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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE ABRIL DEL AÑO 2004 (03/04/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 40

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G36/G30/G31/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 3 de abril de 2004 2. ENAPU S.A., a través del Oficio Nº 147-2004 ENAPU S.A./GG de fecha 10 de febrero del 2004, ofrece al amparo delartículo 65º y numeral 69.1 del artículo 69º del Reglamento deInfracciones y Sanciones, en adelante RIS, aprobado por laResolución de Consejo Directivo Nº 023-2003-CD/OSITRAN,el Compromiso de Cese por el incumplimiento notificado. 3. La Gerencia de Supervisión de OSITRAN, remite el Informe Nº 050-04-GS-A2-OSITRAN que recomienda lasuscripción del Compromiso de Cese y adjunta el docu-mento que contiene dicho compromiso para consideraciónde la Gerencia General de OSITRAN por ser procedente,dado que los únicos incumplimientos que se encuentranexpresamente excluidos de dicho beneficio, de acuerdo alartículo 47º del Reglamento de Cobro y Aplicación de In-fracciones, Sanciones y Tasas, son los referidos a lasobligaciones sustantivas de índole contractual. 4. Por Oficio Nº 098-2004-GG-OSITRAN de fecha 5 de marzo del 2004, se informa a ENAPU S.A., que OSITRANencuentra conforme el compromiso ofrecido, no obstantelo cual ha procedido a formular algunas modificaciones aefectos de enriquecerlos. En consecuencia el compromisodeberá suscribirse en el plazo otorgado de 10 días. Ade-más, señala también que de cumplirse con dicho acto, elProceso Administrativo Sancionador notificado medianteel Oficio Nº 078-04-GS-A2-OSITRAN se archivará, en casocontrario, se procederá de acuerdo a lo establecido en elsegundo párrafo del numeral 69.3 del artículo 69º del RIS. Mediante la suscripción del presente documento la empresa ENAPU S.A., se compromete a lo siguiente: 1. A que el acceso de los usuarios intermedios que brin- dan el servicio de remolcaje sea bajo los mismos términosy condiciones en el Terminal Portuario General San Mar-tín, como en los Terminales Portuarios que están bajo laadministración de ENAPU S.A., sin discriminación algunay no ejerciendo abuso de su posición de dominio. 2. Remitir en los siguientes quince (15) días útiles de suscrito el presente documento, las medidas que adoptaráENAPU S.A., para la adecuada difusión y cumplimiento delpresente Compromiso de Cese, de forma que se cumplacon el objetivo de obtener una actuación uniforme en todassus dependencias involucradas en los temas de acceso. Finalmente, ENAPU S.A. reconoce que de acuerdo al numeral 69.5 del artículo 69º del RIS incurrirá en infrac-ción muy grave si incumple cualquiera de los términos es-tablecidos en el presente documento. Suscrito, el diecinueve del mes de marzo del dos mil cuatro. CARLOS ESPINOZA ALEGRÍA Gerente GeneralEmpresa Nacional de Puertos S.A. 06602 ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DE USO PÚBLICO RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL Nº 016-2004-GG-OSITRAN PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR EXPEDIENTE :Nº 001-2004-GG/OSI- TRAN PROCEDENCIA : Gerencia de Supervisión ENTIDAD PRESTADORA : Empresa Nacional de Puertos - ENAPU S.A. MATERIA : Compromiso de Cese por el incumplimiento notificado porOficio Nº 071-04-GS-A2-OSITRAN por prácticas anti-competitivas en el TerminalPortuario de Salaverry Lima, 29 de marzo de 2004La Gerencia General del Organismo Supervisor de la Inver- sión en Infraestructura de Transporte de Uso Público - OSITRAN; VISTOS: El Informe Nº 050-04-GS-A2-OSITRAN remitido por la Gerencia de Supervisión con Nota Nº 029-04-GS-A2-OSI-TRAN, mediante