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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G32/G32/G30/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 12 de diciembre de 2004 nes ordinarias por año, y en sesiones extraordinarias a solicitud de uno de sus miembros. Tomará sus resolu- ciones por consenso y la falta de acuerdo en determi- nado asunto, no afectará la ejecución de acuerdos pre- viamente adoptados sobre materias específicas no vin- culadas. Las reuniones del Consejo Consultivo serán presidi- das por uno de sus miembros, el cual será selecciona- do a través del mecanismo que éstos acuerden. Cláusula Décima. De las Funciones del Consejo Consultivo. El Consejo Consultivo:a) Proporcionará lineamientos generales respecto a aspectos de política y de organización. b) Revisará y aprobará el Plan Estratégico, los Pla- nes Operativos e Informes Anuales del Centro, para asegurar que aquellas actividades apoyadas por las partes sean consistentes con los principios y objetivos establecidos en el Convenio de Ejecución del Centro y sus anexos. El Consejo Consultivo podrá solicitar infor- mes sobre temas específicos que estime convenientes. c) Con excepción de USAID, evaluará el proceso de selección del Director Ejecutivo y los Asesores Técni- cos principales del Centro y dará su conformidad a los candidatos propuestos por la Junta Directiva. d) Promoverá la participación de otras instituciones en el Centro, sea en calidad de observadores o nuevos miembros contribuyentes. e) Propiciará la formación de redes institucionales que contribuyan a la estrategia de desarrollo del Cen- tro. Cláusula Undécima. De la Junta Directiva. La Junta Directiva estará constituida por un repre- sentante de cada una de las instituciones miembros del Consorcio operador del Centro y por el Director Ejecuti- vo. Un representante del CONAM y otro de SECO par- ticiparán en las reuniones de la Junta Directiva para facilitar la coordinación entre las instituciones partici- pantes. La Junta Directiva se reunirá por lo menos tri- mestralmente y tomará sus desiciones por consenso. La falta de acuerdo en determinado asunto, no afecta la ejecución de acuerdos previamente adoptados so- bre materias específicas no vinculadas. Cláusula Duodécima. De las Funciones de la Jun- ta Directiva. La Junta Directiva:a) Presentará al Consejo Consultivo, el Plan Estra- tégico, los Planes Operativos e Informes Anuales ela- borados por el Director Ejecutivo. b) Preparará los Términos de Referencia para el pues- to de Director Ejecutivo. c) Elaborará los Términos de Referencia y conducirá el proceso de selección por concurso, del Director Eje- cutivo y de los Asesores Técnicos Principales, elevan- do su propuesta de candidatos al Consejo Consultivo. d) Revisará y aprobará los informes preparados por el Director Ejecutivo. e) Asegurará la correcta ejecución de las partidas presupuestales programadas para el Centro, evaluan- do su grado de cumplimiento. f) Supervisará el control de todos los bienes y activi- dades del Centro. g) Aprobará la selección y contratación del personal técnico y auxiliar y asesores técnicos del Centro.h) Colaborará en la búsqueda de fuentes comple- mentarias de financiamiento para las actividades del Centro. i) Colaborará en la difusión de las actividades del Centro. j) Hará seguimiento a la gestión del Director Ejecu- tivo. Cláusula Décimo Tercera. Del Director Ejecutivo. Es la persona responsable de la dirección y gestión del Centro y reportará directamente a la Junta Directi- va, de la que forma parte. Cláusula Décimo Cuarta. De las Funciones del Director Ejecutivo. El Director Ejecutivo:a) Dirigirá y representará al Centro. b) Ejercerá los poderes que por mandato legal le confiere la Junta Directiva. c) Elaborará el Plan Estratégico de Negocios, los Planes Operativos e Informes Anuales a ser revisados por la Junta Directiva. d) Será responsable del control de todos los bienes y actividades del Centro. e) Elaborará los informes trimestrales de gestión del Centro para su presentación y aprobación a la Junta Directiva. f) Asegurará la ejecución de los convenios y acuer- dos institucionales suscritos. g) Propondrá a la Junta Directiva los candidatos a ser contratados como personal técnico y auxiliar, y ase- sores técnicos. h) Conducirá el proceso de selección por concurso de secretarias y practicantes. i) Desarrollará actividades para promover los benefi- cios de la optimización de procesos y la producción limpia al interior de la industria. j) Desarrollará todas aquellas funciones que le sean encomendadas por la Junta Directiva. Cláusula Décimo Quinta. Aspectos No Contempla- dos Las partes convienen que los aspectos no contem- plados en las cláusulas anteriores y que posteriormen- te surjan como necesarios para la mejor ejecución del presente Memorando, serán evaluados y aprobados de mutuo acuerdo, en función a las circunstancias de cada caso. Cláusula Décimo Sexta. Vigencia y Resolución.El presente Memorando tendrá una vigencia de cua- tro años a partir de la suscripción del mismo, pudiendo renovarse o modificarse, previa evaluación, y de mutuo acuerdo. El presente Memorando podrá resolverse antes de su vencimiento, si alguna de las partes incumpliera los compromisos asumidos en virtud de las cláusulas que anteceden o de cualquier convenio suscrito por las par- tes relacionado al presente Memorando. Para tal pro- pósito, la parte afectada por el incumplimiento hará co- nocer previamente los motivos que sustentarían la re- solución, otorgando un plazo prudencial no mayor de 30 días, para subsanar lo correspondiente. De no ocu- rrir ésta, el Memorando quedará resuelto.