Norma Legal Oficial del día 19 de agosto del año 2004 (19/08/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, jueves 19 de agosto de 2004

NORMAS LEGALES

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administrativo otorgando el incremento de flota y permiso de pesca por capacidad equivalente a la embarcacion pesquera P 17 .Q. con matricula PS-8850 ahora PLEBEYO con matricula CE-2023PM de trescientos cincuenta toneladas para la extraccion de recursos hidrobiologicos, similar a la embarcacion mencionada, bajo apercibimiento de ley; Que el mandato judicial expuesto importa el desdoblamiento de un solo permiso de pesca en dos derechos administrativos con igual capacidad de bodega, lo cual incrementa el esfuerzo pesquero respecto a recursos hidrobiologicos declarados plenamente explotados como son la anchoveta y la sardina, vulnerando el ordenamiento juridico pesquero y las garantias de un debido MORDAZA legal, entendiendose que en el MORDAZA no ha sido emplazado el Ministerio de la Produccion para el ejercicio del derecho de defensa de los intereses del Estado, ademas dicho MORDAZA judicial ha contravenido derechos constitucionales fundamentales como son entre otros el debido MORDAZA, derecho al juez natural, impedimento de desviar a los justiciables de la jurisdiccion predeterminada por ley, el aprovechamiento sostenido de los recursos naturales, el derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de la MORDAZA, asi como los principios de seguridad juridica, conservacion de la diversidad biologica, el de legalidad y el MORDAZA precautorio los cuales informan el ordenamiento juridico pesquero; Que en consecuencia resulta pertinente autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de la Produccion para que interponga las acciones judiciales que correspondan en defensa de los intereses del Estado; De conformidad con el Decreto Ley Nº 17537, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de la Produccion, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales que correspondan contra el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA jueza del

Juzgado Mixto de Huarmey y demas personas que resulten responsables por los hechos mencionados en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir a la Procuraduria Publica los antecedentes del caso para su conocimiento y demas fines. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Produccion 14968

Declaran fundado recurso de reconsideracion interpuesto por Corporacion de Ingenieria de Refrigeracion S.R.L. contra la R.D. Nº 445-2003-PRODUCE/ DNEPP
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 206-2004-PRODUCE/DNEPP
MORDAZA, 16 de MORDAZA de 2004 Visto los escritos con registro Nº 00001003 y 01807001 de fechas 5 de enero y 18 de febrero del 2004, presentados por CORPORACION DE INGENIERIA DE REFRIGERACION S.R.L. CONSIDERANDO: Que por Resolucion Directoral Nº 445-2003-PRODUCE/ DNEPP de fecha 4 de diciembre del 2003, publicada en el Diario Oficial El Peruano el dia 13 de diciembre de 2003, se declaro y confirmo la caducidad de las licencias de operacion otorgadas mediante las Resoluciones y a los Titulares entre otros a

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DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibiran en la Direccion del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.- Las normas y sentencias cuya publicacion se solicite para el dia siguiente no deberan exceder de diez (10) paginas. 3.- Si las normas y sentencias que ingresaran al diario, en suma, tuvieran una extension igual o mayor a dos (2) paginas de texto, se requerira la MORDAZA adjunta de disquete. 4.- Las normas y sentencias ademas, deben ser remitidas en disquete o al correo electronico: normaslegales@editoraperu.com.pe. 5.- Cualquiera sea la cantidad de paginas, si las normas contuvieran tablas o MORDAZA, estas deberan venir en diskette y trabajados en Excel una linea por celda sin justificar y, si contuvieran graficos, estos deberan ser presentados en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises.

LA DIRECCION

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