el cual se evalúa la procedencia del Com- promiso de Cese propuesto por ENAPU S.A. y el OficioNº 256-2004-ENAPU S.A./GG con el que remite la versiónsuscrita del compromiso de cese. CONSIDERANDO: Que OSITRAN mediante Oficio Nº 071-04-GS-OSI- TRAN, del 27 de enero de 2004, notificó a ENAPU elProcedimiento Administrativo Sancionador por prácticasanticompetitivas en el Terminal Portuario de Salaverry; Que ENAPU, a través del Oficio Nº 146-2004 ENAPU S.A./ GG, propone el Compromiso de Cese por el incumplimientonotificado al amparo de los artículos 65º y 69º del Reglamentode Infracciones y Sanciones, en adelante RIS, aprobado por laResolución de Consejo Directivo Nº 023-2003-CD/OSITRAN; Que la Gerencia de Supervisión de OSITRAN, emite el Informe Nº 050-04-GS-A2-OSITRAN, señalando que en-cuentra adecuado el mismo, no obstante lo cual, formulaalgunas modificaciones a efectos de enriquecer el conte-nido del compromiso formulado por ENAPU S.A.; Que, la Gerencia General, con Oficio Nº 099-2004-GG- OSITRAN de fecha 5 de marzo de 2004, remite a ENAPUS.A. su propuesta de modificación al compromiso de cesepresentado por ENAPU S.A. a efectos de que ésta proce-da a su suscripción; Que, por el Oficio Nº 256-2004-ENAPU S.A./GG de fe- cha 25 de marzo de 2004, ENAPU S.A. remitió la versiónfinal del documento conteniendo el Compromiso de Cesedebidamente suscrito; Por lo expuesto; SE RESUELVE: Primero.- Aprobar la propuesta de Compromiso de Cese de ENAPU S.A. que se adjunta a la presente Reso-lución, por el incumplimiento notificado mediante el OficioNº 071-04-GS-OSITRAN. Segundo.- Archivar el Procedimiento Administrativo Sancionador notificado a ENAPU S.A. con Oficio Nº 071-04-GS-OSITRAN. Tercero.- Notificar la presente Resolución a ENAPU S.A. a efectos de que proceda a cumplir con las obliga-ciones asumidas en el Compromiso de Cese suscrito, apartir del día siguiente de notificada la presente resolución. Cuarto.- Notificar la presente Resolución al Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Quinto.- Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en la página web de OSITRAN. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE ALFARO MARTIJENA Gerente General EMPRESA NACIONAL DE PUERTOS S.A. Sector Transportes y Comunicaciones TERMINAL PORTUARIO DEL CALLAO COMPROMISO DE CESE Conste por el presente documento, el Compromiso de Cese que suscribe la Empresa Nacional de Puertos S.A., en adelanteENAPU S.A., con RUC Nº 20100003199, debidamente represen-tada por el señor CARLOS ESPINOZA ALEGRIA identificadocon DNI Nº 08803995 en su calidad de Gerente General de ENA-PU S.A. conforme a las facultades que constan en el Poder Ins-crito en la Partida Nº 70200372 del Registro de Personas Jurídi-cas del Callao, con domicilio en la Av. Contralmirante RaygadaNº 111, Callao, Lima, en los siguientes términos y condiciones: Teniendo en consideración los siguientes hechos: 1. OSITRAN mediante Oficio Nº 071-04-GS-A2-OSI- TRAN, el 27 de enero del 2004, notificó a ENAPU S.A. elProcedimiento Administrativo Sancionador por prácticasanticompetitivas en el Terminal Portuario de Salaverry. 2. ENAPU S.A., a través del Oficio Nº 146-2004 ENAPU S.A./GG de fecha 10 de febrero del 2004, ofrece al amparo delartículo 65º y numeral 69.1 del artículo 69º del Reglamento deInfracciones y Sanciones, en adelante RIS, aprobado por laResolución de Consejo Directivo Nº 023-2003-CD/OSITRAN,el Compromiso de Cese por el incumplimiento notificado. 3. La Gerencia de Supervisión de OSITRAN, remite el Informe Nº 050-04-GS-A2-OSITRAN que recomienda lasuscripción del Compromiso de Cese y adjunta el docu-mento que contiene dicho compromiso para consideración