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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE ABRIL DEL AÑO 2004 (03/04/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 52

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G36/G30/G33/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 3 de abril de 2004 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G72/G20/G61/G72/G72/G65/G6E/G64/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65 /G69/G6E/G6D/G75/G65/G62/G6C/G65/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G64/G6A/G75/G64/G69/G2D /G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6D/G65/G6E/G6F/G72/G20/G63/G75/G61/G6E/G74/GED/G61 ACUERDO DE CONCEJO Nº 037-2004-MSI San Isidro, 30 de marzo de 2004EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN ISIDROVisto; en Sesión Ordinaria de la fecha, los Dictámenes Nºs. 034-2004-ADM-FIN/MSI y 024-2004-CAJ/MSI de las Comisiones de Administración y Finanzas y Asuntos Jurí- dicos, los Informes Nºs. 204-2004-15-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica, 162-04-20-GSC/MSI y 12-04-20.3-SGC- TV-GSC/MSI de la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Subgerencia de Control de Tránsito y Vialidad, respectiva- mente, el Informe Nº 125-04-18-GDU/MSI de la Gerencia de Desarrollo Urbano; CONSIDERANDO:Que, el artículo 19º inciso f), del TUO de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM, establece que están exonerados de los Procesos de Licitación Pública, Concurso Público o Adju- dicación Directa, según sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen cuando los bienes o servi- cios no admitan sustitutos; Que, de acuerdo a lo señalado por dichos Informes, se ha configurado una causal de exoneración del respectivo proceso de selección por un servicio que no admite susti- tutos, siendo recomendable la aprobación de la exonera- ción del proceso de selección correspondiente para la con- tratación del arrendamiento del bien ubicado en la Av. LosConquistadores Nº 1061, San Isidro, realizándose la con- tratación mediante Proceso de Adjudicación de Menor Cuantía, según lo prescrito por el artículo 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro- bado por D.S. Nº 012-2001-PCM; De conformidad con lo establecido en los artículos 19º inciso f) y 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Ad- quisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 012-2001- PCM, y al amparo del artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, por unanimidad y con dis- pensa del trámite de aprobación del Acta; ACUERDO:Artículo 1º.- APROBAR la exoneración del proceso de Adjudicación Directa, por servicio que no admite sus- tituto, para la contratación del arrendamiento del bien ubi- cado en la Av. Los Conquistadores Nº 1061, San Isidro, de propiedad INMOBILIARIA ACAMU S.A.C. para ser destinado a Playa de Estacionamiento, por un monto re- ferencial de hasta S/. 63,000 (Sesenta y tres mil y 00/100 Nuevos Soles) y por el período comprendido de abril a diciembre de 2004, siendo la fuente de financiamiento Recursos Propios. Artículo 2º.- AUTORIZAR la contratación del arrenda- miento del referido bien mediante proceso de Adjudicación de Menor Cuantía, encargándose a la Oficina de Logística y Servicios Generales, a través de la Unidad de Logística, realizar el trámite correspondiente. Artículo 3º.- ENCARGAR a Secretaría General para que dentro de los 10 días calendario siguientes a la expedición del presente Acuerdo, cumpla con remitir copia de la misma y de los Informes Técnico y Legal sustentatorios, a la Contraloría General de la Repúbli- ca, y proceda a la publicación del presente Acuerdo dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de su emisión. Regístrese, comuníquese y cúmplase.JORGE SALMÓN JORDÁN Alcalde 06679MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G4D/G61/G74/G72/G69/G6D/G6F/G6E/G69/G6F /G43/G69/G76/G69/G6C/G20/G43/G6F/G6D/G75/G6E/G69/G74/G61/G72/G69/G6F/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F DECRETO DE ALCALDÍA Nº 005-2004-MDSL San Luis, 26 de marzo del 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS CONSIDERANDO:Que, la Municipalidad como Órgano de Gobierno Lo- cal, es persona jurídica de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, por lo cual está facultada para celebrar to- dos los actos que sean necesarios para el ejercicio de su función, conforme lo establece la Ley Orgánica de Munici- palidades Nº 27972; Que, la Municipalidad como ente Estatal, conforme lo previsto en el Art. 4º de la Constitución Política del Perú, tiene el deber de proteger a la familia y promover el matri- monio como institución natural y fundamental de la socie- dad; Que, encontrándose en nuestra comunidad muchas parejas que desean unir sus vidas legalmente y que por la falta de oportunidad y condiciones económicas favorables, a la fecha no han podido concretar sus deseos, por lo tan- to, la Municipalidad Distrital de San Luis considera conve- niente programar la realización de un Matrimonio Civil Co- munitario el día sábado 29 de mayo de 2004, con ocasión de celebrar el 36º ANIVERSARIO DEL DISTRITO, promo- viendo la unión matrimonial como núcleo básico de nues- tra comunidad; Que, los requisitos exigidos a las parejas que desean contraer matrimonio civil, se encuentran establecidos en el Código Civil y en el Texto Único de Procedimientos Ad- ministrativos (TUPA) de esta Municipalidad; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades pre- vistas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Código Civil y el Texto Único de Procedimientos Admi- nistrativos (TUPA); DECRETA:Artículo Primero.- AUTORIZAR la realización del Ma- trimonio Civil Comunitario en la Municipalidad Distrital de San Luis el día sábado 29 de mayo de 2004, estableciendo como fecha de inicio de inscripción, a partir de la publica- ción del presente Decreto de Alcaldía y como fecha de cie- rre el día sábado 22 de mayo de 2004. Artículo Segundo.- DISPENSAR del plazo de 8 días establecidos en el Código Civil sobre la publicación del Edicto de los Matrimonios proyectados si fuese el caso para la fecha antes mencionada, precisando que las parejas contrayentes deberán cumplir con los requisitos estipula- dos en el Código Civil y en el Texto Único de Procedimien- tos Administrativos (TUPA) de esta Institución Edilicia. Artículo Tercero.- APROBAR la suma de S/. 50.00 (cincuenta y 00/100 nuevos soles), que deberá abonar la pareja de contrayentes, como pago de derecho por apertura de pliego matrimonial y celebración de matri- monio. Asimismo, por ESTA ÚNICA VEZ, se REBAJA el valor del Certificado de Soltería de S/. 40.00 Nuevos Soles a S/. 20.00 Nuevos Soles a todos los contribuyen- tes del distrito. Artículo Cuarto.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Adminis- tración, Gerencia de Servicios a la Ciudad, Unidad de Registro Civil, Unidad de Logística y Unidad de Imagen Institucional y Cooperación Internacional, en cuanto les corresponda. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. FERNANDO DURAND MEJÍA Alcalde 06675