Norma Legal Oficial del día 31 de agosto del año 2004 (31/08/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 31 de agosto de 2004

la visacion de la Gerencia General Regional y Oficina Regional de Asesoria Juridica del Gobierno Regional Lambayeque; Que, en ejercicio de lo dispuesto por el inciso a) del articulo 21º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y en aplicacion de lo establecido en los articulos 200º inciso 5) de la Constitucion Politica del Peru, articulo 11º del D.S. Nº 002-2003-JUS, y Ley Nº 24968 Ley Procesal de Accion Popular. SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR al Procurador Publico Regional del Gobierno Regional MORDAZA, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a interponer la demanda de Accion Popular ante el Poder Judicial con el objeto que se declare la inconstitucionalidad o ilegalidad del Articulo 4º del Decreto Supremo Nº 023-2004-PCM. Articulo Segundo.- Remitir los antecedentes del presente caso a la Procuraduria Publica Regional del Gobierno Regional MORDAZA, transcribiendose la presente Resolucion Ejecutiva Regional para su conocimiento y fines pertinentes, ademas de publicarse en el MORDAZA Electronico del Gobierno Regional Lambayeque. Registrese, comuniquese y publiquese. YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente Regional 15675

Que asimismo es necesario aprobar el plazo y modalidad para cumplir con la obligacion que se establezca en la presente resolucion; De conformidad con el articulo 2º del Edicto Nº 225 y los articulos 4º y 6º inciso d) del Edicto Nº 227; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Establecer la obligacion de presentar la Declaracion Jurada de Actualizacion y/o Confirmacion de Datos 2004 en la jurisdiccion del Cercado de Lima. Se encuentran obligados a actualizar y/o confirmar sus datos registrados, los propietarios de predios que hayan sido declarados ante el Servicio de Administracion Tributaria, SAT hasta el 31 de diciembre de 2003. La presente obligacion tambien comprende a los sujetos inafectos y propietarios de predios inafectos al Impuesto Predial que, sin embargo se encuentren obligados al pago de los arbitrios por los predios ubicados en la jurisdiccion del Cercado de Lima. No estan incluidos en la presente obligacion los propietarios de predios que no se encuentran registrados ante el SAT y que por cualquier razon se encuentren omisos a la declaracion jurada del Impuesto Predial. Articulo 2º.- Contenido de la Declaracion. Los datos que deberan actualizarse y/o confirmarse son unicamente los siguientes: a) Actualizacion y/o confirmacion de datos basicos.

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Establecen obligacion de presentar la Declaracion Jurada de Actualizacion y/ o Confirmacion de Datos 2004 en el Cercado de MORDAZA
SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA - SAT RESOLUCION JEFATURAL Nº 001-004-00000530 MORDAZA, 20 de agosto de 2004 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 88º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF y modificatorias, la declaracion tributaria es la manifestacion de hechos comunicados a la Administracion Tributaria en la forma establecida por ley, Reglamento o Resolucion de Superintendencia o MORDAZA de rango similar, la cual podra constituir la base para la determinacion de la obligacion tributaria; Que, de conformidad con el inciso c) del articulo 14º de la Ley de Tributacion Municipal, Decreto Legislativo Nº 776 y modificatorias, los contribuyentes estan obligados a presentar declaracion jurada cuando asi lo determine la Administracion Tributaria para la generalidad de contribuyentes; Que, mediante Edicto Nº 225, se crea el Servicio de Administracion Tributaria, SAT como organismo publico descentralizado de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, con personeria juridica de Derecho Publico Interno y con autonomia administrativa, economica, presupuestaria y financiera; Que, el articulo 2º del referido dispositivo establece que el SAT tiene por finalidad organizar y ejecutar la administracion, fiscalizacion y recaudacion de todos los ingresos de la municipalidad; Que, a fin de actualizar los datos registrados de los contribuyentes del Impuesto Predial y Arbitrios en la jurisdiccion del Cercado de MORDAZA, es necesario requerir la MORDAZA de una Declaracion Jurada;

- MORDAZA de persona. - MORDAZA y numero de documento de identidad. - Apellido MORDAZA, apellido MORDAZA y nombres o razon social. - Telefono, fax y correo electronico. - Autorizacion para notificacion por correo electronico b) Actualizacion y/o confirmacion de datos relativos al domicilio. - Direccion. - Distrito. - Provincia. - Departamento. - Referencias. c) Actualizacion y/o confirmacion de datos relativos al representante legal y el conyuge. - MORDAZA y numero de documento de identidad. - Apellidos y nombres. - Telefono, fax y correo electronico. - Domicilio. La actualizacion y/o confirmacion de datos no involucra la modificacion de las caracteristicas de los predios ni el cambio de titularidad de los mismos. Articulo 3º.- Plazo para presentar la declaracion. La declaracion jurada podra ser presentada desde el 1 de setiembre de 2004 hasta el 19 de setiembre de 2004. Para efectos de la MORDAZA se entendera como dias habiles para la Administracion Tributaria el 18 y 19 de setiembre de 2004. Articulo 4º.- Forma de MORDAZA de la declaracion. La Declaracion Jurada de Actualizacion y/o Confirmacion de datos debera efectuarse por INTERNET mediante la pagina web del SAT, www.sat.gob.pe. Los contribuyentes tendran acceso a la declaracion utilizando el codigo de contribuyente y el password (contrasena), proporcionado por el SAT en la cuponera correspondiente al Impuesto Predial del ejercicio 2004. Articulo 5º.- Infracciones y Sanciones. La omision a la MORDAZA de la declaracion podra acarrear las sanciones establecidas en el numeral 2 del articulo 176º del Codigo Tributario. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA ACHING ASHUY Servicio de Administracion Tributaria 15694

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