. Las vías Expresas Subregionales son aquellas que integran las Metrópolis con distintas Subregiones del país,no reciben grandes flujos vehiculares y pueden tener una menor longitud que las Vías Regionales. Las Vías Expresas Metropolitanas son aquellas que sirven directamente al área urbana metropolitana. b. Vías ArterialesSon aquellas que también llevan apreciables volúme- nes de tránsito entre áreas principales de generación detránsito y a velocidades medias de circulación. A grandes distancias se requiere de la construcción de pasos a des- nivel y/o intercambios que garanticen una mayor veloci-dad de circulación. Pueden desarrollarse intersecciones a nivel con otras Vías Arteriales y/o colectoras. El diseño de las intersecciones deberá considerar carriles adicio-nales para volteos que permitan aumentar la capacidad de la vía. En la Vías Arteriales se permiten el tránsito de los diferentes tipos de vehículos. El transporte público au- torizado de pasajeros debe desarrollarse preferente- mente por buses debiendo, debiendo realizarse porcalzadas exclusivas cuando el derecho de vía así lo permita o carriles segregados y con paraderos debi-damente diseñados para minimizar las interferencias con el tránsito directo. Las Vías Arteriales deberán tener preferentemente vías de servicio laterales para el acceso a las propie- dades. En las áreas centrales u otras sujetas a limita- ciones de sección, podrán no tener vías de servicio. Cuando los volúmenes de tránsito así lo justifiquen, se construirán pasos a desnivel entre la Vía Arterial y alguna de las vías que la interceptan, aumentando sensiblemen-te el régimen de capacidad y de velocidad. El sistema de Vías Arteriales se diseña cubriendo el área de la ciudad por una red con vías especiales entre1,000 a 2,000 metros entre sí- c. Vías ColectorasSon aquellas que tienen por función llevar el tránsito desde un sector urbano hacia las vías Arteriales y/o víasExpresas. Sirven por ello también a una buena propor- ción de tránsito de paso. Prestan además servicio a las propiedades adyacentes. El flujo de tránsito es interrumpido frecuentemente por intersecciones semaforizadas en los con Vías Arteriales y otras vías colectoras. En el caso que la vía sea autorizada para transporte público de pasajeros se deben establecer y diseñar para- deros especiales. El sistema de Vías Colectoras se diseña cubriendo el área de la ciudad por una red con vías espaciadas entre 400 a 800 mts. Entre sí. d. Vías Locales Son aquellas cuya función es proveer acceso a los pre- dios o lotes adyacentes. Su definición y aprobación, cuan- do se trate de habilitaciones urbanas con fines de vivien-da, corresponderá de acuerdo a Ley, a las municipalida- des distritales, y en los casos de habilitaciones industria- les, comerciales y de otros usos, a la Municipalidad Pro-vincial del Callao. 17115 Regulan rØgimen de constitución, clasificación, atributos y adminis-tración de los bienes de uso pœblico enla Provincia Constitucional ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000015 Callao, 15 de setiembre de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO:El Concejo Municipal Provincial del Callao, en Se- sión de fecha 15 de setiembre de 2003; aprobó la si-guiente: ORDENANZA MUNICIPAL CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, los Gobiernos Locales go-zan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; en virtud del cual, los Concejos Municipales tienen facultad normativa en dichosasuntos; Que, el artículo 73º de nuestra Carta Magna precep- túa que los bienes de dominio público son inaliena-bles e imprescriptibles, adicionando que los bienes de uso público pueden ser concedidos a particulares con- forme a Ley, para su aprovechamiento económico;