Norma Legal Oficial del día 20 de septiembre del año 2003 (20/09/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 20 de setiembre de 2003

AT&T el equivalente a una (1) vez el cargo vigente por terminacion de llamada en la red fija por minuto de trafico eficaz. Por el servicio de terminar la llamada en un abonado del servicio de telefonia fija, CONVERGIA pagara a AT&T el equivalente a una (1) vez el cargo vigente por terminacion de llamada en la red del servicio de telefonia fija por minuto de trafico eficaz.

redondea al minuto superior; c) el total de pagos resulta de la multiplicacion del tiempo eficaz expresado en minutos por el cargo vigente por transporte conmutado local. Numeral 3.- CARGO POR TRANSPORTE CONMUTADO DE LARGA DISTANCIA NACIONAL CONVERGIA debera pagar a AT&T una (1) vez el cargo por transporte conmutado de larga distancia nacional de US$ 0,07151 por minuto, sin incluir el Impuesto General a las Ventas, por las comunicaciones de larga distancia de CONVERGIA que MORDAZA transportadas por AT&T de un area local a otra. AT&T puede establecer cargos de interconexion por transporte conmutado de larga distancia nacional diferenciados siempre que el promedio ponderado de dichos cargos no exceda el valor del cargo de interconexion establecido en el parrafo precedente. El establecimiento del cargo por el servicio de transporte conmutado de larga distancia nacional referido en los parrafos precedentes es independiente de los descuentos que CONVERGIA y AT&T puedan acordar de mutuo acuerdo sobre dicho servicio, debiendo ser estos comunicados a OSIPTEL, sujetandose a los principios de neutralidad, igualdad de acceso y no discriminacion. Alternativamente, de existir descuentos aplicados por AT&T a competidores de CONVERGIA, CONVERGIA podra optar por pagar los cargos resultantes de la aplicacion de dichos descuentos, debiendo tenerse en consideracion que los descuentos a competidores no son acumulativos. A continuacion se presentan algunos escenarios de comunicaciones:

b) Origen: abonado fijo de AT&T; destino: internacional; utilizando a CONVERGIA como portador de larga distancia
Una llamada que se origina en un abonado del servicio de telefonia fija de AT&T, utilizando a CONVERGIA como su portador de larga distancia, y termina en una red de destino internacional a traves de CONVERGIA, tendra el siguiente tratamiento de pagos entre las dos empresas: AT&T recibira el equivalente a una (1) vez el cargo vigente por terminacion de llamada en la red del servicio de telefonia fija, por el servicio de acceso que brinda al portador de larga distancia.

