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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE ABRIL DEL AÑO 2004 (01/04/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 15

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G35/G38/G34/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 1 de abril de 2004 Que, se hace presente que doña Mirtha RAMOS SA- LAS, ex Presidenta de Directorio, ha presentado en forma extemporánea sus descargos a las Observaciones pun- tualizadas en el Examen Especial; Que, sin perjuicio de lo anteriormente señalado, la Co- misión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del INABIF, luego de reevaluar el respectivo expediente,ratifica que el ex Gerente General, don José Luis ANDRA- DE ZULOAGA tiene responsabilidad administrativa por haber presentado una declaración jurada que contiene in-formación falsa, habiendo manifestado en ella, no percibir remuneración del Estado, negando encontrarse laborando, en esa fecha, en otra institución del Estado; declaraciónque fue desvirtuada por el titular de la Dirección de Audito- ría Interna de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, la que con Oficio Nº 136-2002-OAI/MD.SMP, seña-ló que don José Luis ANDRADE ZULOAGA, fue designa- do en el cargo de Director de Desarrollo Urbano de dicha Municipalidad desde el 20-9-2001 hasta su cese el 30-5-02; Que, por otro lado, ha quedado también confirmado que doña Mirtha Amelia RAMOS SALAS, ex Presidenta de laSBP del Callao ha incurrido en negligencia al haber desig- nado en el cargo de Gerente General, a persona de su entorno y confianza que no contaba con los requisitos ad-ministrativos, y que adolecía de ética y honestidad para el desempeño de tan importante cargo; permitiéndose con ello, que el mencionado ex Gerente General haya percibi-do simultáneamente dos remuneraciones del Estado, lo cual está prohibido por el artículo 139º del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remunera-ciones del Sector Público, aprobado por D.S.Nº 005-90- PCM, causando perjuicio económico ascendente a S/. 4,670.00 Nuevos Soles; hecho que se sustenta en el con-tenido del Oficio Nº 136-2002-OAI/MD.SMP que describe haber designado en el cargo de Director de Desarrollo Ur- bano de dicha Municipalidad y con Oficio Nº 560-2002-SG/MD.SMP, emitido por el Secretario de la Municipalidad don- de describe la relación de pagos efectuados por la Unidad de Tesorería al mencionado funcionario; Que, así mismo, doña Mirtha Amelia RAMOS SALAS, ex Presidenta de la SBP del Callao ha incurrido en negli- gencia funcional al no disponer la publicación en el DiarioOficial El Peruano de la Declaración Jurada de Ingresos, Bienes y Rentas de don José Luis ANDRADE ZULOAGA, ex Gerente General, hecho que incumple el Art. 6º de laLey Nº 27482, que regula la publicación de la Declaración Jurada de Ingresos, Bienes y Rentas de los funcionarios del Estado; Que, de la exposición y análisis de los hechos materia de las observaciones del presente Informe, se concluye que doña Mirtha Amelia RAMOS SALAS, ex Presidentadel Directorio y José Luis ANDRADE ZULOAGA, ex Ge- rente General de la Sociedad de Beneficencia Pública del Callao, han incumplido sus deberes funcionales estableci-dos en los incisos a) y b) del Art. 21º del Decreto Legislati- vo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, inobservancia que tie-ne carácter de falta disciplinaria, tipificada en los incisos a), d) y j) del Art. 28º del mencionado Decreto Legislativo; Estando a lo informado por la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del INABIF, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislati- vo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y deRemuneraciones del Sector Público, su Reglamento apro- bado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, la Ley Nº 26918 y el artículo 3º del Reglamento de Procesos Admi-nistrativos Disciplinarios del INABIF, aprobado por Resolu- ción Jefatural Nº 146 de fecha 3 de julio de 1996, modifica- do por Resolución Presidencial Nº 086, de fecha 4 de abrildel 2000 y Resolución Presidencial Nº 346, de fecha 24 de octubre del 2003; En uso de las facultades conferidas por el inciso c) del artículo 8º del Decreto Legislativo Nº 830; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Imponer al personal procesado a que se refiere la Resolución Presidencial Nº 305-2003-INABIF, defecha 23 de setiembre del 2003, la sanción disciplinaria de cese temporal, sin goce de remuneraciones, prevista en el inciso c) del artículo 26º del Decreto Legislativo Nº 276,Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remunera- ciones del Sector Público, de acuerdo a la siguiente gra- duación:- MIRTHA RAMOS SALAS, Treinta y un (31) ex Presidenta de Directorio días. - JOSÉ LUIS ANDRADE ZULOAGA, ex Gerente General Seis (6) meses. Artículo 2º.- Notificar la presente Resolución a la So- ciedad de Beneficencia Pública del Callao y a los ex fun-cionarios que se mencionan en el artículo anterior, para los fines correspondientes. Regístrese y comuníquese. GUILLERMO GÓMEZ Vicepresidente 06387 PRODUCE /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G71/G75/G65/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G6F/G73/G20/GF3/G72/G67/G61/G6E/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G6D/G69/G2D /G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20/G61/G74/G69/G65/G6E/G64/G61/G6E/G20/G61/G6C/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G2C/G20/G61/G64/G69/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G2D/G6D/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G20/G73/G75/G73/G20/G68/G6F/G72/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G68/G61/G62/G69/G74/G75/G61/G6C/G65/G73/G2C/G20/G6C/G6F/G73/G64/GED/G61/G73/G20/G73/GE1/G62/G61/G64/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 133-2004-PRODUCE Lima, 30 de marzo del 2004 CONSIDERANDO: Que, en el marco de las políticas propuestas en ma- teria de reforma y modernización del Estado, el Poder Ejecutivo ha considerado conveniente implementar medidas conducentes a una mejor atención de los ad-ministrados; Que, en tal sentido, el Ministerio de la Producción ha previsto establecer mecanismos que otorguen a los admi-nistrados y usuarios, mayores facilidades para el acceso a los servicios de mayor demanda en el Ministerio, estable- ciendo un horario de atención fuera del horario habitual defuncionamiento, con la finalidad de dar cumplimiento a lo señalado en el considerando precedente; En uso de las atribuciones conferidas por el literal i) del Artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Su- premo Nº 002-2002-PRODUCE, y modificatoria, aprobadapor Decreto Supremo Nº 006-2003-PRODUCE. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Atención al público los días sábados Disponer que a partir del día sábado 3 de abril del 2004, los órganos del Ministerio de la Producción que a conti- nuación se detallan atenderán al público, adicionalmente asus horarios habituales, los días sábados desde las 09.00 horas hasta las 12.30 horas: - Oficina de Trámite Documentario de la Oficina Gene- ral de Administración: Recepción de solicitudes y documen- tos, así como aquellas referidas al acceso a la informa-ción. - Oficina de Programación y Presupuesto Público de la Oficina General de Administración: Cobros referidos a losprocedimientos administrativos incluidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos, así como pago a pro- veedores a través de la Unidad de Caja. - Oficina de Información de la Dirección de Competitivi- dad de la Dirección Nacional de Industria: Orientación e información general, particularmente en temas relaciona-dos con Insumos Químicos y Registro de Productos In- dustriales Nacionales - RPIN. Artículo 2º.- Horario de Atención El horario de atención a los administrados y usuarios establecidos en el artículo anterior no forma parte del ho-rario de funcionamiento habitual del Ministerio de la Pro- ducción y sólo se entiende para los trámites y gestiones indicados en dicho artículo, por lo que no se computa parael cálculo de los plazos establecidos en los procedimientos administrativos y para el cumplimiento de actos a cargo de la Administración.