Norma Legal Oficial del día 29 de abril del año 2004 (29/04/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 29 de MORDAZA de 2004

intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil contra MORDAZA MORDAZA UBILLUS MORDAZA y contra los que resulten responsables; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra MORDAZA MORDAZA UBILLUS MORDAZA y contra los que resulten responsables, por la comision del delito contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsificacion de Documentos (Falsedad Impropia o de Uso), agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 07572
RESOLUCION JEFATURAL Nº 136-2004-JEF/RENIEC

MORDAZA, 31 de marzo de 2004 Visto, el Oficio Nº 4385-2003-GO/RENIEC, el Informe Nº 1936, 1943 y 1947-2003-GO/SGREC/RENIEC, y el Informe Nº 084-2004-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 4 de febrero de 2004; CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Operaciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, en su labor fiscalizadora ha detectado que el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE LA BARCA MORDAZA, con fecha 19 de MORDAZA del 2000, solicito su Inscripcion ante el Registro, adjuntando como sustento la Partida de Nacimiento Nº 643 emitida por la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de MORDAZA Metropolitana, registrando como fecha de nacimiento 26 de junio de 1980, obteniendo la Inscripcion Nº 41326377; Que, con fecha 4 de MORDAZA del 2003, este ciudadano solicita la Rectificacion de la Inscripcion Nº 41326377, en el sentido que su fecha de nacimiento es 26 de junio de 1982 y no 26 de junio de 1980, adjuntando como sustento la Partida de Nacimiento Nº 643 del Libro de Nacimientos del ano 1989 de la Oficina de Registro de Estado Civil de la misma Municipalidad Provincial de MORDAZA Metropolitana, que registra como fecha de nacimiento 26 de junio de 1982; Que, por Oficio Nº 2663-2003-MML-DMSC-DRC la Oficina de Registro de Estado Civil de la misma Municipalidad Provincial de MORDAZA Metropolitana afirma que solo aparece inscrita en el ano 1989 la Partida de Nacimiento de MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE LA BARCA con fecha de nacimiento 26 de junio de 1980; Que, la ciudadana MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con fecha 7 de septiembre de 1993, solicita su inscripcion ante el Registro, obteniendo la Partida de Inscripcion Nº 09950823, registrando como fecha de nacimiento el 20 de octubre de 1974. Posteriormente, con fecha 3 de MORDAZA del 2003 esta ciudadana solicita la Rectificacion de su fecha de nacimiento debiendo ser en el ano 1966 y no 1974 como esta registrado, presentando como sustento la Partida Nº 6053 del Libro de Nacimientos del ano 1974 emitida por la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de MORDAZA

Metropolitana, que contiene anotacion marginal de rectificacion de fecha de nacimiento; Que, por Oficio Nº 2854-2003-MML-DMSC-DRC, la Oficina de Registro de Estado Civil remite MORDAZA Certificada de la Partida de Nacimiento Nº 6053 del Libro de Nacimientos del ano 1974, que confirma la inexistencia de rectificacion judicial, verificandose que la fecha de nacimiento de la ciudadana es el 20 de octubre de 1974; Que, el ciudadano MORDAZA MORDAZA CRUZZATTI, con fecha 15 de MORDAZA de 1966, solicita inscripcion en el Registro Electoral del Peru, adjuntando como sustento la Libreta Militar Nº 875711, obteniendo la Partida de Inscripcion Electoral Nº 3173486. Posteriormente, mediante el MORDAZA de reinscripcion en el ano de 1984 es asentado en la Partida de Inscripcion Electoral Nº 07216210; Que, con fecha 20 de MORDAZA del 2003, este mismo ciudadano solicita la Rectificacion de la Partida de Inscripcion Nº 07216210, en el sentido que sus prenombres son MORDAZA MORDAZA y no MORDAZA, adjuntando como sustento la Partida de Nacimiento Nº 108 del Libro de Nacimientos del ano 1928, emitida por la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de MORDAZA Metropolitana; Que, la Gerencia de Procesos, MORDAZA Division Central de Procesos procediendo a realizar la verificacion correspondiente del Acta de Nacimiento Nº 108 observa que en el rubro de padre figura MORDAZA ANQUILINO MORDAZA y la MORDAZA MORDAZA CRUZZATTI, resultando incoherente que el titular sea MORDAZA MORDAZA MORDAZA CRUZZATTI; Que, por Oficio Nº 1927-2003-MML-DMSC-DRC la Jefatura de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de MORDAZA Metropolitana informa que solo aparece inscrito el Acta de Nacimiento Nº 229 que registra a MORDAZA MORDAZA MORDAZA CRUZATE, nacido el 22 de octubre de 1928; Que, el comportamiento realizado por los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE LA BARCA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA CRUZZATTI o MORDAZA MORDAZA MORDAZA CRUZATE, al haber presentado documento falso como si fuese legitimo ante el Registro, pretendiendo insertar datos falsos, a efectos de realizar la Rectificacion de sus datos, constituye indicio razonable de la comision de presunto delito contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsificacion de Documentos (Falsedad Impropia o de Uso) y Falsedad Ideologica, previsto y sancionado en los articulos 427º y 428º del Codigo Penal vigente; Que, en atencion al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE LA BARCA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA CRUZZATTI o MORDAZA MORDAZA MORDAZA CRUZATE; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE LA BARCA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA CRUZZATTI o MORDAZA MORDAZA MORDAZA CRUZATE, por presunto delito contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsificacion de Documentos (Falsedad Impropia o de Uso) y Falsedad Ideologica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo Segundo.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Re-

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