Norma Legal Oficial del día 31 de agosto del año 2004 (31/08/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, martes 31 de agosto de 2004

NORMAS LEGALES

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pueden convocar y efectuar las licitaciones publicas, concursos publicos y adjudicaciones directas publicas y selectivas, que hayan sido previamente programados y se encuentren incluidos en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones; Que, con Memorando Nº 214-2004-PROMPEX/OGAF, la Oficina General de Administracion y Finanzas comunica que mediante Pedido de Servicio Nº 1542.04, de fecha 21 de MORDAZA, la Gerencia de Manufacturas Diversas y Artesanias, solicita la contratacion de los servicios de busqueda e identificacion de importadores norteamericanos para que asistan a la VI PERUVIAN GIFT SHOW; Que, el articulo 8º del Reglamento de la Ley Nº 26850 Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que las licitaciones publicas, concursos publicos y adjudicaciones directas no contenidas en el Plan Anual de Adquisiciones, deberan ser aprobados por el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad, para su inclusion en el mismo; Que, el inciso h) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que estan exonerados de los procesos de Licitacion, Concurso Publico o Adjudicaciones Directas que se realicen para la contratacion de servicios de caracter personalisimos, los que se realizan mediante una adjudicacion de menor cuantia conforme a lo dispuesto en el articulo 116º del Reglamento de la referida Ley aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, el articulo 111º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que se encuentran exonerados del respectivo MORDAZA de seleccion, los contratos de locacion de servicios celebrados con personas naturales o juridicas cuando para dicha contratacion se MORDAZA tenido en cuenta como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por sus caracteristicas inherentes, particulares o especiales o por determinada calidad, profesion arte u oficio; Que, el primer parrafo del articulo 105º y el articulo 116º del Reglamento de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, se establecen los procedimientos a que deben someterse tales contrataciones precisandose que debera indicarse en la resolucion exoneratoria el organo que se encargara de llevar a cabo la contratacion; Que, PROMPEX tiene como finalidad, conforme a su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2003-MINCETUR, promover las exportaciones peruanas, facilitando y contribuyendo al posicionamiento y consolidacion de los bienes y servicios en el MORDAZA internacional, a traves de una accion concertada con el sector privado y las diferentes instituciones publicas relacionadas con el comercio exterior del MORDAZA, buscando el desarrollo sostenible de las exportaciones en base al crecimiento y diversificacion de la oferta exportable peruana, la capacidad de gestion de las empresas exportadoras y la apertura y consolidacion de los mercados de exportacion; Que, entre las acciones que lleva a cabo PROMPEX, para la promocion de las exportaciones de bienes y servicios peruanos y mejora de la oferta exportable, se encuentra su participacion conjuntamente con empresas exportadoras peruanas, en eventos especializados de promocion de exportaciones, como es el caso de la VI Peruvian Gift Show; Que, el Informe Tecnico S/N de fecha 20 de MORDAZA de 2004, emitido por la Gerencia de Manufacturas Diversas y Artesanias, sustenta la necesidad de contratar los servicios de busqueda e identificacion de importadores norteamericanos para que asistan a la VI PERUVIAN GIFT SHOW, por ser este evento la Feria Internacional mas importante que PROMPEX organiza conjuntamente con los gremios exportadores, con el objetivo de promover e incentivar las exportaciones del Sector Artesanias del MORDAZA, para lo cual se tiene programado la participacion de aproximadamente 60 empresas expositoras nacionales del sector artesania; Que, el Informe Tecnico a que se refiere el considerando precedente, recomienda la contratacion de AID TO ARTISANS - ATA, que es una organizacion norteamericana sin fines de lucro, que posee el conocimiento y experiencia en eventos internacionales del sector artesania, asi como del MORDAZA exportador peruano. Cuenta con una cartera

de clientes importadores especializados en el sector artesanias en los Estados Unidos de Norteamerica, lo que permitira ampliar la red de contactos de los exportadores nacionales; Que, AID TO ARTISANS filial Peru, mediante carta de fecha 12 de agosto del 2004, comunica a PROMPEX su compromiso de financiar con recursos de su presupuesto, la suma de US $ 7,000.00, que constituye parte del costo de los servicios de busqueda e identificacion de importadores norteamericanos que asistirian a la VI PERUVIAN GIFT SHOW, el mismo que asciende a la suma de US $ 15,000.00, que realizaria su sede principal en Estados Unidos de Norteamerica AID TO ARTISANS - ATA, correspondiendo a PROMPEX cubrir la diferencia; Que, las caracteristicas particulares mencionadas en los considerandos precedentes, determinan que la contratacion de AID TO ARTISANS - ATA constituya un servicio personalisimo conforme lo dispone el literal h) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, en concordancia con lo definido en el articulo 111º del reglamento de dicha Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, ha absuelto una consulta formulada por PROMPEX, referente a la contratacion de servicios conexos para la participacion de la institucion en Ferias Internacionales con el objetivo de promover las exportaciones, a traves de la Opinion Nº 040-2004(GTN), senalando que cuando se han producido los supuestos de exoneracion o de declaracion de desierto en los articulos 19º y 32º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, determinandose la necesidad de efectuar procesos de menor cuantia a traves de acciones inmediatas sobre la base de la obtencion de una cotizacion que cumpla los requisitos establecidos en las Bases, con autorizacion expresa del Titular del Pliego o de la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad, y surja, la necesidad de contratar con un extranjero no domiciliado en el Peru, la contratacion respectiva podra regirse por la ley de su cumplimiento, segun las condiciones ofrecidas por el proveedor o de acuerdo a los procedimientos usados por el comercio internacional, no siendo de aplicacion lo dispuesto en el MORDAZA parrafo del articulo 105º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, el Memorandum Nº 149-2004-PROMPEX/OPP de fecha 6 de agosto de 2004, de la Oficina de Planificacion y Presupuesto, senala que la contratacion de los servicios de busqueda e identificacion de importadores norteamericanos que asistirian a la VI PERUVIAN GIFT SHOW, cuenta con disponibilidad presupuestaria; Que, el valor referencial total para la contratacion de los servicios de busqueda e identificacion de importadores norteamericanos que asistirian a la VI PERUVIAN GIFT SHOW, asciende a US$ 15,000.00, correspondiendo a PROMPEX el pago de US$ 8,000.00; Que, el Informe Legal Nº 020-2004-PROMPEX/OAL, indica que resulta procedente la emision de una Resolucion de Direccion Ejecutiva por medio de la cual se declare exonerada del MORDAZA de seleccion correspondiente, toda vez que se ha sustentado la causal de exoneracion del MORDAZA de adquisicion prevista en el literal h) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, por tratarse de la contratacion de servicios personalisimos; Que, lo expuesto en dichos informes justifican tecnica y legalmente la exoneracion senalada de conformidad con lo establecido en el articulo 113º del mencionado Reglamento; Que, mediante Decreto Supremo Nº 013-2003-MINCETUR de fecha 25 de junio del 2003 y publicada en el Diario Oficial El Peruano el 27 de junio del mismo ano, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Comision para la Promocion de Exportaciones - PROMPEX, cuyo articulo 16º establece que el Director Ejecutivo es la MORDAZA autoridad ejecutiva de la entidad, Titular de la entidad y del Pliego Presupuestario; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 002-2004-MINCETUR de fecha 7 de enero del 2004 y publicada en el Diario Oficial El Peruano el 8 de enero del mismo ano, se designo al senor MORDAZA MORDAZA de Velasco de la MORDAZA, como Director Ejecutivo de PROMPEX;

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