Norma Legal Oficial del día 03 de abril del año 2004 (03/04/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 48

Pag. 266026

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 3 de MORDAZA de 2004

Segunda.- Con el acogimiento al beneficio, el SAT levantara las ordenes de captura respecto de la deuda acogida. Tercera.- Las empresas deberan cumplir con el pago previo de los gastos administrativos y costas del Procedimiento de Ejecucion Coactiva generados por la deuda acogida al Incentivo. Cuarta.- Las empresas que no cumplan con cancelar sus deudas por multas de transporte MORDAZA a traves del regimen de incentivos o sin participar en el, perderan su concesion o autorizacion. El plazo para pagar de las empresas que se acojan sera al final del regimen, y para las que no se acojan el 30 de MORDAZA de 2004. Quinta.- La modalidad del pago en bienes y servicios solo sera aplicable respecto de las cuotas de fraccionamiento, pero no en caso del pago al contado. Sexta.- Vencido el plazo para presentar la declaracion de la flota actual, la inclusion de nuevos vehiculos a la flota de las empresas estara condicionada al pago de los importes de las multas generadas en materia de transporte MORDAZA y MORDAZA, que se hubieran generado con el vehiculo que se pretende incluir. Setima.- Ampliar el plazo establecido en el articulo 1° del Decreto de Alcaldia N° 193, del 22 de diciembre del 2003, a fin de que las ampliaciones de las autorizaciones para prestar el servicio publico de transporte regular de pasajeros que otorgue la Direccion Municipal de Transporte MORDAZA, de conformidad con el Decreto senalado, tengan una vigencia hasta el 31 de marzo del 2005. Octava.- Facultese a la Direccion Municipal de Transporte MORDAZA para que realice las acciones preventivas de control para el cumplimiento de la presente Ordenanza en lo que corresponde a su competencia, asi como en relacion con el mantenimiento del estado y condiciones en que el vehiculo aprobo la constatacion de caracteristicas, por la cual se le expidio la tarjeta de circulacion. A estos efectos, el inspector municipal de transporte podra retener la tarjeta de circulacion de todo vehiculo que no cumpla con dichas condiciones, debiendo la empresa volver a presentar el vehiculo a para una verificacion de constatacion de caracteristicas. La tarjeta de circulacion sera devuelta cuando el vehiculo apruebe la verificacion de constatacion de caracteristicas. Asimismo, el inspector municipal de transporte podra retener la tarjeta de circulacion, en caso de que la misma se encuentre caduca por vencimiento de su plazo de vigencia o anulada por haber sido retirado el vehiculo del padron vehicular de la empresa o por cualquier otra circunstancia; asi como por no encontrarse vigente la poliza de seguros. En este ultimo caso, la tarjeta de circulacion sera devuelta cuando la empresa acredite ante la Direccion de Estudios, Autorizaciones y Registro que ha actualizado su poliza, cubriendo el plazo restante de vigencia de la referida tarjeta. La Direccion Municipal de Transporte MORDAZA queda facultada para dictar las directivas y procedimientos necesarios para el adecuado cumplimiento de la presente Disposicion Complementaria. Novena .- La deuda generada por la flota historica de las empresas que se acojan al regimen, que no hayan podido ser incluidas como parte de la deuda de la flota actual; se considerara extinguida al finalizar el regimen de incentivos. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. En MORDAZA, primero de MORDAZA de dos mil cuatro MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA 06693

Visto, en Sesion Ordinaria de la fecha los Informes Nº 084-2004-UST/MDA y Nº 067-2004-UST/MDA de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, asi como el Informe Nº 174OAJ-2004-MDA de la Oficina de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, el numeral 1 del articulo 73º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, senala las competencias de las municipalidades distritales en materia de organizacion del espacio fisico - uso del suelo de sus jurisdicciones; entre las mismas se consideran los siguientes temas: saneamiento fisico legal de asentamientos humanos, acondicionamiento territorial, asi como el referente al catastro MORDAZA y rural; todo ello en concordancia con las normas provinciales; Que, el articulo 79º de la MORDAZA en comentario establece las competencias y funciones especificas de las municipalidades distritales en materia de "Organizacion del espacio fisico y del uso del suelo", entre las que se encuentra: aprobar el plan MORDAZA o rural distrital; disponer la nomenclatura de avenidas, jirones, calles, pasajes, parques, plazas y la numeracion predial; reconocer los asentamientos humanos y promover su desarrollo y formalizacion; Que, en ese orden de ideas, con el Acuerdo de Concejo Nº 080-2003-A/MDA, se conformo una Comision Especial encargada de tratar el tema de la titulacion de los pobladores del Programa de Vivienda Municipal MORDAZA Garcilaso de la MORDAZA, lo que es extendible por necesidad publica, a las diferentes areas urbanas de la jurisdiccion de Ancon; Estando a lo dispuesto por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, con el MORDAZA unanime de los miembros del Concejo, con dispensa de la lectura y aprobacion del Acta, se aprobo la siguiente Ordenanza: ORDENANZA SOBRE INICIO DEL SANEAMIENTO FISICO-LEGAL DE DISTINTAS ZONAS URBANAS DEL DISTRITO DE ANCON Articulo Primero.- Iniciar los procedimientos para el saneamiento fisico-legal correspondiente a las zonas urbanas de la jurisdiccion de Ancon, entre los que se encuentran los siguientes lugares: Garcilaso I y II; Las Brisas; Alto Peru y San MORDAZA de Porres, entre otros que determine la administracion municipal. Articulo Segundo.- Otorgar un plazo de sesenta (60) dias calendario de publicada la presente, para que los vecinos beneficiarios del inicio del saneamiento fisico-legal de sus predios o inmuebles brinden toda la documentacion y facilidades del caso a los funcionarios y tecnicos de la Municipalidad Distrital de Ancon. Articulo Tercero.- Ordenar a la Oficina de Rentas que elabore la relacion completa de los titulares inscritos en sus padrones de las distintas zonas que se incluyen en las labores de saneamiento fisico-legal. Aquellos beneficiarios que no aparezcan en la relacion deberan regularizar su situacion ante la corporacion MORDAZA, dentro del plazo de 60 dias calendario de publicada la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.- Ordenar a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, que inicie los trabajos correspondientes a la Habilitacion MORDAZA en un plazo no mayor a 180 dias calendario, para posteriormente proceder a la independizacion y titulacion respectiva que corresponda de acuerdo a Ley. Articulo Quinto.- Revertir a la Municipalidad Distrital de Ancon los terrenos que se encuentren en estado de abandono y/o desocupados en las distintas zonas que se incluyen en las areas de saneamiento fisico-legal. Articulo Sexto.- Prohibase a partir de la publicacion de la presente Ordenanza, el otorgamiento y uso de las demasias municipales en la jurisdiccion de Ancon, bajo apercibimiento de imponer las sanciones contempladas en el Regimen de Aplicacion de Sanciones. Articulo Septimo.- Facultese al senor MORDAZA de la Municipalidad de Ancon, para que mediante Decretos de Alcaldia, pueda dictar medidas complementarias de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 06689

MUNICIPALIDAD DE ANCON
Inician procedimientos para el saneamiento fisico-legal de diversas zonas urbanas del distrito
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 023/MDA Ancon, 24 de marzo del 2004

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.