NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (17/09/2003)
CANTIDAD DE PAGINAS: 68
TEXTO PAGINA: 54
PÆg. 251496 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 17 de setiembre de 2003 Artículo Tercero.- Las vías del Sistema Vial Pro- vincial del Callao, las Secciones Viales Normativas ysus características se encuentran en la Propuesta del Plan Urbano Director, volumen C, Sistema Vial Provin- cial, que forma parte integrante de la presente Orde-nanza. Artículo Cuarto.- Las Secciones Viales Normati- vas se establecen con criterio de Planeamiento Urba-no, por lo que constituyen elementos referenciales para la determinación definitiva de los Derechos de Vía co- rrespondientes en los procesos de habilitación urbanay otros previstos en la reglamentación urbanística. En los casos que para la ejecución de una Sección Vial Normativa determinada existan limitaciones topo-gráficas, técnicas u otras razones no previstas que li- miten su ancho, el Decreto de Vía podría tener varia- ciones menores (del orden + 10% y no mayor de 5 mts.) en relación al ancho total previsto para la Sección Vial Normativa. En estos caos los ajustes se aplicarán so- bre los componentes de la Sección prioritariamente enlas franjas de servicio local y en los separadores late- rales y/o centrales, mas nunca en las calzadas ni en las veredas. La Gerencia General de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Provincial del Callao queda encargada de la determinación final de los Derechos de Vía apartir de las Secciones Viales Normativas correspon- dientes. Artículo Quinto.- En el marco especial estableci- do por la legislación y reglamentación sobre la mate- ria y las prescripciones del Sistema Vial Provincial del Callao, corresponde a la Municipalidad Provincial delCallao, la definición y aprobación de las Secciones Viales Normativas y los Derechos de Vía de las Vías Expresas, Arteriales y Colectoras; de los IntercambiosViales y de las Vías Locales del Cercado del Callao; en tanto que corresponderá a las Municipalidades Dis- tritales la definición y aprobación de las Secciones Via-les Normativas y los Derechos de Vía de las Vías Lo- cales. La desafectación o la reducción de las Secciones Viales Normativas o de los Derechos de Vía aproba- dos para las vías Expresas, Arteriales, Colectoras y Locales o de los Intercambios Viales de la ProvinciaConstitucional del Callao, corresponde en exclusiva al Concejo Provincial del Callao mediante Ordenanza, previa consulta y opinión de la respectiva Municipali-dad Distrital. Artículo Sexto.- Las áreas que forman parte del Derecho de Vía tanto las vías propiamente dichas comolos Intercambios Viales – son de uso público irrestric- to, inalienables e imprescriptibles, quedando terminan- temente prohibida su utilización para otros fines, bajoresponsabilidad administrativa, civil y penal de los fun- cionarios o autoridades responsables. Para el uso temporal del Derecho de Vía de las vías Expresas, Arteriales y Colectoras e Intercambios Viales, por la ejecución de obras y otros factores o eventos no previstos, se requiere en todos los casos de la autoriza-ción administrativa de la Municipalidad Provincial del Ca- llao, expedida con arreglo a los procedimientos estableci- dos. La autorización administrativa correspondiente paralas vías Locales corresponderá a las Municipalidades Dis- tritales, previa coordinación con la Gerencia General de Transporte Urbano de la Municipalidad Provincial del Ca-llao. Artículo Sétimo.- La Municipalidad Provincial del Callao tiene a su cargo la ejecución, el mantenimien-to, rehabilitación, remodelación, señalización horizon- tal y vertical, semaforización, ornato, publicidad y mo- biliario urbano de las Vías Expresas, Arteriales y Co-lectoras del Sistema Vial Provincial, de los Intercam- bios Viales y de las vías del Cercado del Callao. Estas labores serán efectuadas en coordinación con las Mu-nicipalidades Distritales y Centros Poblados de la ju- risdicción donde se localicen dichas vías, las que emi- tirán la opinión correspondiente en un plazo de 30 díascalendario, la misma que tiene carácter solamente re- ferencial. Las Municipalidades Distritales podrán también reali- zar las obras y acciones indicadas, previa delegación y/o autorización de la Municipalidad Provincial del Callao, expedida por la Gerencia General de Desarrollo Urbano ode la Gerencia General de Transporte Urbano, según sea el caso. Artículo Octavo.