Norma Legal Oficial del día 31 de agosto del año 2004 (31/08/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 31 de agosto de 2004

Articulo 1º.- Incluir en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Comision para la Promocion de Exportaciones - PROMPEX, para el ejercicio presupuestal 2004, aprobado por Resolucion de Direccion Ejecutiva Nº 004-2004-PROMPEX/DE, el MORDAZA de seleccion en la modalidad de Adjudicacion Directa Selectiva, para la contratacion de los servicios de diseno, montaje y desarmado de stand, para la participacion de PROMPEX en la Feria Internacional China Fisheries & Seafood Expo 2004, a realizarse en la MORDAZA de Qingdao - China, del 2 al 4 de noviembre del 2004. Articulo 2º.- Exonerar del MORDAZA de seleccion correspondiente (Adjudicacion Directa Selectiva), para la contratacion del servicio de diseno, montaje y desarmado de stand, con la empresa UNIPLAN BEIJING, hasta por la suma de US$ 8,000.00, o su equivalente en nuevos soles, cuya Fuente de Financiamiento sera con Recursos Ordinarios, por tratarse de servicios personalisimos. Articulo 3º.- Autorizar a la Oficina General de Administracion y Finanzas a llevar a cabo las acciones correspondientes a fin de realizar la contratacion de los servicios a que se refiere el articulo 2º de la presente Resolucion, por el periodo comprendido del 2 al 4 de noviembre del 2004, a traves del MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, de conformidad con lo senalado en la Opinion Nº 0402004(GTN) del CONSUCODE, dejando sin efecto la aplicacion del MORDAZA parrafo del articulo 105º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. Articulo 4º.- Conferir facultades suficientes para la suscripcion de los Contratos respectivos y por el monto senalado en la presente Resolucion, al Gerente de la Oficina General de Administracion y Finanzas (e). Articulo 5º.- Disponer que la presente modificacion del Plan Anual sea remitido al CONSUCODE, conforme lo establece el numeral 7. de las Disposiciones Especificas de la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/PRE, asi como a la Comision para la Promocion de la Pequena y Micro Empresa - PROMPYME, dentro de los diez dias habiles siguientes a la aprobacion del mismo. Articulo 6º.- Disponer que la Oficina General de Administracion y Finanzas remita copias de la presente Resolucion y de los informes que sustentan esta exoneracion a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes y disponga la publicacion de la presente en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles a la fecha de su aprobacion, asi como en la pagina Web institucional. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DE VELASCO DE LA MORDAZA Director Ejecutivo 15668 COMISION PARA LA PROMOCION DE EXPORTACIONES RESOLUCION DE DIRECCION EJECUTIVA Nº 101-2004-PROMPEX/DE MORDAZA, 20 de agosto del 2004 Visto el Memorandum Nº 227-2004-PROMPEX/OGAF, de fecha 11 de agosto del 2004, de la Oficina General de Administracion y Finanzas, el Informe Tecnico S/N de fecha 11 de agosto del 2004, emitido por el Departamento de Logistica y Servicios Auxiliares, el Memorandum Nº 1542004-PROMPEX/OPP, de fecha 12 de agosto del 2004, en donde se establece la disponibilidad presupuestal de PROMPEX para el 2004 y el Informe Legal Nº 022-2004PROMPEX/OAL, de fecha 20 de agosto del 2004; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Direccion Ejecutiva Nº 004-2004-PROMPEX/DE, de fecha 7 de enero del 2004, se aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Comision para la Promocion de Exportaciones PROMPEX, para el ejercicio presupuestal 2004, no encon-

trandose contemplada la contratacion del servicio de asesoria y defensa legal del ex funcionario, Ing. MORDAZA MORDAZA Urbina; Que, el tercer parrafo del numeral 3. de las Disposiciones Especificas de la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/PRE, aprobada mediante Resolucion Nº 380-2003CONSUCODE/PRE, establece que las entidades solo pueden convocar y efectuar las licitaciones publicas, concursos publicos y adjudicaciones directas publicas y selectivas, que hayan sido previamente programados y se encuentren incluidos en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones; Que, con Memorando Nº 227-2004-PROMPEX/OGAF, la Oficina General de Administracion y Finanzas comunica que mediante Pedido de Servicio Nº 780.04, de fecha 6 de MORDAZA, la Oficina de Asesoria Legal, solicita la contratacion del servicio de asesoria y defensa legal del ex funcionario, Ing. MORDAZA MORDAZA Urbina; Que, el articulo 8º del Reglamento de la Ley Nº 26850 Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que las licitaciones publicas, concursos publicos y adjudicaciones directas no contenidas en el Plan Anual de Adquisiciones, deberan ser aprobados por el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad, para su inclusion en el mismo; Que, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director Ejecutivo de PROMPEX, ha sido denunciado ante la 34º Fiscalia Provincial Penal de MORDAZA, por el presunto delito de concusion - MORDAZA ilegal derivada de la contratacion de un funcionario de PROMPEX; Que, mediante Resolucion de Direccion Ejecutiva Nº 054-2004-PROMPEX/DE, se ha concedido al citado ex funcionario los beneficios establecidos en el Decreto Supremo Nº 018-2002-PCM, por lo que se requiere contratar los servicios de una asesoria legal especializada para que se encargue de su defensa; Que, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director Ejecutivo de PROMPEX, ha cumplido con otorgar la garantia a que se refiere el articulo 3º del Decreto Supremo Nº 0182002-PCM, otorgando a favor de PROMPEX una prenda vehicular, la misma que se encuentra inscrita en la Partida Nº 50002117, de la superintendencia Nacional de los Registros Publicos; Que, la denuncia interpuesta tiene un alto grado de complejidad en temas relacionados con las areas de derecho penal y derecho administrativo, por tanto es necesario contratar a un estudio de abogados que cuente con experiencia y especializacion en las citadas materias; Que, el inciso h) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que estan exonerados de los procesos de Licitacion, Concurso Publico o Adjudicaciones Directas que se realicen para servicios personalisimos, los que se realizan mediante una adjudicacion de menor cuantia conforme a lo dispuesto en el articulo 116º del Reglamento de la referida Ley aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, el articulo 111º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que se encuentran exonerados del respectivo MORDAZA de seleccion, los contratos de locacion de servicios celebrados con personas naturales o juridicas cuando para dicha contratacion se MORDAZA tenido en cuenta como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por sus caracteristicas inherentes, particulares o especiales o por determinada calidad, profesion, ciencia, arte u oficio, las mismas que deben ser evaluadas de manera objetiva y en funcion de la naturaleza de las prestaciones a su cargo; Que, en el primer parrafo del articulo 105º y el articulo 116º del Reglamento de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, se establecen los procedimientos a que deben someterse tales contrataciones precisandose que debera indicarse en la resolucion exoneratoria el organo que se encargara de llevar a cabo la contratacion; Que, el Informe Tecnico S/N de fecha 11 de agosto del 2004, emitido por el Departamento de Logistica y Servicios Auxiliares, senala que de la evaluacion efectuada del Estudio MORDAZA, se trata de un grupo de profesionales de reconocido prestigio, que acreditan tener especializacion en las areas de derecho penal y derecho administrativo y cuentan con experiencia en el MORDAZA de clientes frente

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