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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE ABRIL DEL AÑO 2004 (03/04/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 39

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G36/G30/G31/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 3 de abril de 2004 OSITRAN, 2) Ley Nº 27332 Ley Marco de Organismos Re- guladores de la Inversión Privada en Servicios Públicos, 3)Ley Nº 27631 Ley que precisa la Ley Marco Nº 27332, 4)Decreto Supremo Nº 010-2001 PCM Reglamento General deOSITRAN y, 5) Decreto Supremo Nº 032-001-PCM Regla-mento de la ley Marco de Organismos Reguladores; Que, el 17 de marzo de 2004 la Gerencia de Supervi- sión ha emitido el Informe Nº 087-04-GS-A2-OSITRAN, elcual concluye que ENAPU S.A., ha incumplido reiterada-mente con decisiones de OSITRAN, que lo obligaban acontinuar con el proceso de subasta para brindar el servi-cio de estiba de concentrados de mineral, la cual se en-cuentra tipificada en los artículos 21º "Infracciones relati-vas a la obligación de brindar acceso" y 42º "Incumplimientode la orden de cese de la situación infractora" del Regla-mento de Infracciones y Sanciones aprobado por Resolu-ción del Consejo Directivo Nº 023-2003-CD7OSITRAN, elcual es de aplicación por el principio de retroactividad be-nigna prevista en su primera disposición transitoria; Que, el citado informe recomienda imponer como san- ción a ENAPU S.A., una multa de 528 UIT calculada con elvalor de la UIT vigente al momento que se efectúe el pago; Que en aplicación del principio de retroactividad benig- na prevista en la Primera Disposición Transitoria del nuevoReglamento de Infracciones y Sanciones que se encuen-tra vigente, se debe imponer una multa de 528 UIT's; Que, luego de la revisión del Informe y la Nota de vis- tos, esta Gerencia los hace suyos y en consecuencia losincorpora íntegramente a la parte considerativa de la pre-sente resolución; Por lo antes expuesto; SE RESUELVE: Primero.- Declarar que ENAPU S.A., ha incumplido reiteradamente con decisiones de OSITRAN indicadas enel Informe Nº 087-04-GS-A2-OSITRAN, al negarse a con-tinuar con el proceso de subasta para brindar el serviciode estiba de concentrados de mineral. Estando dicha in-conducta tipificada en los artículos 21º y 42º del Regla-mento de Infracciones y Sanciones aprobado por Resolu-ción de Consejo Directivo Nº 023-2003-CD/OSITRAN. Segundo.- Disponer como sanción a la Empresa Na- cional de Puertos S.A., una multa equivalente a 528 UIT'scalculada con el valor de la UIT vigente al momento en quese efectúe el pago. Tercero.- Notificar la presente Resolución a la Empre- sa Nacional de Puertos S.A., y al Ministerio de Transportesy Comunicaciones; Cuarto.- Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en la página web de OSITRAN. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE ALFARO MARTIJENA Gerente General 06600 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G70/G72/G6F/G70/G75/G65/G73/G74/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6D/G70/G72/G6F/G6D/G69/G73/G6F/G73 /G64/G65/G20/G43/G65/G73/G65/G20/G64/G65/G20/G45/G4E/G41/G50/G55/G20/G53/G2E/G41/G2E/G2C/G20/G70/G6F/G72/G20/G70/G72/GE1/G63/G74/G69/G63/G61/G73/G61/G6E/G74/G69/G63/G6F/G6D/G70/G65/G74/G69/G74/G69/G76/G61/G73/G20/G65/G6E/G20/G54/G65/G72/G6D/G69/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G50/G6F/G72/G74/G75/G61/G2D/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6E/G20/G4D/G61/G72/G74/GED/G6E/G20/G79/G20/G53/G61/G6C/G61/G76/G65/G72/G72/G79 ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DE USO PÚBLICO RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL Nº 015-2004-GG-OSITRAN PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR EXPEDIENTE :Nº 002-2004-GG/OSI- TRAN PROCEDENCIA : Gerencia de Supervisión ENTIDAD PRESTADORA : Empresa Nacional de Puertos - ENAPU S.A. MATERIA : Compromiso de Cese por el incumplimiento notificado conOficio Nº 078-04-GS-A2-OSITRAN por prácticas anti-competitivas en el TerminalPortuario de San Martín Lima, 29 de marzo de 2004La Gerencia General del Organismo Supervisor de la Inver- sión en Infraestructura de Transporte de Uso Público - OSITRAN; VISTOS: El Informe Nº 052-04-GS-A2-OSITRAN remitido por la Gerencia de Supervisión con Nota Nº 030-04-GS-A2-OSI-TRAN, mediante el cual se evalúa la procedencia del Com-promiso de Cese propuesto por ENAPU S.A. y el OficioNº 256-2004-ENAPU S.A./GG con el que se remite la ver-sión suscrita del compromiso de cese. CONSIDERANDO: Que OSITRAN mediante Oficio 078-04-GS-OSITRAN, el 28 de enero de 2004, notificó a ENAPU el ProcedimientoAdministrativo Sancionador por prácticas anticompetitivasen el Terminal Portuario General San Martín; Que ENAPU, a través del Oficio Nº 147-2004 ENAPU S.A./GG, propone el Compromiso de Cese por el incum-plimiento notificado al amparo de los artículos 65º y 69º delReglamento de Infracciones y Sanciones, en adelante RIS,aprobado por la Resolución de Consejo Directivo Nº 023-2003-CD/OSITRAN; Que la Gerencia de Supervisión de OSITRAN, emite el Informe Nº 052-04-GS-A2-OSITRAN, señalando que en-cuentra adecuado el mismo, no obstante lo cual, formulaalgunas modificaciones a efectos de enriquecer el conte-nido del compromiso formulado por ENAPU S.A.; Que, la Gerencia General, con Oficio Nº 098-2004-GG- OSITRAN de fecha 5 de marzo de 2004, remite a ENAPUS.A. su propuesta de modificación al compromiso de cesepresentado por ENAPU S.A. a efectos de que ésta proce-da a su suscripción; Que, por el Oficio Nº 256-2004-ENAPU S.A./GG de fe- cha 25 de marzo de 2004, ENAPU S.A. remitió la versiónfinal del documento conteniendo el Compromiso de Cesedebidamente suscrito; Por lo expuesto; SE RESUELVE: Primero.- Aprobar la propuesta de Compromiso de Cese de ENAPU S.A. que se adjunta a la presente Reso-lución, por el incumplimiento notificado mediante el OficioNº 078-04-GS-OSITRAN. Segundo.- Archivar el Procedimiento Administrativo Sancionador notificado a ENAPU S.A. con Oficio Nº 078-04-GS-OSITRAN. Tercero.- Notificar la presente Resolución a ENAPU S.A. a efectos de que proceda a cumplir con las obliga-ciones asumidas en el Compromiso de Cese suscrito, apartir del día siguiente de notificada la presente resolución. Cuarto.- Notificar la presente Resolución al Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Quinto.- Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en la página web de OSITRAN. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE ALFARO MARTIJENA Gerente General EMPRESA NACIONAL DE PUERTOS S.A. Sector Transportes y Comunicaciones TERMINAL PORTUARIO DEL CALLAO COMPROMISO DE CESE Conste por el presente documento, el Compromiso de Cese que suscribe la Empresa Nacional de Puertos S.A.,en adelante ENAPU S.A., con RUC Nº 20100003199, de-bidamente representada por el señor CARLOS ESPINOZAALEGRIA identificado con DNI Nº 08803995 en su calidadde Gerente General de ENAPU S.A. conforme a las facul-tades que constan en el Poder Inscrito en la Partida Nº70200372 del Registro de Personas Jurídicas del Callao,con domicilio en la Av. Contralmirante Raygada Nº 111,Callao, Lima, en los siguientes términos y condiciones: Teniendo en consideración los siguientes hechos:1. OSITRAN mediante Oficio Nº 078-04-GS-A2- OSITRAN, el 28 de enero del 2004, notificó a ENAPUS.A. el Procedimiento Administrativo Sancionador porprácticas anticompetitivas en el Terminal Portuario Ge-neral San Martín.