c) Origen: internacional; destino: abonado fijo de AT&T; utilizando a CONVERGIA como portador de larga distancia
Una llamada que se origina en una red internacional y termina en un abonado del servicio de telefonia fija de AT&T utilizando a CONVERGIA como portador de larga distancia, tendra el siguiente tratamiento de pagos entre las dos empresas: AT&T recibira el equivalente a una (1) vez el cargo vigente por terminacion de llamada en la red del servicio de telefonia fija, por el servicio de terminar la llamada en la red del servicio de telefonia fija local de AT&T. Trafico liquidable. La liquidacion del trafico para la aplicacion del cargo por terminacion de llamada en la red del servicio de telefonia fija debe hacerse: a) sumando el total de trafico eficaz de cada una de las llamadas de larga distancia expresadas en segundos, ocurridas durante el periodo de liquidacion; b) el total de tiempo eficaz asi calculado expresado en segundos se redondea al minuto superior; c) el total de pagos resulta de la multiplicacion del tiempo eficaz expresado en minutos por el cargo vigente por terminacion de llamada. Estos cargos seran independientes del cargo a pagarse por transporte conmutado, en caso de corresponder. Numeral 2.- CARGO POR TRANSPORTE CONMUTADO LOCAL El cargo por transporte conmutado local en la red de telefonia fija local de AT&T sera de US$ 0,00554 por minuto de trafico eficaz, sin incluir Impuesto General a las Ventas. AT&T puede establecer cargos de interconexion por transporte conmutado local segun rangos horarios, siempre que el promedio ponderado de dichos cargos no exceda el valor del cargo de interconexion establecido en el parrafo precedente. Dicho cargo sera pagado por CONVERGIA, respecto de las llamadas entregadas a AT&T con destino a las redes de otros operadores, y sera de aplicacion lo dispuesto en el articulo 22º deL Texto Unico Ordenado de las Normas de Interconexion. Estos servicios seran otorgados de acuerdo al MORDAZA de no discriminacion, neutralidad e igualdad de acceso. En el caso que AT&T utilice para la funcion de transporte conmutado local mas de una central local en una misma area local de forma que una llamada originada en una red de CONVERGIA interconectada a una central local de AT&T termine en otra red de CONVERGIA o de otro operador interconectada a otra central local de AT&T dentro de la misma area local, esta empresa cobrara a CONVERGIA un solo cargo de transporte conmutado. CONVERGIA solo pagara por transporte conmutado saliente de su red y no sera aplicable el cargo por transporte conmutado para llamadas recibidas de AT&T o de un tercer operador. Trafico liquidable.- La liquidacion del trafico para la aplicacion del cargo por transporte conmutado local debe hacerse: a) sumando el total de trafico eficaz de cada una de las llamadas locales expresadas en segundos, ocurridas durante el periodo de facturacion; b) el total de tiempo eficaz asi calculado expresado en segundos se

a) Origen: abonado fijo de AT&T, destino: abonado fijo de AT&T; utilizando a CONVERGIA como portador de larga distancia nacional, en la modalidad de servicio de transporte conmutado de larga distancia.
Para una llamada de larga distancia nacional que se origina en un abonado del servicio de telefonia fija de AT&T utilizando a CONVERGIA como su proveedor del servicio portador de larga distancia, en un area local de telefonia fija en donde CONVERGIA se encuentre interconectado con AT&T, cuyo destino final es un abonado del servicio de telefonia fija de AT&T situado en otra area local de telefonia fija en donde CONVERGIA no se encuentre interconectado con AT&T, CONVERGIA pagara a AT&T, adicionalmente a los cargos por terminacion de llamada (en el origen y en la terminacion), un cargo por transporte conmutado de larga distancia nacional y de ser el caso, un cargo de transporte conmutado local, en los terminos establecidos en el Articulo 22º del Texto Unico Ordenado de las Normas de Interconexion.

b) Origen: internacional; destino: abonado fijo de AT&T; utilizando a CONVERGIA como portador de larga distancia nacional, en la modalidad de servicio de transporte conmutado de larga distancia.
Para una llamada que se origina en una red internacional y se recibe en un area local de telefonia fija, utilizando a CONVERGIA como portador de larga distancia, en donde CONVERGIA se encuentre interconectado con AT&T, y cuyo destino final es un abonado del servicio de telefonia fija de AT&T, situado en otra area local de telefonia fija en donde CONVERGIA no se encuentre interconectado con AT&T, CONVERGIA pagara a AT&T, adicionalmente al cargo por terminacion de llamada, un cargo por transporte conmutado de larga distancia nacional y de ser el caso, un cargo de transporte conmutado local, en los terminos establecidos en el Articulo 22º del Texto Unico Ordenado de las Normas de Interconexion. Trafico liquidable.- De conformidad con lo dispuesto por la Resolucion de Consejo Directivo Nº 062-2000CD/OSIPTEL11, la liquidacion del trafico para la aplicacion del cargo por transporte conmutado de larga distancia nacional debe hacerse: a) sumando el total de trafico de cada una de las llamadas de larga distancia expresadas en minutos, ocurridas durante el periodo de facturacion; b) el total de pagos resulta de la multiplicacion del tiempo expresado en minutos por el cargo correspondiente.

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