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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (20/09/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 49

PÆg. 251671 NORMAS LEGALES Lima, sábado 20 de setiembre de 2003 Artículo 2º.- Nombrar como Ejecutores Coactivos de la Intendencia Regional Lima, a las personas que se indi- can a continuación: - Marco Antonio Gamarra Aguirre. - Marianela Elsa Alarcón Mota. Regístrese, comuníquese y publíquese. NAHIL LILIANA HIRSH CARRILLO Superintendente Nacional 17260 Aprueban circular para aplicación de preferencias arancelarias del Acuerdode Alcance Parcial de ComplementaciónEconómica N” 38 a la importación de bicicletas de Chile SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA CIRCULAR Nº 010-2003/SUNAT/A 19 de setiembre de 2003 1. MATERIA : Origen de bicicletas importadas bajo el Acuerdo de Alcance Par- cial de Complementación Econó-mica Nº 38 suscrito con Chile. 2. OBJETIVO : Establecer pautas para la aplica- ción de las preferencias arance- larias del Acuerdo de Alcance Parcial de ComplementaciónEconómica Nº 38 a la importación de bicicletas de Chile. 3. BASE LEGAL : Artículo 17º del Anexo Nº 3 del Acuerdo de Alcance Parcial de Complementación Económica Nº38 suscrito con Chile, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-98- ITINCI. 4. INSTRUCCIONES: De conformidad con el Oficio Nº 154-2003-MINCETUR/ VMCE/DNINCI de la Dirección Nacional de Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales del Ministe-rio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR que co- munica la suspensión preventiva del tratamiento preferen- cial en el marco del ACE Nº 38 a determinadas importacio-nes de bicicletas de Chile; el artículo 17º del Anexo Nº 3 del Acuerdo de Alcance Parcial de Complementación Eco- nómica Nº 38 suscrito con Chile, aprobado por DecretoSupremo Nº 004-98-ITINCI; en uso de las facultades conferidas en la Resolución de Superintendencia Nº 122- 2003-SUNAT; y estando a lo dispuesto en el inciso g) delartículo 23º del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Administración Tribu- taria, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM;se hace de conocimiento lo siguiente: 4.1 A partir del 26 de agosto del 2003 se ha dispuesto la suspensión preventiva de las preferencias arancela- rias otorgadas en el Acuerdo de Alcance Parcial de Complementación Económica Nº 38 a la importación debicicletas de la subpartida nacional 8712.00.00.00 y NALADISA 8712.00.00, exportadas por las empresas chilenas OXFORD S.A. y FABISA S.A., mientras dure elproceso de investigación del origen llevado a cabo por el MINCETUR. 4.2 Las Intendencias de Aduana de la República no otorgarán las preferencias arancelarias del citado acuer- do a la importación de bicicletas de la subpartida nacio- nal 8712.00.00.00 y NALADISA 8712.00.00 bajo el TratoPreferencial Internacional Nº 338 exportadas por las re- feridas empresas chilenas. 4.3 Durante la suspensión a que se refiere el numeral 4.1, el importador deberá afianzar o cancelar los dere-chos que se liberen por aplicación de las preferencias arancelarias del Acuerdo antes mencionado. Atentamente,PEDRO EDUARDO ZAVALETA MONTOYA Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas 17382 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE LIMA Establecen línea de dependencia de los funcionarios de confianza de las direc-ciones regionales sectoriales del Gobier-no Regional RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 292-2003-PRES Huacho, 10 de setiembre del 2003 VISTOS: La Resolución Ejecutiva Regional Nº 078- 2003-PRES; y, CONSIDERANDO:Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídi- cas de derecho público, con autonomía política, econó-mica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, la Duodécima Disposición Complementaria y Final de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, LeyNº 27867, dispone que los Directores Regionales son responsables de la implementación y ejecución de las políticas nacionales sectoriales y de las políticas regio-nales sectoriales, señalando asimismo que están bajo la dirección del Sector y de la Gerencia Regional corres- pondiente, ante quienes dan cuenta de su gestión; final-mente indican que la selección de Directores Regionales Sectoriales se harán previo concurso público convocado por los Gobiernos Regionales en coordinación con elGobierno Nacional y que las Direcciones Regionales Sectoriales funcionarán bajo la dependencia adminis- trativa del Gobierno Regional y dependencia técnica yfuncional del correspondiente sector del Gobierno Na- cional; Que, por la Resolución Ejecutiva Regional de Vistos, se dispuso la convocatoria para la selección y posterior designación de los Directores Regionales Sectoriales del Gobierno Regional de Lima, correspondiente a las siguien-tes Direcciones: Educación, Salud, Trabajo y Promoción del Empleo, Vivienda, Construcción y Saneamiento, Agri- cultura, Comercio Exterior y Turismo, Energía y Minas,Transporte y Comunicaciones y Producción; Que, el artículo 3º de la Ley Orgánica de Gobier- nos Regionales, Ley Nº 27867, señala que los Go-biernos Regionales tienen jurisdicción en el ámbito de sus respectivas circunscripciones territoriales, con- forme a Ley; Que, el inciso c) del artículo 10º del mismo cuerpo legal señala que es atribución del Presidente Regional designar y cesar a los funcionarios de confianza; Que, es función general de los Gobiernos Regionales, el organizar, dirigir y ejecutar las capacidades humanas necesarias para la gestión regional con arreglo a los sis-temas administrativos nacionales, conforme lo señala el numeral 3 del inciso b) del artículo 45º de la Ley Orgáni- ca de Gobiernos Regionales; Con la conformidad de la Gerencia General Regional y la visación de la Subgerencia Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Lima; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Establecer que la designación de los Funcionarios de Confianza de las Direcciones Regio-nales Sectoriales materia de la Resolución Ejecutiva Regional Nº 078-2003-PRES, es responsabilidad del Pre- sidente del Gobierno Regional de Lima.