Norma Legal Oficial del día 19 de agosto del año 2004 (19/08/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 19 de agosto de 2004 PROTOCOLOS DE MEDICION DE RADIACIONES NO IONIZANTES

y/o formular denuncias a nombre del Estado es necesario la expedicion previa de la Resolucion Ministerial autoritativa; De conformidad a lo dispuesto en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la Ley Nº 27791, Decretos Leyes Nº 17537 y 17667, el Reglamento Nacional de Administracion de Transportes, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2001-MTC, aplicable en virtud de la Decimo MORDAZA Disposicion Transitoria del Reglamento Nacional de Administracion de Transportes, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2004-MTC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para que, en representacion y defensa de los intereses del Estado, inicie y culmine las acciones legales destinadas a obtener la nulidad del articulo primero de la Resolucion Directoral Nº 1111-2002-MTC/15.18, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de esta Resolucion, asi como los antecedentes del caso al mencionado Procurador Publico, para los fines correspondientes. Registrese y comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 14958

Articulo 1º.- Finalidad La presente MORDAZA tiene por finalidad establecer los protocolos de medicion de radiaciones no ionizantes a efectos de obtener una correcta cuantificacion de los valores de emision individual y emisiones multiples, resultantes de la operacion de los servicios de telecomunicaciones que utilizan espectro radioelectrico. Articulo 2º.- Ambito de aplicacion La presente MORDAZA es de cumplimiento obligatorio por el Estado y las personas naturales o juridicas debidamente registradas ante el Ministerio de Transportes y Comunicaciones para la realizacion de las mediciones de radiaciones no ionizantes. Para efectos de la aplicacion de la presente MORDAZA se tendra en cuenta el Glosario de Terminos y Definiciones contenido en el Anexo I. Articulo 3º.- Aspectos Generales 3.1 Las mediciones se clasifican en: - Mediciones en emplazamientos fijos. - Mediciones en equipos moviles, equipos portatiles y / o terminales portatiles que utilicen espectro radioelectrico. 3.2 Las magnitudes por medir son las siguientes: Para los emplazamientos fijos: - Densidad de potencia. - Intensidad de MORDAZA electrico. - Intensidad de MORDAZA magnetico. Para los equipos moviles: - Intensidad de MORDAZA electrico. Para los equipos portatiles y/o terminales portatiles: - Tasa de Absorcion Especifica (SAR). 3.3 Las mediciones de los emplazamientos fijos, seran, en la mayoria de casos, mediciones en la region de MORDAZA lejano. Las mediciones en los equipos moviles, equipos portatiles y/o terminales portatiles seran mediciones de MORDAZA cercano. 3.4 Los protocolos de medicion que se establezcan en la presente MORDAZA, seran aplicables a cualquier servicio o sistema de telecomunicaciones comprendidos en el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 038-2003MTC. 3.5 A efectos de realizar una seleccion apropiada de los instrumentos de medicion indispensables para una correcta evaluacion, se debe determinar la mayor cantidad de parametros tecnicos que caractericen de manera fiel, las MORDAZA que generan los MORDAZA electromagneticos. 3.6 Los calculos teoricos expuestos en la MORDAZA Complementaria sobre "Lineamientos para el desarrollo de Estudios Teoricos de Radiaciones No Ionizantes", se pueden emplear para obtener estimados de la intensidad de MORDAZA en la region de MORDAZA lejano para la seleccion del instrumento adecuado. Las variaciones de intensidad de MORDAZA debidas a la reflexion en tierra, entre otras, pueden provocar un incremento de hasta cuatro veces sobre los valores estimados de MORDAZA, y aun mayor si existiera efecto de enfoque. Articulo 4º.- Tipos de mediciones y equipamiento utilizado 4.1 Mediciones en la region de MORDAZA lejano: Fuente unica La medicion de un MORDAZA electromagnetico de onda plana, linealmente polarizado, cuya fuente de radiacion tiene caracteristicas fisicas conocidas tales como: ubicacion, frecuencia y polarizacion puede llevarse a cabo con un medidor de intensidad de MORDAZA sintonizable con un rango de frecuencia que incluya la frecuencia de interes y que tenga la precision requerida. Alternativamente se puede emplear un analizador de espectro o un receptor equipado con pantalla de MORDAZA del espectro.

Aprueban MORDAZA tecnica sobre Protocolos de Medicion de Radiaciones No Ionizantes
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 613-2004 MTC/03
MORDAZA, 17 de agosto de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, se establecen los Limites Maximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones, instrumento de gestion ambiental prioritario para prevenir y controlar la contaminacion generada por actividades comprendidas en el subsector comunicaciones, sobre la base de una estrategia destinada a proteger la salud, mejorar la competitividad del MORDAZA y promover el desarrollo sostenible; Que, la Primera Disposicion Complementaria y Transitoria del citado Decreto Supremo dispone que a efectos de complementar lo dispuesto en la citada MORDAZA y garantizar su cumplimiento, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobara las normas tecnicas y directivas que MORDAZA necesarias, entre las que contempla la MORDAZA tecnica sobre Protocolos de Medicion de Radiaciones no Ionizantes; Que, con fecha 2 de febrero del 2004 se publico para comentarios en el Diario Oficial El Peruano, el proyecto de MORDAZA sobre Protocolos de Medicion de Radiaciones no Ionizantes; Que, habiendose recibido y evaluado los comentarios de los interesados, corresponde emitir el acto administrativo respectivo aprobando la acotada MORDAZA tecnica; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar la MORDAZA tecnica sobre Protocolos de Medicion de Radiaciones no Ionizantes, la misma que consta de cinco (5) articulos y dos (2) anexos, que forma parte integrante de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones

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