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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2004 (11/12/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 35

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G32/G31/G34/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 11 de diciembre de 2004 de Cooperación Técnica firmado el 9 de setiembre de 1964 entre el Consejero Federal Suizo y el Gobierno de la República del Perú. ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO DE LAS INSTANCIAS DE CONTROL El control financiero y contable se regirá por las nor- mas internas de COSUDE. En todos los niveles de con-tratación se respetará los principios de transparencia y acceso competitivo a los recursos con base en sus res- pectivos términos de referencia. COSUDE se reserva elderecho de realizar o encargar a terceros auditorías del manejo financiero de sus contribuciones y de verificar el cumplimiento de los aportes de la contraparte. Asimismo, en cualquier momento del desarrollo del Programa, podrá efectuar verificaciones a los inventa-rios de equipos y materiales del Programa. ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO DERECHO DE SUPERVISIÓN Las partes contratantes se reservan el derecho de visitar en cualquier momento las zonas de trabajo del Programa y evaluar sus actividades. ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO EVALUACIÓN EXTERNA Antes de finalizar la fase materia del presente Acuer- do, el Comité Directivo fijará conjuntamente la fecha apro- piada y los términos de referencia para una evaluación externa. Considerando los resultados obtenidos en di-cha evaluación, se elaborarán las bases y recomenda- ciones para una eventual continuación del Programa. Los gastos de la evaluación están incluidos en el aportesuizo. ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO CLÁUSULA ANTICORRUPCIÓN Las partes contratantes comparten un interés co- mún de lucha contra la corrupción, que atenta contra la buena gestión de los asuntos públicos o la utilizaciónapropiada de los recursos destinados al desarrollo, y comprometa una competencia transparente y abierta sobre la base de los precios y la calidad. Éstas declaran, en consecuencia, aunar sus esfuer- zos para luchar contra la corrupción y declaran queninguna oferta, ninguna donación o pago alguno, ningu- na remuneración o ventaja de cualquier índole, que cons- tituya un acto ilícito o una práctica de corrupción, ha sidoo será acordada con persona alguna, directa o indirec- tamente, con vista o en contrapartida a la atribución o ejecución del presente Acuerdo. Todo acto de esta natu-raleza constituirá un motivo suficiente para justificar la anulación del presente Acuerdo o para tomar toda medi- da correctiva necesaria y que será impuesta según laley aplicable. ARTÍCULO DÉCIMO SEXTO DE LA RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Cualquier duda o controversia que pudiera surgir de la interpretación o aplicación del Acuerdo, deberá ser resuelta mediante negociación por la vía diplomática delas Partes, para encontrar una solución, o utilizando otro medio que sea aceptado por lo Gobiernos respec- tivos. ARTÍCULO DÉCIMO SÉPTIMO DE LA MODIFICACIÓN DEL ACUERDO Cualquier modificación se hará por mutuo consenti- miento de las Partes, mediante la vía diplomática, las cuales deberán ser congruentes con los objetivos del Acuerdo y se entenderán incorporados al mismo.ARTÍCULO DÉCIMO OCTAVO DURACIÓN DEL ACUERDO La duración del presente Acuerdo se estipula en tres (3) años, con vigencia retroactiva del 1 de no- viembre de 2003 al 31 de diciembre de 2006 y en- trará en vigor a la fecha de su firma. El término de la vigencia del Acuerdo no afectará el cumplimiento pos- terior de las obligaciones de las Partes respecto acontratos no concluidos, bajo el ámbito del presente Acuerdo, salvo los casos en que las Partes acuer- den lo contrario. ARTÍCULO DÉCIMO NOVENO DE LA RESOLUCIÓN DEL ACUERDO Si una de las partes contratantes considera que los objetivos de este Acuerdo ya no pueden ser alcanzados o que la otra parte contratante no cumple una de las obligaciones estipuladas en el mismo, podrá rescindirlomediante un preaviso escrito con tres meses de antici- pación. Hecho en la ciudad de Lima, el día 23 de enero de 2004, en dos originales y sólo en idioma español. POR EL GOBIERNO DE SUIZA BEAT LOELIGER Embajador de Suiza POR EL GOBIERNO DEL PERÚ JUAN VELIT GRANDA Secretario Ejecutivo de la APCI Anexo: Plan de Fase I: noviembre 2003 -diciembre 2006 del Programa Regional de Aire Limpio (PRAL) Perú. 22174 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G65/G73/G20/G45/G6A/G65/G63/G75/G74/G69/G76/G6F/G73/G20/G64/G65 /G50/G52/G4F/G56/GCD/G41/G53/G20/G44/G65/G70/G61/G72/G74/G61/G6D/G65/G6E/G74/G61/G6C/G20/G79/G20/G50/G52/G4F/G56/GCD/G41/G53/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 931-2004 MTC/02 Lima, 10 de diciembre de 2004CONSIDERANDO: Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Departamental - PROVIAS Departamental, aprobado porResolución Ministerial Nº 421-2002-MTC/15.02, señala que la Dirección Ejecutiva está a cargo de un Director Ejecutivo, quien ejerce su representación y es designa-do por Resolución Ministerial a propuesta del Viceminis- tro de Transportes; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 214-2003- MTC/01, del 21 de marzo de 2003, se designó al ingenie- ro Ricardo Enrique Otiniano Moquillaza en el cargo de Director Ejecutivo del Proyecto Especial de Infraestruc-tura de Transporte Departamental - PROVIAS Departa- mental; Que, el citado funcionario ha presentado su renuncia al cargo; Que, en consecuencia, resulta necesario dictar el acto administrativo correspondiente, así como desig-nar a la persona que desempeñará dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto por las Leyes Nºs. 27791 y 27594, el Decreto Legislativo Nº 560 y el Decre-to Supremo Nº 041-2002-MTC;