Norma Legal Oficial del día 31 de agosto del año 2004 (31/08/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

MORDAZA, martes 31 de agosto de 2004

peccion Nº 1291-2004-MTC/12.04-SDA designando al inspector MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para realizar la inspeccion tecnica de la estacion de la empresa Lan Peru S.A., en la MORDAZA de Mexico D.F., Estados Unidos Mexicanos, como parte del programa de vigilancia de las operaciones aereas internacionales, durante los dias 1 al 3 de setiembre del 2004; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar la inspeccion tecnica a que se contrae la Orden de Inspeccion Nº 1291-2004-MTC/12.04-SDA; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619 y Ley Nº 28128 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la MORDAZA de Mexico D.F., Estados Unidos Mexicanos, durante los dias 1 al 3 de setiembre del 2004, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, sera con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 660.00 US$ 28.24

Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el articulo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el inspector mencionado en el articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, debera presentar un informe al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 15683

Acreditan Ingenieros Mecanicos y/o Mecanicos Electricistas que suscribiran la Ficha Tecnica de Importacion de Vehiculos Usados y Especiales
DIRECCION GENERAL DE CIRCULACION TERRESTRE RESOLUCION DIRECTORAL Nº 3391-2004-MTC/15 MORDAZA, 20 de agosto de 2004 VISTOS: Los expedientes solicitando acreditacion de ingenieros para la suscripcion de la Ficha Tecnica de Importacion de Vehiculos Usados y Especiales que a continuacion se mencionan: a) Reg. Nº 41151 presentado por el Colegio de Ingenieros del Peru, Consejo Departamental de Arequipa; b) Reg. Nº 043466 y 032649 presentado por COPE AUTOS S.A.C. y MORDAZA MORDAZA Lopez; c) Reg. Nros. 044524 y 040072 presentados por el Colegio de Ingenieros del Peru, Consejo Departamental de Lima;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC, modificado por los Decretos Supremos Nros. 005-2004MTC y 014-2004-MTC, se aprobo el Reglamento Nacional de Vehiculos, el mismo que tiene como objeto establecer los requisitos y caracteristicas tecnicas que deben cumplir los vehiculos para que ingresen, se registren, transiten, operen y se retiren del sistema nacional de transporte terrestre; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 014-2004MTC, se modifico el articulo 94º del Reglamento Nacional de Vehiculos, el mismo que establece los requisitos para la nacionalizacion de vehiculos usados tanto por el regimen regular de importacion, como tambien por los regimenes especiales de CETICOS y ZOFRATACNA, entre los cuales se exige la Ficha Tecnica de Importacion de Vehiculos Usados y Especiales, la misma que debe estar suscrita conjuntamente por el importador o su representante legal y un ingeniero mecanico o mecanico electricista debidamente acreditado ante la Direccion General de Circulacion Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 2161-2004MTC/15, se establecieron las disposiciones que regulan de manera complementaria los requisitos, impedimentos y demas condiciones para la acreditacion de ingenieros que suscribiran la Ficha Tecnica de Importacion de Vehiculos Usados y Especiales ante la Direccion General de Circulacion Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 2573-2004MTC/15, se modifico el articulo 4º de la Resolucion Directoral mencionada en el parrafo precedente a efectos de que la MORDAZA para acreditar volumen de importaciones, la misma que constituye requisito de la solicitud de acreditacion, pueda ser expedida no solamente por SUNAT, sino tambien por el Gerente General o Administrador de CETICOS o ZOFRATACNA; Que, del analisis de los expedientes presentados, se advierte que en todos ellos se ha dado cumplimiento a los requisitos del articulo 4º de la Resolucion Directoral Nº 2161-2004-MTC/15; en efecto, estas han sido presentadas por entidades con legitimidad para formularlas; los importadores solicitantes han cumplido con acreditar el volumen de importaciones de vehiculos usados conforme al literal a) del articulo 2º de la citada Resolucion; se ha adjuntado fotocopia de los documentos nacionales de identidad y de los titulos profesionales a nombre de la nacion de los ingenieros cuya acreditacion se solicita, asi como tambien los curriculum vitae que acreditan dos (2) anos de experiencia en el ramo automotriz, Certificados de Inscripcion y Habilidad vigentes expedidos por el Colegio de Ingenieros del Peru, Fichas Registro de Firma y Declaracion Jurada de no tener impedimentos respecto a cada uno de los profesionales; debiendo expedirse la resolucion correspondiente; De conformidad con la Ley Nº 27791, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre; Decreto Supremo Nº 014-2004-MTC y Resolucion Directoral Nº 2161-2004-MTC/15; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Acreditar como Ingenieros Mecanicos y/o Mecanicos Electricistas que suscribiran la Ficha Tecnica de Importacion de Vehiculos Usados y Especiales a que se refiere el articulo 94º del Reglamento Nacional de Vehiculos, aprobado por Decreto Supremo Nº 0582003-MTC y modificado por Decreto Supremo Nº 0142004-MTC, por el plazo de un (1) ano, que se contara a partir de la vigencia de la presente Resolucion Directoral, a los profesionales que se indican en el siguiente cuadro:
Nº NOMBRE TITULO PROFESIONAL Ing. Mecanico Ing. MecanicoElectricista CIP DNI ENTIDAD QUE ACREDITA Colegio de Ingenieros del Peru, Arequipa. COPE AUTOS S.A.C. y MORDAZA MORDAZA Lopez.

17 MORDAZA MORDAZA MORDAZA del MORDAZA 18 MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ballon

24419 63225

29688755 21551009

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