Norma Legal Oficial del día 31 de agosto del año 2004 (31/08/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, martes 31 de agosto de 2004

NORMAS LEGALES

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Comision para la Promocion de Exportaciones - PROMPEX, cuyo articulo 16º establece que el Director Ejecutivo es la MORDAZA autoridad ejecutiva de la entidad, Titular de la entidad y del Pliego Presupuestario; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 002-2004-MINCETUR de fecha 7 de enero del 2004 y publicada en el Diario Oficial El Peruano el 8 de enero del mismo ano, se designo al senor MORDAZA MORDAZA de Velasco de la MORDAZA, como Director Ejecutivo de PROMPEX; Que el numeral 6. referido a la exoneracion de los procesos de seleccion del acapite VI. de la Directiva Nº 011-2001CONSUCODE/PRE, aprobada mediante Resolucion Nº 1182001-CONSUCODE/PRE, establece en los incisos 6.3 y 6.4, que la resolucion que apruebe la exoneracion debera precisar la causal en la que se sustenta, ya sea que se trate de los previstos por el articulo 19º o de la MORDAZA Disposicion Transitoria del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones del Estado, debiendo la parte considerativa del instrumento que aprueba la exoneracion, sustentarse en el informe tecnico-legal que deberan emitir las areas tecnicas y de asesoria juridica de la entidad, la que debera contener la justificacion tecnica y legal de la adquisicion o contratacion y la necesidad de la exoneracion y contemplara criterios de economia, tales como costos y oportunidad; Que el inciso 6.5 del numeral 6. de la Directiva senalada en el considerando precedente, establece que la parte resolutiva del instrumento que aprueba la exoneracion del MORDAZA de seleccion, debera precisar el MORDAZA y la descripcion basica de los bienes, servicios u obras materia de la exoneracion, el valor referencial, la fuente de financiamiento, la cantidad o el tiempo que se requiere adquirir o contratar mediante exoneracion, asi como determinar la dependencia u organo encargado de realizar la adquisicion o contratacion exonerada; Que, el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dispone que las exoneraciones previstas en el articulo 19º de la MORDAZA en mencion se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad; De conformidad con lo dispuesto en los articulos 111º, 113º, 114º, 115º y 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, los articulos 19º y 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y el articulo 16º y el numeral 15) del articulo 17º del Reglamento de Organizacion y Funciones de PROMPEX, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2003-MINCETUR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Incluir en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Comision para la Promocion de Exportaciones - PROMPEX, para el ejercicio presupuestal 2004, aprobado por Resolucion de Direccion Ejecutiva Nº 004-2004-PROMPEX/DE, el MORDAZA de seleccion en la modalidad de Adjudicacion Directa Selectiva, para la contratacion de los servicios de diseno, montaje y desarmado de stand, para la participacion de PROMPEX en la Feria Internacional MAGIC SHOW 2004, a realizarse en la MORDAZA de Las Vegas, MORDAZA - Estados Unidos de Norteamerica, del 25 de agosto al 2 setiembre del 2004. Articulo 2º.- Exonerar del MORDAZA de seleccion correspondiente (Adjudicacion Directa Selectiva), para la contratacion del servicio de diseno, montaje y desarmado de stand, con la empresa EDI - EXPO DESIGN INTERNATIONAL, por el valor referencial de US$ 18,900.00, o su equivalente en nuevos soles, cuya Fuente de Financiamiento sera con Recursos Ordinarios y/o Recursos Directamente Recaudados, por tratarse de servicios personalisimos. Articulo 3º.- Autorizar a la Oficina General de Administracion y Finanzas a llevar a cabo las acciones correspondientes a fin de realizar la contratacion de los servicios a que se refiere el articulo 2º de la presente Resolucion, por el periodo comprendido del 25 de agosto al 2 setiembre del 2004, a traves del MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, de conformidad con lo senalado en la Opinion Nº 040-2004(GTN) del CONSUCODE, dejando sin efecto la aplicacion del MORDAZA parrafo del articulo 105º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. Articulo 4º.- Conferir facultades suficientes para la suscripcion de los Contratos respectivos y por el monto senalado en la presente Resolucion, al Gerente de la Oficina General de Administracion y Finanzas (e).

Articulo 5º.- Disponer que la presente modificacion del Plan Anual sea remitido al CONSUCODE, conforme lo establece el numeral 7. de las Disposiciones Especificas de la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/PRE, asi como a la Comision para la Promocion de la Pequena y Micro Empresa - PROMPYME, dentro de los diez dias habiles siguientes a la aprobacion del mismo. Articulo 6º.- Disponer que la Oficina General de Administracion y Finanzas remita copias de la presente Resolucion y de los informes que sustentan esta exoneracion a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes y disponga la publicacion de la presente en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles a la fecha de su aprobacion, asi como en la pagina Web institucional. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DE VELASCO DE LA MORDAZA Director Ejecutivo 15670

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Crean la Agencia Regional de Fomento de la Inversion Privada
ORDENANZA REGIONAL Nº 05-2004-GR.LAMB./CR Chiclayo, 18 de MORDAZA de 2004 El Presidente del Gobierno Regional de Lambayeque; POR CUANTO: El Consejo Regional de MORDAZA en su Sesion Ordinaria de fecha 13 de MORDAZA de 2004, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, en el MORDAZA de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, en su Articulo 34º, refiere que los Gobiernos Regionales crearan mecanismos para promover la inversion privada nacional y extranjera, dirigidos a lograr el crecimiento economico regional conforme a Ley. En el MORDAZA de sus competencias, otorgan concesiones y celebran cualquier otra modalidad contractual, siempre que se contribuya al desarrollo sostenible local y regional, se asegure una mayor eficiencia social y garantice el cumplimiento de las normas legales establecidas; Que, asimismo de conformidad con lo previsto en el Articulo 45º, literal d) se establece que los Gobiernos Regionales tienen la funcion de promocion de las inversiones incentivando y apoyando las actividades del sector privado nacional y extranjero, orientada a impulsar el desarrollo de los recursos regionales, creando los instrumentos necesarios para tal fin; Que, la Ley Nº 28059, Ley MORDAZA de Promocion de la Inversion Descentralizada, en su Articulo 8º, establece que los Gobiernos Regionales crearan las Agencias de Fomento de la Inversion Privada como un organo especializado, consultivo y de coordinacion con el sector privado en la promocion de la inversion; las mismas que estaran integradas por representantes del Gobierno Regional respectivo y del sector privado representado por los gremios y asociaciones de productores y empresarios de la respectiva jurisdiccion; Que, igualmente la indicada ley en su Articulo 9º, establece las atribuciones de las Agencias de Fomento de la Inversion Privada; Que, en el Articulo 22º del Reglamento de la Ley MORDAZA de Promocion de la Inversion Descentralizada, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 015-2004-PCM, establece que las Agencias de Fomento de la Inversion Privada creadas en los Gobiernos Regionales mediante Ordenanza Regional, contaran con tres (3) representantes del Gobier-

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