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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2004 (11/12/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 42

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G32/G31/G35/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 11 de diciembre de 2004 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 509-2004-CG Lima, 9 de diciembre de 2004 VISTO, el Informe Especial Nº 247-2004-CG/ORPI, resultante del Examen Especial efectuado a la Municipa- lidad Provincial de Paita, Región Piura, período 01.E- NE.2001- 31.DIC.2001, habiéndose ampliado el alcancea los períodos anteriores; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al Plan Anual de Acciones de Control de la Oficina Regional de Control Piura, la Contraloría Ge-neral de la República dispuso la ejecución de la correspon- diente acción de control a la Municipalidad Provincial de Paita, Región Piura, período 01.ENE.2001 - 31.DIC.2001,considerando aspectos anteriores al citado período, a fin de determinar si los recursos municipales se utilizaron con- forme a lo establecido en la normativa vigente; Que, como consecuencia de la mencionada acción de control, la Comisión Auditora ha determinado la existencia de irregularidades en los anticipos concedidos por con-ceptos de viáticos, otorgados al titular de la entidad, duran- te los períodos 1999, 2000 y 2001; debido a que dicha autoridad no ha efectuado la liquidación de parte de losviáticos percibidos; así como, ha justificado gastos con Comprobantes de Pago emitidos en fechas no comprendi- das dentro del período de las Comisiones de Servicios;asimismo, transgrediendo la normativa aplicable, ha sus- tentado con la presentación de Declaración Jurada de Gastos, viáticos recibidos para Comisión de Servicios fue-ra del territorio nacional, por el total del importe otorgado; aspectos que han ocasionado daño económico a la enti- dad por un importe de S/. 21 037,34; denotando la existen-cia de indicios razonables de la comisión de los delitos de Peculado y Omisión, Rehusamiento o Demora de Actos Funcionales, previstos y penados en los artículos 387º y377º, del Código Penal vigente, respectivamente; Que, de acuerdo a lo establecido en el inciso d) ar- tículo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del SistemaNacional de Control y de la Contraloría General de la República, constituye atribución de este Organismo Su- perior de Control, disponer el inicio de las acciones lega-les pertinentes en forma inmediata, por parte del Procu- rador Público, en los casos en que en la ejecución direc- ta de una acción de control se encuentre daño económi-co o presunción de ilícito penal, correspondiendo autori- zar al Procurador Público a cargo de los asuntos judicia- les de la Contraloría General de la República el inicio delas acciones legales respectivas contra los responsables comprendidos en el Informe de Visto; De conformidad con el artículo 22º inciso d) de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Con- traloría General de la República, Ley Nº 27785, y el De- creto Ley Nº 17537 y sus modificaciones; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Pú- blico encargado de los asuntos judiciales de la Contra- loría General de la República, para que en nombre yrepresentación del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos respon- sables comprendidos en el Informe de Visto, remitiéndo-sele para el efecto, los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 22365 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G65/G73/G20/G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G73 /G64/G65/G20/G6F/G63/G61/G73/G69/G6F/G6E/G61/G72/G20/G70/G65/G72/G6A/G75/G69/G63/G69/G6F/G20/G65/G63/G6F/G6E/GF3/G6D/G69/G63/G6F/G20/G61/G6C/G20/G65/G78 /G43/G54/G41/G52/G20/G49/G63/G61 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 511-2004-CG Lima, 9 de diciembre de 2004VISTO; el Informe Especial Nº 249-2004-CG/ZN, resultante del Examen Especial practicado al Consejo Transitorio de Administración Regional Ica - CTAR Ica, por el período comprendido del 1 enero al 31 diciembrede 2002, incluyendo operaciones anteriores y posterio- res al período citado; y, CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento del Plan Anual de Control del 2003 de la ex Gerencia de Gobiernos Regionales, la Con- traloría General de la República efectuó un examen espe-cial en el Consejo Transitorio de Administración Regional Ica - CTAR Ica, orientado a determinar si los recursos financieros y patrimoniales asignados a la entidad fueronutilizados adecuadamente en concordancia con sus pla- nes y objetivos y de acuerdo a la normativa aplicable; Que, como resultado de la revisión practicada a la documentación que sustenta la ejecución de la obra “Mejo- ramiento de Pistas y Veredas de Ica”, la Comisión Auditora ha determinado que el Expediente Técnico de la misma fuedeficientemente elaborado, apreciándose incongruencias entre la meta física y el presupuesto asignado, al consi- derar exponer una superficie granular, sin carpeta asfálti-ca, al tránsito vehicular, razón por la cual al ser puesta en servicio, sin observarse tal deficiencia ni prever la amplia- ción del presupuesto de obra para la culminación de laCarpeta Asfáltica, se generó el deterioro prematuro de la base granular imprimada, valorizada en S/. 10 396,27 en perjuicio de la entidad, el cual debe ser resarcido, conformea lo previsto en el Artículo 1321º del Código Civil; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal d) del artículo 22º de la Ley Orgánica del Sistema Nacional deControl y de la Contraloría General de la República, constituye atribución de este Organismo Superior de Con- trol, disponer el inicio de las acciones legales pertinentesen forma inmediata, por parte del Procurador Público, en los casos en que en la ejecución directa de una acción de control se encuentre daño económico o presunción deilícito penal, correspondiendo en tal sentido, autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, el inicio de lasacciones legales respectivas contra los presuntos res- ponsables comprendidos en el Informe de Visto; De conformidad con el literal d) del artículo 22º de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, Ley Nº 27785, el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Públi- co encargado de los asuntos judiciales de la ContraloríaGeneral de la República, para que en nombre y represen- tación del Estado, inicie las acciones legales por los he- chos expuestos, contra los presuntos responsables com-prendidos en el Informe de Visto, remitiéndosele para tal efecto los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 22367 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G64/G65/G6C/G65/G67/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G72/G65/G2D /G67/G69/G73/G74/G72/G61/G6C/G65/G73/G20/G61/G20/G4F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G45/G73/G2D /G74/G61/G64/G6F/G20/G43/G69/G76/G69/G6C/G20/G71/G75/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6E/G20/G65/G6E/G20/G63/G65/G6E/G74/G72/G6F/G20/G70/G6F/G2D /G62/G6C/G61/G64/G6F/G20/G79/G20/G63/G6F/G6D/G75/G6E/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G6E/G61/G74/G69/G76/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G64/G65/G2D/G70/G61/G72/G74/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G4C/G6F/G72/G65/G74/G6F/G20/G79/G20/G4A/G75/G6E/GED/G6E RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 736-2004-JEF/RENIEC Lima, 10 de noviembre de 2004