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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (17/09/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 41

PÆg. 251483 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 17 de setiembre de 2003 3º, 5º y 13º del Reglamento General del OSINERG7, para sostener que, antes de adoptar cualquier decisión o ac-ción, el OSINERG debe analizar los posibles efectos quedichas decisiones o acciones tendrían entre los agentes del mercado, sus contratos y relaciones privadas, para asegurarse que sean efectivamente neutras y no introduz-can distorsiones o desequilibrios en las relaciones con-tractuales privadas entre las partes, tal como lo sucedidoen el caso de SHOUGESA. 2.2 ANÁLISIS DEL OSINERG Que, efectuada la revisión correspondiente, se observa que REP ha presentado una reproducción de los argumen-tos, que en su oportunidad fueron consignados en los recur-sos de reconsideración, interpuestos contra la Resolución OSINERG Nº 057-2003-OS/CD, que fijó los cargos del Peaje por Conexión del Sistema Principal de REP, y contra la Reso-lución OSINERG Nº 1449-2002-OS/CD, que fijó el factor paradeterminar la RAG que debe percibir REP; Que, habiendo el OSINERG resuelto los referidos recur- sos impugnativos de REP, no cabe nuevo pronunciamiento sobre la materia, debido a que las correspondientes resolu- ciones del OSINERG constituyen cosa decidida, que en suoportunidad no fueron sometidas en sede judicial por la recu-rrente, convirtiéndose dichos actos administrativos en firmes; Que, al respecto, la Ley del Procedimiento Administrativo General (en adelante "LPAG"), Artículo 206.3 dispone: "206.3 No cabe impugnación de actos que sean repro- ducción de otros anteriores que hayan quedado firmes nila de los confirmatorios de actos consentidos por no ha-ber sido recurridos en tiempo y forma"; Que, conforme al artículo mencionado, si el tema re- clamado por el administrado ya fue resuelto por la admi-nistración con anterior resolución, la que quedó adminis-trativamente como cosa decidida y, posteriormente, comoun acto firme, no puede ser objeto de impugnación; Que, como se señaló, el asunto planteado en el actual recurso de reconsideración ya fue resuelto anteriormen- te, con las Resoluciones OSINERG Nº 098-2003-OS/CDy OSINERG Nº 1470-2002-OS/CD, que resolvieran losrecursos de reconsideración de la recurrente contra lasresoluciones antes mencionadas OSINERG Nº 057-2003-OS/CD y 1449-2002-OS/CD, respectivamente; Que, las mencionadas resoluciones, OSINERG Nº 098- 2003-OS/CD y OSINERG Nº 1470-2002-OS/CD, no fue-ron objeto de cuestionamiento mediante una acción con-tencioso administrativa ante el Poder Judicial, razón porla que los actos administrativos dictados por el OSINERGdevinieron en firmes; Que, al respecto, Sayagués sostiene que el acto pue- de ser impugnado mediante los recursos administrativosque el derecho establece: "La interposición de los recursos obliga a la adminis- tración a dictar un pronunciamiento confirmando, modifi- cando o revocando el acto impugnado. Este pronuncia- miento constituye la palabra final de la administración so- bre la cuestión planteada, con la cual el acto adquiere carácter definitivo. Igualmente el acto adquiere carácter definitivo si el administrado omite recurrir dentro de los plazos establecidos"; Que, en razón de las consideraciones expuestas en el Numeral 2.2 que antecede, el recurso de reconsideraciónde REP debe ser declarado improcedente; Que, finalmente, con relación al recurso de reconside- ración se han expedido el Informe OSINERG-GART/DGT Nº 051-2003 de la Gerencia Adjunta de Regulación Tari- faria (en adelante "GART") del OSINERG, que se incluyecomo Anexo 1 de la presente resolución, y el InformeOSINERG-GART-AL-2003-117 de la Asesoría Legal de laGART, los mismos que contienen la motivación que sus-tenta la decisión del OSINERG, cumpliendo de esta ma- nera con el requisito de validez de los actos administrati- vos a que se refiere el Artículo 3, Numeral 4 de la LPAG 8; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inver-sión Privada en los Servicios Públicos, en el Reglamento General del OSINERG, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; en el Decreto Ley Nº 25844, Ley deConcesiones Eléctricas y en su Reglamento, aprobado porDecreto Supremo Nº 009-93-EM, en lo dispuesto en laLey Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo Ge- neral y en lo dispuesto en la Ley Nº 27838, Ley de Trans-parencia y Simplificación de los Procedimiento Regulato-rios de Tarifas. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar improcedente el recurso de re- consideración interpuesto por Red de Energía del PerúS.A., contra la Resolución OSINERG Nº 105-2003-OS/CD, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- La presente resolución deberá ser publi- cada en el Diario Oficial El Peruano y consignada, juntocon el Anexo 1, en la página WEB del OSINERG:www.osinerg.gob.pe. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo 7Artículo 3º.- Importancia de los Principios.- Los Principios contenidos en el presente Título establecen las bases y lineamientos de la acción de OSI-NERG en el desarrollo y ejercicio de sus funciones. En tal sentido, todadecisión y acción que adopte cualquiera de los ORGANOS DE OSINERGdeberá sustentarse y quedar sujeta a los mismos. Artículo 5º. - Principio de Neutralidad.- El OSINERG velará por la neutrali- dad de la operación de las actividades que desarrollan las ENTIDADES sujetas a su supervisión, regulación y/o fiscalización; cuidando que no utili-cen su condición de tales 2, directa o indirectamente, para obtener ventajasen el mercado, frente a otras personas naturales o jurídicas. OSINERG deberá cuidar también que su acción no restrinja innecesaria- mente los incentivos para competir por inversión, innovación, o precios. Artículo 13º .- Principio de Análisis de Decisiones Funcionales.- El análisis de las decisiones funcionales de OSINERG tendrá en cuenta sus efectosen los aspectos de fijación de tarifas, calidad, incentivos para la innovación,condiciones contractuales y todo otro aspecto relevante para el desarrollode los mercados y la satisfacción de los intereses de los usuarios. En talsentido, deberá evaluarse el impacto que cada uno de estos aspectos tieneen las demás materias involucradas. 8Artículo 3º.- Requisitos de validez de los actos administrativos Son requisitos de validez de los actos administrativos:...4. Motivación.- El acto administrativo debe estar debidamente motivado en proporción al contenido y conforme al ordenamiento jurídico. ... 17145 UNIDAD DE INTELIGENCIA FINANCIERA Autorizan adquisición de equipos de informÆtica mediante procesos de adju- dicación de menor cuantía RESOLUCIÓN Nº 018-2003-UIF Lima, 8 de setiembre de 2003 El Director Ejecutivo de la Unidad de Inteligencia Fi- nanciera. VISTO: El Informe Técnico Nº 006-UIF-DAF, de la Dirección del Área de Administración, de fecha 21 de agosto de 2003,y el Informe Legal Nº 001-UIF-DAL, de la Dirección delÁrea Legal, de fecha 22 de agosto de 2003; y, CONSIDERANDO: Que, el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrata-ciones y Adquisiciones del Estado, en sus artículos 1º y2º establece sus alcances y ámbito de aplicación, seña- lando que se encuentran sujetas a la norma todas las Entidades del Sector Público, con personería jurídica de