Norma Legal Oficial del día 20 de agosto del año 2004 (20/08/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 20 de agosto de 2004

que forma parte de la presente Resolucion, del 25 al 27 de agosto del 2004, con la finalidad de participar en una pasantia para el intercambio de experiencias en la operacion del Sistema Mundial de MORDAZA y Seguridad Maritimo (SMSSM). Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa MORDAZA cuenta del contenido de la presente Resolucion Suprema a la Comision de Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligencia, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas del Congreso de la Republica, en el plazo de 24 horas de su expedicion, conforme lo estipula el articulo 5º de la Ley Nº 27856. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA CHIABRA MORDAZA Ministro de Defensa MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 15114

Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO COSTA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA CHIABRA MORDAZA Ministro de Defensa MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 15115

Autorizan viaje de oficial de la MORDAZA para participar en curso de fotogrametria digital que se realizara en Colombia
RESOLUCION SUPREMA Nº 360-2004-DE/MGP
MORDAZA, 16 de agosto de 2004 Visto el Oficio N.100-1241 del Director de Instruccion, de fecha 28 de junio del 2004. CONSIDERANDO:

Autorizan ingreso de personal militar de la Armada Boliviana para visitar instalaciones de la Escuela MORDAZA del Peru
RESOLUCION SUPREMA Nº 357-2004-DE/SG
MORDAZA, 16 de agosto de 2004 CONSIDERANDO: Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856 "Ley de Requisitos para la Autorizacion y Consentimiento para el Ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la Republica", establece que la autorizacion de ingreso al territorio peruano del personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA por razones protocolares, de asistencia civica, actividades academicas, de entrenamiento o similares debe ser otorgada mediante Resolucion Suprema, en la que se debe especificar los motivos, la identificacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano; Que, con Oficio G.100-1788 de fecha 23 de MORDAZA del 2004, el Secretario del Comandante General de la MORDAZA, comunica a la Secretaria General del Ministerio de Defensa, que la MORDAZA de MORDAZA ha emitido opinion favorable para que se gestione la autorizacion de ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, de personal militar de la Armada Boliviana, del 31 de agosto al 4 de setiembre del presente ano, con la finalidad de visitar las instalaciones de la Escuela MORDAZA del Peru, lo cual permitira afianzar los lazos de amistad y reciprocidad existentes entre MORDAZA Instituciones Armadas; y, De conformidad con la Ley Nº 27856; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, al personal militar de la Armada Boliviana, cuyos nombres se indican en el Anexo que forma parte de la presente Resolucion, en el periodo comprendido del 31 de agosto al 4 de setiembre del 2004, con la finalidad de visitar las instalaciones de la Escuela MORDAZA del Peru. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa MORDAZA cuenta del contenido de la presente Resolucion Suprema a la Comision de Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligencia, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas del Congreso de la Republica, en el plazo de 24 horas de su expedicion, conforme lo estipula el articulo 5º de la Ley Nº 27856. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exteriores.

Que, se ha determinado que es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Mision de Estudios del Oficial de Mar 2do. Hid. Wilder MORDAZA MORDAZA Tay, para que participe en el Curso de Fotogrametria Digital, a llevarse a cabo en el Instituto Geografico "Agustin Codazzi", MORDAZA de MORDAZA Fe de Bogota - COLOMBIA, del 23 de agosto 10 de setiembre del 2004; por cuanto los conocimientos y experiencia a adquirirse redundaran en beneficio de la Seguridad Nacional, dentro del ambito de competencia de la MORDAZA de MORDAZA del Peru; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002 y Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero del 2004, modificado con Decreto Supremo Nº 008-2004DE/SG de fecha 30 de junio del 2004; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Mision de Estudios del Oficial de Mar 2do. Hid. Wilder MORDAZA MORDAZA Tay, CIP 02949350, para que participe en el Curso de Fotogrametria Digital, a llevarse a cabo en el Instituto Geografico "Agustin Codazzi", MORDAZA de MORDAZA Fe de Bogota - COLOMBIA, a partir del 22 de agosto al 10 de setiembre del 2004. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru, efectuara los pagos que correspondan de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: MORDAZA - MORDAZA Fe de Bogota (COLOMBIA) - MORDAZA US$ 315.00 x 1 persona Viaticos: US$ 200.00 x 20 dias x 1 persona Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto: US$ 28.24 x 1 persona (PERU) Articulo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la Mision de Estudios, sin exceder el total de dias aprobados. Articulo 4º.- El mencionado Oficial de Mar 2do., debera dar cumplimiento a lo dispuesto en el Articulo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002 y Cuarta Disposicion Final del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero del 2004. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion.

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