Norma Legal Oficial del día 20 de agosto del año 2004 (20/08/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 20 de agosto de 2004

la aplicacion de una medida de salvaguardia definitiva debera contener: 3. Listado de los paises o economias de los cuales el Peru importa el producto materia de investigacion." "Articulo 43º.- La prorroga de una medida de salvaguardia podra realizarse de oficio a solicitud de la Comision Multisectorial o a solicitud de parte, con una anticipacion no menor de seis meses al vencimiento del plazo para la adopcion de la medida original. Para tal efecto, se seguira el procedimiento previsto para la adopcion de la medida original, en lo que fuera aplicable." "Articulo 47º.- Se podra volver a aplicar una medida de salvaguardia a la importacion de un producto que MORDAZA estado sujeto con anterioridad a una medida de esa indole, adoptada conforme al Acuerdo, despues de un periodo igual a la mitad de aquel durante el cual se MORDAZA aplicado anteriormente tal medida, con la condicion de que el periodo de no aplicacion sea como minimo de dos anos". Articulo 2º.- Derogase el inciso 10) del articulo 8º del Decreto Supremo Nº 020-98-ITINCI. Articulo 3º.- Toda referencia que se haga al Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales en el MORDAZA del Decreto Supremo Nº 020-98-ITINCI, se entiende efectuada al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. Articulo 4º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Comercio Exterior y Turismo y el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro de la Produccion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diecinueve dias del mes de agosto del ano dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA NADAL Ministro de Educacion Encargado de la Cartera de la Produccion 15211

Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 15118

Amplian periodo de viaje y viaticos de funcionaria de PROMPEX para participar en la Feria Internacional de Turismo "Bird Fair 2004"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 276-2004-MINCETUR/DM MORDAZA, 18 de agosto de 2004 Vista la Carta Nº C.590.2004/PP.GG de la Gerencia General de la Comision de Promocion del Peru - PROMPERU.
CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 271-2004-MINCETUR/DM, de fecha 11 de agosto de 2004, se autorizo el viaje de la senora MORDAZA Ortigosa Quimper, Gerente de Turismo Receptivo de la Comision de Promocion del Peru PROMPERU, para participar en la Feria Internacional de Turismo "Bird Fair 2004", a realizarse del 20 al 22 de agosto del presente ano, en la MORDAZA de Rutland, Reino Unido de Gran Bretana e Irlanda del Norte; Que, el viaje de la referida funcionaria ha sido autorizado para que tenga a su cargo diversas actividades para la participacion de PROMPERU en el evento mencionado en el considerando precedente; Que, la senora MORDAZA Ortigosa Quimper, Gerente de Turismo Receptivo, adicionalmente ha coordinado diversas reuniones de trabajo con los organizadores de la Feria Internacional de Turismo "Bird Fair", tours operadores, prensa especializada y representantes de diversas organizaciones internacionales de turismo, por lo que se hace necesario ampliar el periodo de viaje hasta el 22 de agosto de 2004; De conformidad con lo dispuesto por las Leyes Nºs. 27790, 28128 y 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Ampliar el periodo de viaje y viaticos autorizados mediante la Resolucion Ministerial Nº 271-2004-MINCETUR/DM de la senora MORDAZA Ortigosa Quimper, Gerente de Turismo Receptivo de la Comision de Promocion del Peru - PROMPERU, extendiendose el periodo de viaje autorizado hasta el 22 de agosto del 2004, e incrementandose los viaticos asignados en la suma de US$ 260,00, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 15182

Encargan funciones de Director Ejecutivo de CONAFRAN
RESOLUCION SUPREMA Nº 021-2004-MINCETUR
MORDAZA, 18 de agosto de 2004 Visto el Oficio Nº 07-2004-PCD-CONAFRAN, del Presidente (e) del Consejo Directivo de la CONAFRAN; CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director Ejecutivo de la Comision Nacional de Zonas Francas, Zonas de Tratamiento Especial Comercial y Zonas Especiales de Desarrollo - CONAFRAN; Que, por razones del servicio, es necesario encargar las funciones que corresponden a dicho puesto, dando por concluido el encargo efectuado por Resolucion Suprema Nº 014-2004-MINCETUR, de fecha 29 de MORDAZA de 2004; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, Ley Nº 27594, Ley Nº 27790 y Decreto Supremo Nº 016-2003-MINCETUR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Encargar, a partir de la fecha, al senor MORDAZA MORDAZA IMANA, el cargo de Director Ejecutivo de la Comision Nacional de Zonas Francas, Zonas de Tratamiento Especial Comercial y Zonas Especiales de Desarrollo - CONAFRAN, puesto considerado de confianza. Articulo 2º.- Dar por concluido el encargo otorgado al senor MORDAZA MORDAZA PALZA, mediante la Resolucion Suprema Nº 014-2004-MINCETUR, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados.

Autorizan y registran memorias de solo lectura solicitadas por Circus City S.A.C.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 334-2004-MINCETUR/VMT/DNT
MORDAZA, 4 de agosto de 2004 Visto, el Expediente Nº 000533-2004-MINCETUR, de fecha 6.5.2004, presentado por la empresa Circus City S.A.C, en el que solicita autorizacion y registro de seis (6) memorias de solo lectura; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27153 se MORDAZA la explotacion de los juegos de casino y maquinas tragamonedas, estableciendose en el articulo 11º que los programas de juego cuya explotacion es permitida en el MORDAZA son aquellos que cuentan con autorizacion y registro; Que, el articulo 18º del Reglamento de la Ley Nº 27153, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR,

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