Norma Legal Oficial del día 30 de abril del año 2004 (30/04/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, viernes 30 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

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RESOLUCION SUPREMA Nº 017-2004-TR

sa del Peru y Arbitro del Ilustre Colegio de Abogados de MORDAZA y su participacion en Comisiones Legislativas y Consultivas, destacando como Miembro del Comite de Expertos nombrado por el Congreso de la Republica para redactar el Anteproyecto de Ley General de Trabajo e integrante de la Comision encargada del articulado sobre materia laboral en la reforma de la Constitucion Politica de 1993 y de las sucesivas Comisiones Consultivas de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; Que, en el plano academico, ha desplegado destacada labor para el perfeccionamiento de los institutos de Derecho del Trabajo a traves de su participacion en la Academia Peruana de Derecho, Academia Iberoamericana de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, Instituto Latinoamericano de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, Centro Latinoamericano de Derecho Procesal de Trabajo, Asociacion Peruana de Relaciones de Trabajo, Sociedad Peruana de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, Consejo Latinoamericano de Derecho y Desarrollo e Instituto Latinoamericano de Derecho y Desarrollo; Que, la trayectoria del senor doctor MORDAZA MORDAZA Pasco Cosmopolis ha denotado MORDAZA preocupacion por la difusion y progreso del Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, prestigiando al MORDAZA con su activa participacion en congresos y eventos nacionales e internacionales. Su intensa produccion bibliografica revelada a traves de innumerables articulos publicados en revistas especializadas y medios periodisticos sobre Relaciones de Trabajo, Reforma Laboral, Solucion Pacifica de los Conflictos, Seguridad Social, Desempleo y Concertacion Social son solo algunas muestras de su contribucion al Derecho del Trabajo; Que, de conformidad con lo establecido por los Articulos 21º, 22º y 27º del Reglamento del Decreto Ley Nº 20585, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-74-TR, la Condecoracion con la Orden del Trabajo se confiere, por accion distinguida a toda persona que realiza actos o servicios que contribuyen a la MORDAZA en las relaciones laborales, a la generacion y promocion del empleo en el MORDAZA asi como a la valoracion y reivindicacion del trabajo humano; asimismo, se confiere por servicios meritorios, a las personas que con notables esfuerzos han contribuido al progreso del Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social; que con responsabilidad directiva han creado o perfeccionado entidades o programas de alta significacion para el progreso del sector; Que, las referencias expuestas constituyen acciones distinguidas y servicios meritorios, contemplados en el articulo 22º del citado Reglamento; y siendo el Consejo de la Orden del Trabajo el organo encargado de pronunciarse sobre las propuestas de otorgamiento de la referida distincion, con fecha 23 de MORDAZA el Consejo conformado mediante Resolucion Ministerial Nº 0792004-TR, aprobo la propuesta de condecoracion del senor doctor MORDAZA MORDAZA Pasco Cosmopolis en el Grado de Gran Oficial; Que, de conformidad por lo dispuesto por el articulo 4º del Reglamento de la Orden del Trabajo, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-74-TR; y, el articulo 3º, numeral 3, del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Otorgar la Condecoracion de la "Orden del Trabajo" en el Grado de "Gran Oficial" al senor doctor MORDAZA MORDAZA PASCO COSMOPOLIS, extendiendose el Diploma correspondiente. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA NEVES MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo 08310

MORDAZA, 29 de MORDAZA de 2004 CONSIDERANDO: Que, con fecha 15 de MORDAZA de 2004, el Consejo de la Orden del Trabajo recibio la propuesta de condecoracion presentada por la Confederacion General de Trabajadores del Peru - CGTP, nominando al senor MORDAZA MORDAZA Rabines Bartra; Que, de acuerdo a los terminos de la propuesta, el senor MORDAZA MORDAZA Rabines Bartra, ha ejercido la dirigencia del gremio de trabajadores graficos, con amplia experiencia en la lucha por la defensa de los derechos laborales de los trabajadores del ramo, lo que le ha valido el titulo de artifice de la reconstruccion de los sindicatos graficos en los departamentos de MORDAZA, Chiclayo, MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA, y de la reconstitucion de la Confederacion General de Trabajadores del Peru - CGTP, fruto del I Congreso de Reconstitucion del 14 de junio de 1968; Que, su compromiso con la actividad sindical ha ido aparejado con una MORDAZA vocacion de servicio, MORDAZA y MORDAZA preocupacion en las movilizaciones por el respeto al Estado de Derecho y por la democracia que en la decada de los anos setenta ocasionaron la privacion de su libertad; Que, respecto a su experiencia como dirigente sindical fue Secretario General de la Federacion Grafica del Peru y Vicepresidente de la Confederacion General de Trabajadores del Peru, fundador y Secretario General del Sindicato de Trabajadores Graficos de MORDAZA y Balnearios, fundador y Primer Secretario General del Sindicato de Trabajadores Graficos de Ibera S.A. Industria del Offset, cargo que ostento en dos oportunidades y posteriormente Secretario General y Primer Vicepresidente de la Federacion Grafica del Peru - FGP; Que, su MORDAZA preocupacion por la mejora de los derechos laborales y los estandares de la seguridad social para los trabajadores graficos lo llevo a participar entre 1963 y 1964, de manera sobresaliente, en la Comision Bipartita para la Industria Grafica, en la Comision del Salario Minimo Profesional Grafico, en la Comision organizadora del Comando Grafico de Accion y en la Comision que formulo un Proyecto de Ley Organica de Seguro Social; Que, cabe destacar en el perfil del nominado, su esfuerzo y responsabilidad directiva en la creacion de entidades de capacitacion, siendo en 1966 fundador y Secretario del "Centro Gutemberg" donde se dictaba el curso de Instructores Obreros del Centro de Estudios Laborales del Peru, a propuesta de la Oficina de Relaciones Industriales del Ministerio de Trabajo; Que, cabe resaltar su participacion en seminarios y eventos nacionales e internacionales relativos al funcionamiento del movimiento sindical y social, siendo designado en 1966 miembro de la Delegacion del Peru en la Octava Conferencia Regional de los Estados Americanos y Consejero Tecnico de los Trabajadores ante la Organizacion Internacional del Trabajo y posteriormente nombrado Presidente del Comite Organizador del I Encuentro Latinoamericano de Sindicatos Graficos y luego en 1974, Vicepresidente de la Confederacion Latinoamericana de Trabajadores de la Industria Grafica CLATIG; Que, de conformidad con lo establecido por los Articulos 21º, 22º y 27º del Reglamento del Decreto Ley Nº 20585, aprobado por Decreto Supremo Nº 00374-TR, la Condecoracion con la Orden del Trabajo se confiere, por accion distinguida a toda persona que realiza actos o servicios que contribuyen a la MORDAZA en las relaciones laborales, a la generacion y promocion del empleo en el MORDAZA asi como a la valoracion y reivindicacion del trabajo humano; asimismo, se confiere por servicios meritorios, a las personas que con

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