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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE AGOSTO DEL AÑO 2004 (12/08/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 15

PÆg. 274305 NORMAS LEGALES Lima, jueves 12 de agosto de 2004 dispuesto por el artículo 4º del Decreto Legislativo Nº 832, de 11 de julio de 1996, que modifica la Ley Nº 23274, el cual establece que, excepcionalmente, mediante Resolu- ción Suprema, se podrá autorizar el uso de pasaporte di-plomático a otras personas que cumplan misiones oficia- les; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Legislativo Nº 832; y el De- creto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Rela- ciones Exteriores; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, excepcionalmente, el uso de pasaporte diplomático al doctor Julio Emilio Velarde Flo- res, por el tiempo que cumpla funciones como PresidenteEjecutivo del Fondo Latinoamericano de Reservas (FLAR). Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 14698 Disponen pasar a situación de retiro a Embajador en el Servicio DiplomÆticode la Repœblica RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 233-2004-RE Lima, 10 de agosto de 2004 CONSIDERANDO: Que de conformidad con el artículo 18º de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, la si- tuación de retiro es aquella en la que el miembro del Servi- cio Diplomático se encuentra apartado definitivamente dela situación de actividad, entre otras causas, por cumplir los 70 años de edad; Que el Embajador en el Servicio Diplomático de la Re- pública, Jorge Guillermo Javier Fernández-Cornejo Cor- tés, cumple 70 años de edad el 26 de julio de 2004, según lo acredita la Partida de Nacimiento que obra en su Foja deServicios; Teniendo en cuenta lo expuesto en el Memorándum (UE) Nº 014-2004 de la Unidad de Escalafón, de fecha 8 de juliode 2004; De conformidad con los artículos 18º literal a) de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; ylos artículos 43º literal a) y 44º del Decreto Supremo Nº 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomá- tico de la República; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Pasar a la situación de retiro al Embajador en el Servicio Diplomático de la República, Jor- ge Guillermo Javier Fernández-Cornejo Cortés, a partir del26 de julio de 2004, por cumplir en esa fecha los 70 años de edad. Artículo Segundo.- Darle las gracias por los impor- tantes servicios prestados al Ministerio de Relaciones Ex- teriores. Regístrese y comuníquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 14699Autorizan contratación del servicio de vigilancia y seguridad integral para lasinstalaciones del ministerio medianteadjudicación de menor cuantía RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0613-2004-RE Lima, 27 de julio de 2004 Vistos, el Informe (LOG) Nº 027-2004 sobre sustenta- ción técnica del Departamento de Logística y el Memorán- dum (SEG) Nº 196-2004 de la Unidad de Seguridad de laSecretaría de Administración, así como el Informe Legal de la Oficina de Asuntos Legales; para la contratación del servicio de vigilancia y seguridad integral para las instala-ciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; CONSIDERANDO: Que, la Unidad de Seguridad de la Secretaría de Admi- nistración ha solicitado se adopten las previsiones nece-sarias a fin de que la cobertura de seguridad en el Ministe- rio no se vea interrumpida; Que, la contratación de dicho servicio se encuentra pro- gramada en el Plan Anual de Adquisiciones y Contratacio- nes del Ministerio de Relaciones Exteriores correspondiente al Ejercicio Fiscal 2004, con un valor referencial equivalen-te a S/. 734 400,00 (Setecientos treinta y cuatro mil cuatro- cientos y 00/100 Nuevos Soles), correspondiendo efectuar un Concurso Público; Que, el Departamento de Logística comunica que el Co- mité Especial designado mediante Resolución Viceminis- terial Nº 089-2004-RE viene llevando a cabo el proceso deselección antes mencionado; estando programada la eta- pa correspondiente al Otorgamiento de la Buena Pro para el 9 de julio de 2004; Que, el contar con el contratista a quien se adjudique la buena pro podría tomar plazos mayores al previsto para el otorgamiento de la buena pro, en tanto quede consentidaésta, más aún si se consideran los plazos que la ley prevé para los subsiguientes procedimientos y para una eventual solución de controversias; Que, de otro lado, el servicio de vigilancia y seguridad para las instalaciones del Ministerio de Relaciones Exte- riores garantiza la operatividad de la estructura orgánica yfuncional del mismo y permite que el personal del Ministe- rio y aquellas personas que concurren diariamente a sus instalaciones encuentren la supervisión y protección ne-cesarias, posibilitando que los procesos operativos se rea- licen sin contratiempos, su carencia afecta directamente la continuidad de los servicios esenciales de la entidad, suindefensión frente a actos externos requiere de una aten- ción inmediata; Que, en ese contexto, es necesario prever la presta- ción del referido servicio por un período estimado de 60 días o hasta contar con el contratista a quien se adjudique la buena pro del proceso que se viene realizando, el mis-mo que representa un valor referencial de S/. 135 925,24 (Ciento treinta y cinco mil novecientos veinticinco y 24/100 Nuevos Soles) y corresponde a un proceso por adjudica-ción directa pública; Que, lo señalado se encuentra previsto en el numeral 2 del artículo 108º del Reglamento de la Ley de Contratacio-nes y Adquisiciones del Estado y está definido como una situación de urgencia; Que, la situación mencionada está configurada en el literal c) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, como uno de los supuestos para tramitar la exoneración del pro-ceso que corresponda, lo cual constituye un hecho de ex- cepción que determina una acción rápida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar dicha urgencia; Que, la Oficina de Asuntos Legales, ha emitido opinión legal, conforme a lo dispuesto por el artículo 113º del Re- glamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, de conformidad con el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, las exoneraciones se aprobarán mediante Resolu- ción del Titular del Pliego de la Entidad y serán publicadas en el Diario Oficial El Peruano; Que, el artículo 114º del precitado Reglamento, señala que la facultad de aprobación de la exoneración no puede