NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (17/09/2003)
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TEXTO PAGINA: 49
PÆg. 251491 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 17 de setiembre de 2003 descargos de acuerdo a la normatividad legal vigente sobre la materia; Que, mediante Informe Nº 037-2003-DA/MDB la Sra. Lita Ríos Pinedo reconoce que por desconocimiento de las normas legales se contrató indebidamente con el Sr. Alexander Palomino Ruiz y solicita la nulidad del procesode selección; Que, el último párrafo del artículo 9º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado señala "las propuestas que con- travengan lo dispuesto en el presente artículo se tendrán por no presentadas, bajo responsabilidad de los miem-bros del Comité. Los contratos celebrados en contraven-ción a lo dispuesto por el presente artículo son nulos sinperjuicio de las acciones a que hubiere lugar"; Que, el artículo 26º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, señala "... después de celebra-dos los contratos, sólo es posible declarar la Nulidad porefecto del artículo 9º de la Ley ...". Asimismo indica que laResolución que declara la nulidad de oficio, deberá publi-carse en el Diario Oficial El Peruano dentro de los cinco (5) días siguientes de su expedición, bajo responsabilidad; Que, de acuerdo a los documentos de vistos, y al am- paro de los principios que rigen las Normas de Contrata-ción y Adquisición del Estado y a la política de transpa-rencia de la actual gestión edilicia es necesario declararla nulidad de oficio del mencionado proceso de selección y adoptar las medidas necesarias para salvaguardar los intereses de la Municipalidad de Breña; Estando a mérito de lo expuesto y en uso de las atri- buciones conferidas por el artículo 20º de la Ley Orgánicade Municipalidades - Ley Nº 27972, encargadas median-te Acuerdo de Concejo Nº 035-2003-MDB de fecha 1 de setiembre de 2003, y a lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM y su Reglamento aprobado mediante D.S. Nº 013-2001-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar la Nulidad de Oficio de la Adjudicación de Menor Cuantía Nº 005-2002-CEP/MDBpara la Contratación del Servicio de Remodelación deCabinas de Internet otorgada al Sr. Alexander Palomino Ruiz por un monto total de S/. 10,997.72 Nuevos Soles incluido impuestos de Ley, por las consideraciones expues-tas en la presente resolución. Artículo Segundo.- Disponer las acciones pertinen- tes para que el Sr. Alexander Palomino Ruiz devuelva elíntegro de lo cancelado por el mencionado servicio a la Municipalidad de Breña incluido los intereses de acuerdo a Ley. Artículo Tercero.- Poner de conocimiento del CON- SUCODE de los hechos descritos en la presente Resolu-ción de conformidad con el artículo 205º del Reglamentodel Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado para las san- ciones correspondientes. Artículo Cuarto.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución en el Diario OficialEl Peruano en el plazo establecido en el artículo 26º delReglamento del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JOSÉ VILCA MELÉNDEZ Teniente Alcalde Encargado del Despacho de Alcaldía 17112 MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA Aprueban Reglamento Interno del Concejo - RIC ORDENANZA Nº 065 La Molina, 11 de setiembre del 2003 EL ALCALDE DISTRITAL DE LA MOLINAPOR CUANTO: Visto, en Sesión Ordinaria de fecha 4 de setiembre del 2003, el Dictamen Nº 008 de fecha 26 de agosto del 2003, de la Comisión de Asuntos Jurídicos, respecto al proyecto de Reglamento Interno de Concejo - RIC; y, CONSIDERANDO:Que, de conformidad con los Artículos 194º de la Cons- titución Política del Perú, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local y tienenautonomía política, económica y administrativa en losasuntos de su competencia; Que, el Concejo Municipal cumple su función normati- va, entre otros mecanismos, a través de Ordenanzas Mu- nicipales, las cuales de conformidad con lo previsto por el Artículo 200º inciso 4) de la Constitución, tienen rango deLey; Que, el Artículo 9º numeral 12) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que corresponde alConcejo Municipal aprobar por Ordenanza el reglamento del Concejo Municipal; Que, a efectos de adecuar el funcionamiento del Con- cejo Municipal a las disposiciones de la Ley Orgánica deMunicipalidades Nº 27972, es necesario aprobar un nue-vo Reglamento Interno de Concejo; Estando a lo expuesto, de conformidad con las funcio- nes establecidas en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo por mayoría y con dispensa del trá-mite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Aprobar el Reglamento Interno del Concejo -RIC- de la Municipalidad Distrital de La Molina,el mismo que consta de III Títulos, IV Capítulos, cin-cuentiocho (58) artículos y tres (3) Disposiciones Finales,y que como anexo forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Deróguese el Edicto Nº 004-2003 de fecha 21 de marzo del 2003. Regístrese, comuníquese y cúmplase.LUIS DIBÓS VARGAS PRADA Alcalde 17090 Aprueban Reglamento de Comisiones de Regidores del Concejo Distrital ORDENANZA Nº 066 La Molina, 11 de setiembre del 2003 EL ALCALDE DISTRITAL DE LA MOLINA POR CUANTO: Visto, en Sesión Ordinaria de fecha 4 de setiembre del 2003, el Dictamen Nº 008 de fecha 26 de agosto del 2003, de la Comisión de Asuntos Jurídicos, respecto al proyecto de Reglamento de Comisiones de Regidores del ConcejoDistrital de La Molina; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los Artículos 194º de la Constitución Política del Perú, las municipalidades provin-ciales y distritales son los órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Concejo Municipal cumple su función normati- va, entre otros mecanismos, a través de OrdenanzasMunicipales, las cuales de conformidad con lo previsto porel Artículo 200º, inciso 4) de la Constitución, tienen rango de Ley; Que, el Artículo 9 numeral 15) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que corresponde alConcejo Municipal constituir comisiones ordinarias y es-peciales, conforme a su reglamento; Que, a efectos de adecuar el funcionamiento del Con- cejo Municipal a las disposiciones de la Ley Orgánica de