Norma Legal Oficial del día 20 de agosto del año 2004 (20/08/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, viernes 20 de agosto de 2004

NORMAS LEGALES

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establece la informacion y documentacion que deben presentar los interesados en obtener la autorizacion y registro de las memorias de solo lectura que integran los programas de juego de las maquinas tragamonedas; Que, por su parte, el articulo 21º del citado Reglamento senala que los modelos de maquinas tragamonedas y las memorias de solo lectura de los programas de juego deberan someterse con anterioridad a su autorizacion y registro a un examen tecnico ante una Entidad Autorizada, la cual expedira un Certificado de Cumplimiento que acreditara que el modelo o las memorias que componen el programa de juego, segun sea el caso, cumplen con los requisitos establecidos en la Ley, el Reglamento y las Directivas; Que, realizada la evaluacion los Certificados de Cumplimiento Nºs. 200404-27, 200404-28, 200404-29, 200404-30, 200404-31 y 200404-32, de fecha 28.04.2004, expedidos por el Laboratorio de Certificacion de la Universidad Catolica del Peru, asi como de las memorias de solo lectura, se advierte que las mismas cumplen con lo dispuesto en el articulo 18º del Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, registrando los programas principales y de personalidad un porcentaje de retorno al publico no menor del 85%; Que, de acuerdo con lo establecido en el primer parrafo del articulo 18º del Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, solo podran ser materia de Autorizacion y Registro las memorias de solo lectura que contengan los programas principales y de personalidad; De conformidad con la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, el Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR y el Procedimiento Nº 06 del T.U.P.A. del MINCETUR aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2003-MINCETUR, estando a lo opinado en los Informes Tecnico Nº 0732004-MINCETUR/VMT/DNT/DJCMT/JYM y Legal Nº 3662004-MINCETUR/VMT/DNT/DJCMT/DAR; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar y registrar a solicitud de la empresa Circus City S.A.C., seis (06) memorias de solo lectura fabricadas por la empresa Intervision Marketing Ltd.(Chipre), segun el siguiente detalle: Nº 01 02 03 04 05 06 Nº de Registro A0005618 A0005619 A0005620 A0005621 A0005622 A0005623 Codigo de la Memoria GDBU01A1 V1.1 [ROM1 (U4)] GFSU01A1 V1.1 [ROM1 (U4)] JLFU01A1 V1.1 [ROM1 (U4)] JLKU01A1 V1.1 [ROM1 (U4)] MTRU01A1 V1.1 [ROM1 (U4)] TBMU01A1 V1.1 [ROM1 (U4)]

neral para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, en merito a la informacion proporcionada por la Embajada de la Republica Federativa del Brasil en el Peru, solicita se expida la autorizacion para el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, de personal militar brasileno, del 23 de agosto al 3 de setiembre del presente ano, con la finalidad de participar en un evento de intercambio entre la MORDAZA del Brasil y la MORDAZA de MORDAZA del Peru; y, De conformidad con la Ley Nº 27856; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, al personal militar de la Republica Federativa del Brasil, cuyo nombre se indica en el Anexo que forma parte de la presente Resolucion, del 23 de agosto al 3 de setiembre del 2004, con la finalidad de participar en un evento de intercambio entre la MORDAZA del Brasil y la MORDAZA de MORDAZA del Peru. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa MORDAZA cuenta del contenido de la presente Resolucion Suprema a la Comision de Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligencia, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas del Congreso de la Republica, en el plazo de 24 horas de su expedicion, conforme lo estipula el articulo 5 de la Ley Nº 27856. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO COSTA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA CHIABRA MORDAZA Ministro de Defensa MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 15113

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA S. Director Nacional de Turismo 15045

Autorizan ingreso de personal militar de Ecuador para participar en pasantia relativa al Sistema Mundial de MORDAZA y Seguridad Maritimo
RESOLUCION SUPREMA Nº 356-2004-DE/SG
MORDAZA, 16 de agosto de 2004 CONSIDERANDO: Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856 "Ley de Requisitos para la Autorizacion y Consentimiento para el Ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la Republica", establece que la autorizacion de ingreso al territorio peruano del personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA por razones protocolares, de asistencia civica, actividades academicas, de entrenamiento o similares debe ser otorgada mediante Resolucion Suprema, en la que se debe especificar los motivos, la identificacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano; Que, con Oficio G.100-1787 de fecha 23 de MORDAZA del 2004, el Secretario del Comandante General de la MORDAZA, comunica a la Secretaria General del Ministerio de Defensa, que la MORDAZA de MORDAZA ha emitido opinion favorable para que se gestione la autorizacion de ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, de personal militar de la Armada del Ecuador, del 25 al 27 de agosto del presente ano, con la finalidad de intercambiar experiencias e informacion en el area de formacion academica de interes mutuo, lo que a su vez contribuira al fortalecimiento de las relaciones de cooperacion y amistad entre MORDAZA Instituciones Armadas; y, De conformidad con la Ley Nº 27856; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, al personal militar de la Armada del Ecuador, cuyos nombres se indican en el Anexo

DEFENSA
Autorizan ingreso de personal militar de la Republica Federativa del Brasil para participar en evento de intercambio con la MORDAZA de MORDAZA del Peru
RESOLUCION SUPREMA Nº 355-2004-DE/SG
MORDAZA, 16 de agosto de 2004 CONSIDERANDO: Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856 "Ley de Requisitos para la Autorizacion y Consentimiento para el Ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la Republica", establece que la autorizacion de ingreso al territorio peruano del personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA por razones protocolares, de asistencia civica, actividades academicas, de entrenamiento o similares debe ser otorgada mediante Resolucion Suprema, en la que se debe especificar los motivos, la identificacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano; Que, con Facsimiles (DGS) Nºs. 412 y 429 de fechas 19 y 22 de MORDAZA del 2004, respectivamente, el Director Ge-

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