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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE ABRIL DEL AÑO 2004 (03/04/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 50

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G36/G30/G32/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 3 de abril de 2004 Artículo 4º.- Facultar al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía reglamente la presente Ordenanza. POR TANTO:Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 06607 MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G52/GE9/G67/G69/G6D/G65/G6E/G20/G64/G65/G20/G46._/G69/G73/G63/G61/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G50/G72/G6F/G64/G75/G63/G74/G6F/G73/G20/G71/G75/G65/G20/G61/G74/G65/G6E/G74/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G70/G72/G6F/G70/G69/G65/G2D /G64/G61/G64/G20/G69/G6E/G74/G65/G6C/G65/G63/G74/G75/G61/G6C/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F ORDENANZA Nº 136-MJM Jesús María, 22 de marzo de 2004EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA POR CUANTO:El Concejo Distrital de Jesús María en Sesión Ordina- ria de la fecha, vista la propuesta formulada por la Adminis-tración, con el voto UNÁNIME de sus miembros, y con dis-pensa del trámite de aprobación de Acta ha aprobado lasiguiente: ORDENANZA RÉGIMEN DE FISCALIZACIÓN DE PRODUCTOS QUE ATENTEN CONTRA LA PROPIEDAD INTELECTUAL EN EL DISTRITO DE JESÚS MARÍA. Artículo Primero.- Establézcase el régimen de Fisca- lización de Productos que atenten contra la propiedad inte-lectual en el distrito de Jesús María, el que tiene por obje-tivo la acción coordinada con el Instituto Nacional de De-fensa de la Competencia y de la Protección de la Propie-dad Intelectual - INDECOPI, a fin de erradicar la comercia-lización de productos que atenten contra los derechos deautor, derecho de marca y de protección al consumidor,para garantizar la protección de la propiedad intelectual. Artículo Segundo.- Las acciones de fiscalización pro- cederán cuando personal de la Municipalidad tenga cono-cimiento y compruebe la existencia de comercialización deproductos contrarios a las leyes sobre protección de la pro-piedad intelectual. Artículo Tercero.- Cuando la Autoridad Municipal ten- ga conocimiento o presuma la comercialización de produc-tos que atentan contra la propiedad intelectual, podrá ac-tuar dos maneras: a) Comunicar al INDECOPI a efecto actúe conforme a sus atribuciones; o, b) Realizar una acción conjunta con el INDECOPI y con la participación del Ministerio Público. Artículo Cuarto.- La Municipalidad deberá disponer el decomiso de los productos que atenten contra la propie-dad intelectual previo acto de inspección que conste enacta y en coordinación con el Instituto Nacional de Defen-sa de la Competencia y Propiedad Intelectual (INDECOPI)con la participación del Ministerio Público. Artículo Quinto.- Cuando en el establecimiento se rea- lice la comercialización de productos que atenten contra lapropiedad intelectual, se procederá a aplicar además lasanción de clausura de carácter temporal durante un plazode 7 días, tras los cuales se realizará una inspección a finde verificar el cese de actividad ilícita. Artículo Sexto.- En caso de reincidencia deberá dis- ponerse la revocación de la autorización municipal defuncionamiento y la clausura definitiva del establecimiento. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA Y FINAL Única.- Inclúyese en el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas (C.I.S.A.) de la MunicipalidadDistrital de Jesús María aprobado por el artículo 2º de laOrdenanza Nº 130-MJM, la siguiente infracción:Código DESCRIPCIÓN DE LA Prev en- Rango % UIT Medida INFRACCIÓN tiva Complementaria 04-412 Por la comercialización 3 60% Decomiso / Clausura de productos que atenten temporal por 7 días /contra la Propiedad Inte- Reincidencia: Clausura lectual. definitiva. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS BRINGAS CLAEYSSEN Alcalde 06608 /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G69/G6E/G63/G65/G6E/G74/G69/G76/G6F/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G70/G61/G67/G6F/G20/G6F/G70/G6F/G72/G74/G75/G2D /G6E/G6F/G20/G64/G65/G20/G74/G72/G69/G62/G75/G74/G6F/G73 ORDENANZA Nº 137-MJM Jesús María, 29 de marzo de 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA POR CUANTO:El Concejo Distrital de Jesús María en Sesión Ordinaria de la fecha, Visto el Dictamen Nº 006-2004-CPEP/MJM dela Comisión de Planificación, Economía y Presupuesto, conel voto UNÁNIME de sus miembros, y con dispensa del trá-mite de aprobación de Acta, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE INCENTIVOS POR EL PAGO OPORTUNO DE TRIBUTOS Artículo 1º.- OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN La presente Ordenanza establece Incentivos Tributarios para los contribuyentes del distrito de Jesús María que pa-guen oportunamente sus Tributos Municipales del año 2004. Artículo 2º.- ALCANCE Los contribuyentes que estén al día en sus Tributos Mu- nicipales del año 2004, ya sea Impuesto Predial o ArbitriosMunicipales como mínimo hasta el primer trimestre o cuo-ta; o cumplan con cancelar sus deudas por dicho períodopodrán acceder al beneficio de cancelación de sus deudascorrespondientes al año 2003, por los Arbitrios Municipa-les e Impuesto Predial sin intereses, factor de reajuste nimoras. Artículo 3º.- PLAZO El presente beneficio tiene un plazo de aplicación de 30 días de publicada la presente Ordenanza. Finalizada lacampaña los valores de cobranza deberán ser remitidos alÁrea de Ejecución Coactiva de acuerdo a la Ley de Ejecu-ción Coactiva - Ley Nº 26979 y sus modificatorias. Artículo 4º.- Facúltese al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementa-rias necesarias para la adecuada aplicación de la presen-te Ordenanza, pudiendo ampliar la vigencia del plazo pre-visto en el artículo precedente. Artículo 5º.- Encárguese a la Gerencia de Rentas a través de la Unidad de Recaudación y a la Unidad de Infor-mática el cumplimiento de la presente Ordenanza y a laSecretaría General la publicación de la misma. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS BRINGAS CLAEYSSEN Alcalde 06609 /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20 /G64/G69/G73/G70/G6F/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20 /G73/G6F/G62/G72/G65 /G72/G65/G67/G75/G6C/G61/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G73/G61/G6E/G65/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G76/G61/G6C/G6F/G2D/G72/G65/G73/G20/G74/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G76/GED/G61/G20/G64/G65/G20/G65/G6A/G65/G63/G75/G63/G69/GF3/G6E/G63/G6F/G61/G63/G74/G69/G76/G61 ORDENANZA Nº 138-MJM Jesús María, 29 de marzo de 2004