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PÆg. 274882 NORMAS LEGALES Lima, viernes 20 de agosto de 2004 Política del Perú; corresponde al Presidente de la Repúbli- ca dictar resoluciones y conceder indultos; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Conceder INDULTO por razones humani- tarias a FIDEL RODRÍGUEZ ARI, quien se encuentra in-terno en el Establecimiento Penitenciario Régimen Cerra-do Máxima Seguridad La Capilla - Juliaca. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS GAMARRA UGAZ Ministro de Justicia 15215 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 190-2004-JUS Lima, 19 de agosto de 2004 CONSIDERANDO:Que, de conformidad con el artículo 1º de la Constitu- ción Política del Perú, la defensa de la persona humana yel respeto de su dignidad son el fin supremo de la socie-dad y del Estado; Que, EDUARDO ARAUJO VEGA, se encuentra inter- no en el Establecimiento Penitenciario Varones Sentencia-dos de Arequipa; Que, de acuerdo al Informe Médico de fecha 12 de fe- brero último del Instituto Nacional Penitenciario, al internose le ha diagnosticado una enfermedad terminal, corrobo-rado con el Acta de Junta Médica Penitenciaria Nº 045-2004 de fecha 8 de julio del presente año; Que, estando a que la Constitución Política de 1993 en su artículo 139º inciso 22) establece que el régimen peni-tenciario tiene por objeto la reeducación, rehabilitación yreincorporación del penado a la sociedad; Que, considerando que en casos excepcionales como el presente, de personas con enfermedades terminales, lacontinuidad de la ejecución de la pena y prisión pierde todosentido jurídico y moral; Que, el caso del referido interno, por su situación perso- nal y familiar, así como por la avanzada patología que leafecta, se adecua a los requerimientos del Derecho deGracia Humanitario, por encontrarse debidamente acredi-tada en los documentos antes mencionados; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 1º, 118º, incisos 8) y 21) y 139º, inciso 22) de la ConstituciónPolítica del Perú; corresponde al Presidente de la Repúbli-ca dictar resoluciones y conceder indultos; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Conceder DERECHO DE GRACIA por razones humanitarias a EDUARDO ARAUJO VEGA, quiense encuentra interno en el Establecimiento PenitenciarioVarones Sentenciados de Arequipa. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS GAMARRA UGAZ Ministro de Justicia 15216 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 191-2004-JUS Lima, 19 de agosto de 2004 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 1º de la Constitu- ción Política del Perú, la defensa de la persona humana yel respeto de su dignidad son el fin supremo de la socie- dad y del Estado; Que, VALENTINA ROJAS PONCE, se encuentra inter- na en el Establecimiento Penitenciario de Mujeres - Chorri-llos; Que, conforme al Informe Médico Nº 041-2004-INPE/ 17-231-ASP de fecha 31 de mayo del presente, a la internase le diagnostica D/C TBC Pulmonar y Sangrado OralE.A.D.; mediante el Informe Médico Nº 018-2004-INPE/17-231-ASP de fecha 4 de marzo del presente y el CertificadoMédico Nº 028-03-INPE-17/ASP de fecha 12 de noviem-bre del 2003, a la interna se le diagnostica: Síndrome Ver-tiginoso, Cistorrectocele III grado y Osteoporosis; y el Cer-tificado Médico Nº 014-2003 de fecha 15 de agosto del 2003,tiene como diagnóstico: Poliartralgias, Osteoartrosis senily Osteoporosis. Que, estando a que la Constitución Política de 1993 en su artículo 139º inciso 22) establece que el régimen peni-tenciario tiene por objeto la reeducación, rehabilitación yreincorporación del penado a la sociedad; Que, considerando que en casos excepcionales como el presente, de personas con enfermedades graves, la con-tinuidad de la ejecución de la pena y prisión pierde todosentido jurídico y moral; Que, el caso de la referida interna por sus condiciones personales y su avanzado estado de salud, se adecua alos requerimientos del Derecho de Gracia Humanitario, porencontrarse debidamente acreditada su enfermedad en losdocumentos antes mencionados; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 1º, 118º, incisos 8) y 21) y 139º, inciso 22) de la ConstituciónPolítica del Perú; corresponde al Presidente de la Repúbli-ca dictar resoluciones y conceder indultos; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Conceder DERECHO DE GRACIA por razones humanitarias a VALENTINA ROJAS PONCE, quiense encuentra interna en el Establecimiento Penitenciariode Mujeres - Chorrillos. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS GAMARRA UGAZ Ministro de Justicia 15217 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 192-2004-JUS Lima, 19 de agosto de 2004 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 1º de la Constitu- ción Política del Perú, la defensa de la persona humana yel respeto de su dignidad son el fin supremo de la socie-dad y del Estado; Que, JORGE ENRIQUE BRAVO LIMO se encuentra interno en el Establecimiento Penitenciario Régimen Ce-rrado Ordinario Lurigancho; Que, de acuerdo al Informe Médico s/n y al Acta de Junta Médica Penitenciaria Nº 264-04-INPE/EPRCOL, de fechas19 y 23 de julio último, respectivamente, el citado interno hasido diagnosticado con una enfermedad en fase terminal; Que, estando a que la Constitución Política de 1993 en su artículo 139º inciso 22) establece que el régimen peni-tenciario tiene por objeto la reeducación, rehabilitación yreincorporación del penado a la sociedad; Que, considerando que en casos excepcionales como el presente, de personas con enfermedad terminal, la con-tinuidad de la ejecución de la pena y prisión pierde todosentido jurídico y moral; Que, el caso del referido interno, por la avanzada pato- logía que lo afecta, se adecua a los requerimientos delDerecho de Gracia Humanitario, por encontrarse debida-mente acreditado en el documento antes mencionado; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 1º, 118º, incisos 8) y 21) y 139º, inciso 22) de la ConstituciónPolítica del Perú; corresponde al Presidente de la Repú-blica dictar resoluciones y conceder indultos;