Norma Legal Oficial del día 31 de agosto del año 2004 (31/08/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, martes 31 de agosto de 2004

NORMAS LEGALES

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declaraciones, solicita y obtiene inscripcion Nº 40519042 en el Registro Unico de Identificacion, declarando ser de estado civil casada, adjuntando para ello el Acta de Matrimonio Nº 057794 correspondiente al Libro de Matrimonios del ano 1994 del Registro de Estado Civil de Trujillo; Que, la Direccion de Registros Civiles de la Municipalidad Provincial de MORDAZA mediante Oficio Nº 0014-2004-MPT/ DRR.CC., remite MORDAZA del acta de matrimonio del folio 79, del Libro 03, correspondiente al ano 1994, comprobandose que se encuentra en MORDAZA e inhabilitada por ser Folio en MORDAZA, hecho que motivo se cancele la inscripcion Nº 40519042 por Declaracion de Datos Falsos, en cumplimiento a lo senalado en el articulo 67º inciso 7 del Decreto Ley Nº 14207; Que, aun cuando si bien se ha procedido administrativamente, los hechos MORDAZA descritos constituyen indicio suficiente de la comision de presunto delito contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsedad Ideologica, previsto y sancionado en el articulo 428º del Codigo Penal vigente, dado que se hizo insertar datos falsos en documento publico, afectando de esta forma la seguridad y funcionabilidad del registro; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica y en atencion al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil contra MORDAZA MORDAZA MATAYOSHI; y De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra MORDAZA MORDAZA MATAYOSHI, por presunto delito contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsedad Ideologica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 15496 RESOLUCION JEFATURAL Nº 452-2004-JEF/RENIEC MORDAZA, 23 de agosto de 2004 Visto, el Oficio Nº 3483-2004/GO/RENIEC, el Informe Nº 074-2004-GO/SGCF y el Informe Nº 857-2004-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 11 de agosto del 2004. CONSIDERANDO: Que, la Subgerencia de Control y Fiscalizacion del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, en su permanente labor fiscalizadora, ha determinado que el ex servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su calidad de Administrador de la Agencia RENIEC Canta, realizo labores de Desplazamiento a los Distritos de Arahuay, MORDAZA MORDAZA de Quives y Lachaqui, Comunidad de San MORDAZA, todos en la provincia de Canta, en los cuales actuo omitiendo funciones encomendadas por razon de su cargo; Que, de los tramites realizados en el Desplazamiento a los lugares senalados, el ex servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, no hizo la entrega oportuna a la Jefatura Regional 10 MORDAZA, de los formularios de identidad, asi como de los documentos que sustenten los tramites registrales, entre ellos los recibos de pago, tal como debio hacerlo; Que, el precitado ex servidor recibio dinero de los pobladores de los lugares donde se llevo a cabo los Desplazamientos, a efectos que este hiciera el pago ante el Banco de la Nacion, a sabiendas que no estaba facultado para ello, pago que no lo realizo, retardando ilegalmente las solicitudes registrales de los ciudadanos y omitiendo las funciones encomendadas, tales como orientar y recibir las

solicitudes y entregarlas oportunamente a la Jefatura Regional, a efectos de satisfacer la peticion del administrado. Retardo y omision al que habria incurrido debido a que el precitado ex servidor hizo MORDAZA el dinero entregado; Que, los hechos MORDAZA descritos constituyen indicio suficiente de la comision de presunto delito contra la Administracion Publica, en la modalidad de retardo y omision de actos funcionales, conducta tipificada en el articulo 377º del Codigo Penal vigente; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica y en atencion a los considerandos precedentes, resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA FLORES; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por presunto delito Contra la Administracion Publica, en la modalidad de retardo y omision de actos funcionales, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 15497

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS INACC
Aprueban relacion de derechos mineros que no han cumplido con el pago oportuno del Derecho de Vigencia correspondiente al ano 2004
INSTITUTO NACIONAL DE CONCESIONES Y CATASTRO MINERO RESOLUCION JEFATURAL Nº 3066-2004-INACC/J MORDAZA, 25 de agosto del 2004 VISTO; los Informes Nº 0506 y 0507-2004-INACCDGDV MORDAZA de fecha 24 de agosto de 2004 de la Direccion General de Derecho de Vigencia y Desarrollo y la Resolucion Directoral Nº 326-2004-MEM/DGM de la Direccion General de Mineria de fecha 19 de MORDAZA de 2004; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 052-99-EM, se asigno al Registro Publico de Mineria, hoy Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero INACC, entre otras, las funciones consignadas en el inciso h) del articulo 101º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM; y, en los articulos 37º, 74º, 76º, 77º y 93º e incisos d) y f) del articulo 122º del Reglamento de Diversos Titulos del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94-EM; Que, de acuerdo al articulo 76º del Reglamento de Diversos Titulos del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94-EM, sustituido por el D.S. Nº 010-2002-EM, el Jefe del Instituto

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