Norma Legal Oficial del día 30 de abril del año 2004 (30/04/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 30 de MORDAZA de 2004

notables esfuerzos han contribuido al progreso del Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social; que con responsabilidad directiva han creado o perfeccionado entidades o programas de alta significacion para el progreso del sector; Que, las referencias expuestas constituyen acciones distinguidas y servicios meritorios, contemplados en el articulo 22º del citado Reglamento; y siendo el Consejo de la Orden del Trabajo el organo encargado de pronunciarse sobre las propuestas de otorgamiento de la referida distincion, con fecha 23 de MORDAZA el Consejo conformado mediante Resolucion Ministerial Nº 079-2004-TR, aprobo la propuesta de condecoracion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el Grado de Gran Oficial; Que, de conformidad por lo dispuesto por el articulo 4º del Reglamento de la Orden del Trabajo, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-74-TR; y el articulo 3º, numeral 3, del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Otorgar la Condecoracion de la "Orden del Trabajo" en el Grado de "Gran Oficial" al senor MORDAZA MORDAZA RABINES BARTRA, extendiendose el Diploma correspondiente. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA NEVES MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo 08311

Autorizan contratar instalacion de diversos servicios electricos en baja tension para el ministerio, mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 106-2004-TR

MORDAZA, 28 de MORDAZA de 2004 VISTOS: El Informe Nº 008-2004-MTPE/SG/OA de fecha 20 de MORDAZA de 2004, el Informe Nº 605-2004-MTPE/OAJ-OAAL de fecha de MORDAZA de 2004 y el Informe Nº 144-2004-OPPOPRE de fecha 19 de MORDAZA de 2004; y, CONSIDERANDO: Que, el inciso c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0122001-PCM, establece que se encuentran exonerados de los procesos de licitacion publica, concurso publico o adjudicacion directa las adquisiciones que se realicen en situacion de urgencia declarada de conformidad con la normatividad vigente en materia de contrataciones y adquisiciones del Estado; Que, el numeral 2) del articulo 108º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, determina que la situacion de urgencia debe entenderse como un hecho de excepcion que determina una accion rapida de adquisicion o contratacion como medida temporal sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas;

Que, el articulo 105º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que de producirse el supuesto senalado en el Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, que determina la necesidad de efectuar procesos de Adjudicacion de Menor Cuantia, la Entidad MORDAZA las adquisiciones o contrataciones mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtencion de una cotizacion que cumpla con los requisitos establecidos en las bases, con autorizacion expresa del titular del pliego o de la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad, segun corresponda; Que, como se desprende del contenido de los antecedentes del informe tecnico de la referencia, el sistema de energia para equipos de computo viene ocasionando el deterioro de equipos de computo y de conectividad en perjuicio de los usuarios de la red, poniendo en riesgo las Bases de datos alojados en los servidores de la Red, que son los componentes mas costosos de la institucion e importantes, toda vez que traves de ellos, la institucion brinda los servicios de informacion, recepcion, registro, entre otros servicios, requeridos por los usuarios y que brinda el Sector como parte de las operaciones productivas propias de la Institucion; Que, en ese sentido existe la urgencia de mejorar la capacidad y ampliar la fuente de capacidad de consumo que cuenta actualmente el Ministerio, por cuanto los equipos de computo son reemplazos por equipos mas sofisticados, asi como por las nuevas instalaciones para la implementacion de los servicios que brinda el Sector; Que, la Oficina de Asesoria Juridica concluye que resulta procedente aprobar la situacion de urgencia para la contratacion del servicio de instalacion requerido, de conformidad con lo previsto en el inciso c) articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y del numeral 2) del articulo 108º del Decreto Supremo Nº 013-2001PCM; Que, mediante Informe Nº 144-2004-OPP-OPRE, la Oficina de Presupuesto, informa sobre la disponibilidad presupuestal suficiente para el pago de los servicios a contratar, cuyo gasto se afectara a la Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados, Especifica de Gasto: 39 Otros servicios de terceros, programado para los meses de MORDAZA a diciembre del presente ejercicio fiscal; Que, mediante los informes de vistos se exponen la justificacion tecnica y legal para la adquisicion de utiles de escritorio, mediante la exoneracion del respectivo MORDAZA de seleccion, cumpliendose asi con lo estipulado en el articulo 113º del Decreto Supremo Nº 013-2001PCM; Que, el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dispone que las exoneraciones previstas en el articulo 19º de la MORDAZA en mencion se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad; Con la opinion favorable de los Directores Generales de las Oficinas de Administracion, Asesoria Juridica y Planificacion y Presupuesto; y, De conformidad con lo dispuesto en el articulo 19º y 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, y el articulo 114º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM el articulo 8º de la Ley Nº 27711, Ley del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo y el articulo 12º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 173-2002-TR;

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