Norma Legal Oficial del día 01 de abril del año 2004 (01/04/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, jueves 1 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES
- MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Presidenta de Directorio - MORDAZA MORDAZA MORDAZA ZULOAGA, ex Gerente General

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Treinta y un (31) dias. Seis (6) meses.

Que, se hace presente que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Presidenta de Directorio, ha presentado en forma extemporanea sus descargos a las Observaciones puntualizadas en el Examen Especial; Que, sin perjuicio de lo anteriormente senalado, la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del INABIF, luego de reevaluar el respectivo expediente, ratifica que el ex Gerente General, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA ZULOAGA tiene responsabilidad administrativa por haber presentado una declaracion jurada que contiene informacion falsa, habiendo manifestado en MORDAZA, no percibir remuneracion del Estado, negando encontrarse laborando, en esa fecha, en otra institucion del Estado; declaracion que fue desvirtuada por el titular de la Direccion de Auditoria Interna de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres, la que con Oficio Nº 136-2002-OAI/MD.SMP, senalo que don MORDAZA MORDAZA MORDAZA ZULOAGA, fue designado en el cargo de Director de Desarrollo MORDAZA de dicha Municipalidad desde el 20-9-2001 hasta su cese el 30-502; Que, por otro lado, ha quedado tambien confirmado que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Presidenta de la SBP del Callao ha incurrido en negligencia al haber designado en el cargo de Gerente General, a persona de su entorno y confianza que no contaba con los requisitos administrativos, y que adolecia de etica y honestidad para el desempeno de tan importante cargo; permitiendose con ello, que el mencionado ex Gerente General MORDAZA percibido simultaneamente dos remuneraciones del Estado, lo cual esta prohibido por el articulo 139º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobado por D.S.Nº 005-90PCM, causando perjuicio economico ascendente a S/. 4,670.00 Nuevos Soles; hecho que se sustenta en el contenido del Oficio Nº 136-2002-OAI/MD.SMP que describe haber designado en el cargo de Director de Desarrollo MORDAZA de dicha Municipalidad y con Oficio Nº 560-2002-SG/ MD.SMP, emitido por el Secretario de la Municipalidad donde describe la relacion de pagos efectuados por la Unidad de Tesoreria al mencionado funcionario; Que, asi mismo, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Presidenta de la SBP del Callao ha incurrido en negligencia funcional al no disponer la publicacion en el Diario Oficial El Peruano de la Declaracion Jurada de Ingresos, Bienes y Rentas de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA ZULOAGA, ex Gerente General, hecho que incumple el Art. 6º de la Ley Nº 27482, que regula la publicacion de la Declaracion Jurada de Ingresos, Bienes y Rentas de los funcionarios del Estado; Que, de la exposicion y analisis de los hechos materia de las observaciones del presente Informe, se concluye que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Presidenta del Directorio y MORDAZA MORDAZA MORDAZA ZULOAGA, ex Gerente General de la Sociedad de Beneficencia Publica del Callao, han incumplido sus deberes funcionales establecidos en los incisos a) y b) del Art. 21º del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, inobservancia que tiene caracter de falta disciplinaria, tipificada en los incisos a), d) y j) del Art. 28º del mencionado Decreto Legislativo; Estando a lo informado por la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del INABIF, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, la Ley Nº 26918 y el articulo 3º del Reglamento de Procesos Administrativos Disciplinarios del INABIF, aprobado por Resolucion Jefatural Nº 146 de fecha 3 de MORDAZA de 1996, modificado por Resolucion Presidencial Nº 086, de fecha 4 de MORDAZA del 2000 y Resolucion Presidencial Nº 346, de fecha 24 de octubre del 2003; En uso de las facultades conferidas por el inciso c) del articulo 8º del Decreto Legislativo Nº 830; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Imponer al personal procesado a que se refiere la Resolucion Presidencial Nº 305-2003-INABIF, de fecha 23 de setiembre del 2003, la sancion disciplinaria de cese temporal, sin goce de remuneraciones, prevista en el inciso c) del articulo 26º del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, de acuerdo a la siguiente graduacion:

Articulo 2º.- Notificar la presente Resolucion a la Sociedad de Beneficencia Publica del Callao y a los ex funcionarios que se mencionan en el articulo anterior, para los fines correspondientes. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA Vicepresidente 06387

PRODUCE
Disponen que diversos organos del ministerio atiendan al publico, adicionalmente a sus horarios habituales, los dias sabados
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 133-2004-PRODUCE MORDAZA, 30 de marzo del 2004 CONSIDERANDO: Que, en el MORDAZA de las politicas propuestas en materia de reforma y modernizacion del Estado, el Poder Ejecutivo ha considerado conveniente implementar medidas conducentes a una mejor atencion de los administrados; Que, en tal sentido, el Ministerio de la Produccion ha previsto establecer mecanismos que otorguen a los administrados y usuarios, mayores facilidades para el acceso a los servicios de mayor demanda en el Ministerio, estableciendo un horario de atencion fuera del horario habitual de funcionamiento, con la finalidad de dar cumplimiento a lo senalado en el considerando precedente; En uso de las atribuciones conferidas por el literal i) del Articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCE, y modificatoria, aprobada por Decreto Supremo Nº 006-2003-PRODUCE. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Atencion al publico los dias sabados Disponer que a partir del dia sabado 3 de MORDAZA del 2004, los organos del Ministerio de la Produccion que a continuacion se detallan atenderan al publico, adicionalmente a sus horarios habituales, los dias sabados desde las 09.00 horas hasta las 12.30 horas: - Oficina de Tramite Documentario de la Oficina General de Administracion: Recepcion de solicitudes y documentos, asi como aquellas referidas al acceso a la informacion. - Oficina de Programacion y Presupuesto Publico de la Oficina General de Administracion: Cobros referidos a los procedimientos administrativos incluidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos, asi como pago a proveedores a traves de la Unidad de Caja. - Oficina de Informacion de la Direccion de Competitividad de la Direccion Nacional de Industria: Orientacion e informacion general, particularmente en temas relacionados con Insumos Quimicos y Registro de Productos Industriales Nacionales - RPIN. Articulo 2º.- Horario de Atencion El horario de atencion a los administrados y usuarios establecidos en el articulo anterior no forma parte del horario de funcionamiento habitual del Ministerio de la Produccion y solo se entiende para los tramites y gestiones indicados en dicho articulo, por lo que no se computa para el calculo de los plazos establecidos en los procedimientos administrativos y para el cumplimiento de actos a cargo de la Administracion.

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