- Las Municipalidades Distritales que conforman la Provincia Constitucional del Callao, tendrán a su cargo la ejecución, el mantenimiento, re-habilitación, señalización, ornato y mobiliario urbano de las Vías Locales de su jurisdicción, de acuerdo con las normas establecidas por la Gerencia General deTransporte Urbano de la Municipalidad Provincial del Callao. La semaforización de las Vías Locales estará a car- go de las Municipalidades Distritales, las que deberán coordinar con la Gerencia General de Transporte Ur- bano de la Municipalidad Provincial del Callao. Artículo Noveno.- En los Estudios Definitivos que se efectúen para la ejecución de obras viales del Sis- tema Vial Provincial – Red Vial Provincial e Intercam-bios Viales – necesariamente deben incluirse los co- rrespondientes Estudios de Impacto Urbano y/o Am- biental. Artículo Décimo.- Las Areas destinadas a estacio- namiento ubicadas en los Derechos de Vía, son de uso público irrestricto, y no pueden aprovecharse de ma-nera exclusiva por particulares, salvo que se autorice su concesión administrativa, de acuerdo a Ley. Artículo Undécimo.- El estacionamiento en las Vías Arteriales y colectoreas con sección de vía suficiente para garantizar la fluidez del tránsito vehicular será autorizado por la Gerencia General de Transporte Urbano de la Mu-nicipalidad Provincial del Callao, y en todos los casos, será administrado por la Municipalidad Distrital o Centro Po- blado correspondiente. El Estacionamiento en las Vías Locales, con sec- ción de vía suficiente para garantizar la fluidez y del tránsito vehicular, será autorizado y administrado porla Municipalidad Distrital o Centro Poblado correspon- diente, previo conocimiento de la Gerencia General de Transporte Urbano de la Municipalidad Provincial delCallao. Artículo Duodécimo.- Todos los proyectos y las edi- ficaciones que se efectúen en la Provincia Constitu-cional del Callao deberán respetar el alineamiento del derecho de Vía normado. En zonas antiguas y conso- lidadas se respetará el alineamiento del Derecho deVía Existente. Artículo Décimo Tercero.- La Municipalidad Provin- cial del Callao, las Municipalidades Distritales o de Cen-tros Poblados establecerán obligatoriamente y en el plazo más breve, mecanismos e instrumentos de Control Urba- no permanente para la defensa y respeto de los Dere-chos de Vía de todas las Vías e Intercambios Viales del Sistema Vial Provincial. Artículo Décimo Cuarto.- Encárguese a la Gerencia General de Desarrollo Urbano y a la Gerencia General de Transporte Urbano de la Municipalidad Provincial del Ca- llao la revisión y actualización permanentes del Plan VialProvincial y de las Secciones Viales Normativas corres- pondientes. Artículo Décimo Quinto.- La Municipalidad Provincial del Callao establecerá, a partir del Sistema Vial Provincial que se aprueba, la actualización del banco de Proyectos de Inversiones Urbanas en Viabilidad y transporte, consi-derando tanto los proyectos de Infraestructura Vial e In- tercambios Viales, como los referidos al Transporte Pro- vincial en sus diversas modalidades, priorizando el Trans-porte Público, en especial el Transporte Rápido Masivo y el Transporte Masivo. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- La Gerencia General de Administración y la Secretaria General quedan encargadas de: a) Editar, difundir y distribuir a las dependencias correspondientes de la Municipalidad Provincial del Callao, las municipalidades distritales y Centros Po- blados, la presente Ordenanza, el plano aprobado ysus anexos; y b) Desempeñar las labores de autenticación del plano IV.21 y de las Láminas de las Secciones Viales Normati-vas incluidas en el Volumen C, así como sus modificato- rias.