Norma Legal Oficial del día 29 de abril del año 2004 (29/04/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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CODIGO SAGU DE LA ENTIDAD : NOMBRE DE LA ENTIDAD : MESES DEL REPORTE :

NORMAS LEGALES
FORMATO DE COMPRAS CORPORATIVAS

MORDAZA, jueves 29 de MORDAZA de 2004
F6

2004
LA COMPRA MORDAZA DESCRIPCION IMPORTE DE PREVIAMENTE CON CONVENIO NUMERO DEL NOMBRE DEL INTERINSTITUCIONAL REGISTRO UNICO DE DEL BIEN O COMPRA DE PROVEEDOR CONTRIBUYENTES SERVICIO LA ENTIDAD S/. SI NO

MODALIDAD DE ADQUISICION

ANO DEL MORDAZA DE ADQUISICION

NUMERO

DENOMINACION LICITACION PUBLICA CONCURSO PUBLICO ADJUDICACION DIRECTA

TOTAL COMENTARIOS DEL ORGANO DE AUDITORIA INTERNA

08109

Modifican Directiva Nº 001-2003-CG/ CE sobre Registro de Sociedades Calificadas para la designacion y contratacion de auditorias en entidades sujetas a control
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 144-2004-CG

MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2004 Vistos, la Hoja de Recomendacion Nº 011-2004-CG/ SOA de la Gerencia de Sociedades de Auditoria, sobre modificacion de la Directiva Nº 001-2003-CG/CE aprobada por Resolucion de Contraloria Nº 250-2003-CG; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Contraloria Nº 2502003-CG del 1.AGO.2003 se aprobo la Directiva Nº 0012003-CG/CE, sobre Registro de Sociedades Calificadas para la designacion y contratacion de auditorias en las entidades sujetas a control; Que, la referida Directiva establece en el numeral 9, que durante el periodo de vigencia de su inscripcion o renovacion, las sociedades de auditoria pueden solicitar la actualizacion de la informacion contenida en el Registro derivada de cualquier MORDAZA que provoque la modificacion de su estado o calificacion; Que, adicionalmente el numeral 10 de la citada Directiva senala que las sociedades de auditoria deben efectuar el pago del derecho establecido en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA, cuando soliciten dentro del periodo de vigencia de su inscripcion o renovacion por mas de dos (2) veces consecutivas la actualizacion de la informacion; Que, el articulo 36º del Reglamento de Designacion de Sociedades de Auditoria, aprobado mediante la Resolucion de Contraloria Nº 140-2003-CG, establece la capacitacion y experiencia del personal de las sociedades de auditoria, como criterios de calificacion de las propuestas; por ello, a la culminacion de cada trabajo o curso de capacitacion las sociedades de auditoria actualizan esta informacion en el Registro, la misma que incrementa sus posibilidades para acceder a una designacion; Que, asimismo, el literal d) del articulo 15º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, senala que las sociedades de auditoria estan obligadas a disponer que su personal participe en los eventos de capacitacion organizados por la Escuela Nacional de Control; por ello, el Reglamento y la Directiva mencionados

en los parrafos precedentes, han establecido que los socios y el personal profesional de las sociedades de auditoria deben acreditar una capacitacion minima de sesenta (60) horas con una antiguedad no mayor de dos (2) anos, disposicion esta MORDAZA que entrara en vigencia el 23 de MORDAZA de 2004; Que, conforme a lo senalado en el documento de visto, la actualizacion de la capacitacion y experiencia en el Registro tiene por finalidad acreditar informacion basica para la evaluacion y calificacion de las propuestas presentadas por las sociedades de auditoria en los concursos publicos de meritos, por lo que dicho tramite no puede ser oneroso para las sociedades de auditoria, sino de lo contrario, debe ser un procedimiento gratuito que coadyuve al cumplimiento de la atribucion conferida a la Contraloria General de la Republica por el literal II) del articulo 22º de la Ley Nº 27785, para designar sociedades de auditoria de manera exclusiva; En uso de las facultades conferidas por el literal II) del articulo 22º y literales c) y l) del articulo 32º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Modificar el numeral 10 de la Directiva Nº 001-2003-CG/CE, aprobada por la Resolucion de Contraloria Nº 250-2003-CG, conforme al siguiente detalle: "10. Pago de Derecho Las Sociedades deberan efectuar el pago del derecho correspondiente, establecido en el MORDAZA de la Contraloria General, cuando soliciten dentro del periodo de vigencia de su inscripcion o renovacion, por mas de dos (2) veces la actualizacion de informacion. Las actualizaciones de informacion por los sucesos a que se refiere los literales b) y d) del numeral 9 de la presente Directiva no se encuentran sujetos al pago del derecho por concepto de actualizacion". Articulo Segundo.- La presente Resolucion rige a partir de la publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 08110

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