Norma Legal Oficial del día 20 de septiembre del año 2003 (20/09/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

MORDAZA, sabado 20 de setiembre de 2003

NORMAS LEGALES

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Articulo 2º.- Nombrar como Ejecutores Coactivos de la Intendencia Regional MORDAZA, a las personas que se indican a continuacion: - MORDAZA MORDAZA MORDAZA Aguirre. - MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mota. Registrese, comuniquese y publiquese.

chos que se liberen por aplicacion de las preferencias arancelarias del Acuerdo MORDAZA mencionado. Atentamente, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas 17382

NAHIL MORDAZA HIRSH MORDAZA Superintendente Nacional 17260

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Establecen linea de dependencia de los funcionarios de confianza de las direcciones regionales sectoriales del Gobierno Regional
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 292-2003-PRES MORDAZA, 10 de setiembre del 2003 VISTOS: La Resolucion Ejecutiva Regional Nº 0782003-PRES; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, la Duodecima Disposicion Complementaria y Final de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, dispone que los Directores Regionales son responsables de la implementacion y ejecucion de las politicas nacionales sectoriales y de las politicas regionales sectoriales, senalando asimismo que estan bajo la direccion del Sector y de la Gerencia Regional correspondiente, ante quienes dan cuenta de su gestion; finalmente indican que la seleccion de Directores Regionales Sectoriales se haran previo concurso publico convocado por los Gobiernos Regionales en coordinacion con el Gobierno Nacional y que las Direcciones Regionales Sectoriales funcionaran bajo la dependencia administrativa del Gobierno Regional y dependencia tecnica y funcional del correspondiente sector del Gobierno Nacional; Que, por la Resolucion Ejecutiva Regional de Vistos, se dispuso la convocatoria para la seleccion y posterior designacion de los Directores Regionales Sectoriales del Gobierno Regional de MORDAZA, correspondiente a las siguientes Direcciones: Educacion, Salud, Trabajo y Promocion del Empleo, Vivienda, Construccion y Saneamiento, Agricultura, Comercio Exterior y Turismo, Energia y Minas, Transporte y Comunicaciones y Produccion; Que, el articulo 3º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, senala que los Gobiernos Regionales tienen jurisdiccion en el ambito de sus respectivas circunscripciones territoriales, conforme a Ley; Que, el inciso c) del articulo 10º del mismo cuerpo legal senala que es atribucion del Presidente Regional designar y MORDAZA a los funcionarios de confianza; Que, es funcion general de los Gobiernos Regionales, el organizar, dirigir y ejecutar las capacidades humanas necesarias para la gestion regional con arreglo a los sistemas administrativos nacionales, conforme lo senala el numeral 3 del inciso b) del articulo 45º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales; Con la conformidad de la Gerencia General Regional y la visacion de la Subgerencia Regional de Asesoria Juridica del Gobierno Regional de Lima; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Establecer que la designacion de los Funcionarios de Confianza de las Direcciones Regionales Sectoriales materia de la Resolucion Ejecutiva Regional Nº 078-2003-PRES, es responsabilidad del Presidente del Gobierno Regional de Lima.

Aprueban circular para aplicacion de preferencias arancelarias del Acuerdo de Alcance Parcial de Complementacion Economica Nº 38 a la importacion de bicicletas de MORDAZA
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA CIRCULAR Nº 010-2003/SUNAT/A 19 de setiembre de 2003 1. MATERIA : Origen de bicicletas importadas bajo el Acuerdo de Alcance Parcial de Complementacion Economica Nº 38 suscrito con Chile. : Establecer pautas para la aplicacion de las preferencias arancelarias del Acuerdo de Alcance Parcial de Complementacion Economica Nº 38 a la importacion de bicicletas de Chile.

2. OBJETIVO

3. BASE LEGAL : Articulo 17º del Anexo Nº 3 del Acuerdo de Alcance Parcial de Complementacion Economica Nº 38 suscrito con MORDAZA, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-98ITINCI. 4. INSTRUCCIONES: De conformidad con el Oficio Nº 154-2003-MINCETUR/ VMCE/DNINCI de la Direccion Nacional de Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR que comunica la suspension preventiva del tratamiento preferencial en el MORDAZA del ACE Nº 38 a determinadas importaciones de bicicletas de Chile; el articulo 17º del Anexo Nº 3 del Acuerdo de Alcance Parcial de Complementacion Economica Nº 38 suscrito con MORDAZA, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-98-ITINCI; en uso de las facultades conferidas en la Resolucion de Superintendencia Nº 1222003-SUNAT; y estando a lo dispuesto en el inciso g) del articulo 23º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; se hace de conocimiento lo siguiente: 4.1 A partir del 26 de agosto del 2003 se ha dispuesto la suspension preventiva de las preferencias arancelarias otorgadas en el Acuerdo de Alcance Parcial de Complementacion Economica Nº 38 a la importacion de bicicletas de la subpartida nacional 8712.00.00.00 y NALADISA 8712.00.00, exportadas por las empresas chilenas OXFORD S.A. y FABISA S.A., mientras dure el MORDAZA de investigacion del origen llevado a cabo por el MINCETUR. 4.2 Las Intendencias de Aduana de la Republica no otorgaran las preferencias arancelarias del citado acuerdo a la importacion de bicicletas de la subpartida nacional 8712.00.00.00 y NALADISA 8712.00.00 bajo el Trato Preferencial Internacional Nº 338 exportadas por las referidas empresas chilenas. 4.3 Durante la suspension a que se refiere el numeral 4.1, el importador debera afianzar o cancelar los dere-

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