Norma Legal Oficial del día 12 de diciembre del año 2004 (12/12/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 12 de diciembre de 2004

La direccion del CET se encargara de hacer que el monto total de aportes ofrecidos por el consorcio se efectivice. En la logica de buscar otros aportes, el CET buscara captar fondos que aseguren un mayor alcance de las acciones contempladas en el presente Convenio. Estas acciones se realizaran mediante alianzas, participacion en fondos concursables u otras MORDAZA, incluyendo la posibilidad de constituir una organizacion privada sin fines de lucro. Los fondos generados seran administrados de acuerdo a las normas de manejo financiero y contable que cada uno de los nuevos socios designe. Tanto CONAM como COSUDE se comprometen a facilitar esta apertura en aras de lograr la sostenibilidad economica y la consolidacion de la institucionalidad del Programa. El Consejo Consultivo y la Junta Directiva, son las instancias que estableceran los requisitos y lineamientos para la incorporacion de nuevos socios. 7. COMPROMISOS ESPECIFICOS DE LAS PARTES: 7.1. SECO SECO se compromete a lo siguiente: - Aportar los recursos para la implementacion y gestion del CET. Conforme al documento de diseno del CET, se espera que este aporte tenga un valor hasta $ 950,000 (novecientos cincuenta mil dolares americanos), segun el detalle en convenio adjunto, para las actividades acordadas durante un periodo de 4 anos y supeditado a la disponibilidad efectiva de fondos para este proposito. - Selecionar al personal directivo del Programa en Peru y monitorear sus actividades. - Concentrar esfuerzos y recursos para lograr alianzas que permitan obtener la cooperacion de un Centro de Referencia en Suiza, con el fin de canalizar asesoria tecnica al CET y a traves de MORDAZA a sus usuarios. 7.2 CONAM CONAM se compromete a lo siguiente: - Participar activamente en la definicion y apoyar la ejecucion de las actividades del CET. - Canalizar los fondos aportados por USAID y monitorear su uso en las actividades del CET. Conforme al documento de diseno del CET, este aporte tendra un valor de $ 950,000 (novecientos cincuenta mil dolares americanos), segun detalle en convenio adjunto, para las actividades acordadas durante un periodo de 4 anos y supeditado a la disponibilidad efectiva de fondos para este proposito. - Apoyar la obtencion de los recursos financieros complementarios a los aportes de USAID, SECO. - Apoyar al fortalecimiento del CET y la difusion de sus actividades, incorporando sus programas y metas en el Plan de Actividades de la Unidad Ejecutora del proyecto SENREM en CONAM. Mientras dure el presente Convenio Subsidiario, los aportes de las partes seran administrados por el Programa y liquidados conforme a las disposiciones que indican las partes. 8. COMPROMISO COMUN DE LAS PARTES: Son compromisos comunes de las partes:

- Apoyar proactivamente el ingreso de mas socios que aporten economicamente y con otros recursos a la sostenibilidad economica e institucionalizacion del programa, pudiendo ser nacionales o extranjeros. 9. BIENES ADQUIRIDOS CON FONDOS DEL SECO En caso de existir la necesidad de adquirir en el exterior, con fondos provistos por la cooperacion suiza, material, equipos o vehiculos para el Programa, la incorporacion se realizara a traves de la Embajada Suiza en el Peru. Para estos casos, el Gobierno del Peru se compromete a dar cumplimiento a lo establecido en el Articulo Octavo del Convenio MORDAZA suscrito entre los Gobiernos del Peru y la Confederacion Suiza el 09 de setiembre de 1964, que hace referencia a la liberacion de gravamenes de importacion. Los bienes adquiridos, con fondos de SECO, inclusive los vehiculos, asi como los bienes de propiedad intelectual, seran de propiedad de SECO y deberan ser inventariados por la Direccion del CET y utilizados excluivamente para el proposito y las finalidades fijadas en este Convenio Subsidiario. Al termino del Programa, SECO decidira sobre el destino de los bienes y vehiculos. Para efectos del presente convenio, el Estado peruano reconoce a SECO capacidad y personeria juridica plena para la realizacion de cualquier acto o contrato derivado del Convenio. 10. BIENES ADQUIRIDOS CON FONDOS ADMINISTRADOS POR CONAM Los bienes adquiridos con fondos administrados por CONAM, deberan ser inventariados por la Direccion del CET y utilizados exclusivamente para el proposito y las finalidades fijadas en este Convenio Subsidiario. Al termino del Programa, el CONAM y USAID decidiran sobre el destino de sus activos, en estricta sujecion con las normas gubernamentales sobre disposicion de bienes estatales. 11. BIENES ADQUIRIDOS CON FONDOS COMUNES Los bienes de propiedad intelectual generados con los fondos comunes de las partes, seran de propiedad comun. Asimismo, deberan ser inventariados por la Direccion del CET y se utilizaran exclusivamente para el proposito y las finalidades estipuladas en este Convenio Subsidiario. Al termino del Convenio, las partes decidiran sobre la liquidacion y eventual transferencia de los bienes comunes. 12. DE LOS PRIVILEGIOS El Gobierno Peruano se compromete a conceder los privilegios legales acordados a los expertos de los organismos de cooperacion tecnica internacional, para el personal extranjero que MORDAZA sido aceptado por el Gobierno de la Republica del Peru para asesorar el Programa objeto de este Convenio, durante el tiempo de su permanencia en el MORDAZA, conforme a lo estipulado en el Acuerdo de Cooperacion Tecnica firmado el 09 de setiembre de 1964 entre el gobierno suizo y el gobierno peruano. 13. DE LA REPRESENTACION DEL CET La instancia MORDAZA del CET es el Consejo Consultivo, en el cual participan CONAM, SECO, USAID y el Consorcio por el Desarrollo Sostenible (cada uno con un representante). Todas las actividades, incluyendo las originadas MORDAZA del presente Convenio Subsidiario, seran reguladas por la MORDAZA instancia del CET. 14. DE LA ESTRUCTURA DEL CET

- Gestionar o proveer los recursos necesarios para el funcionamiento del CET, de acuerdo a los compromisos especificos. - Designar a sus representantes ante la Junta Directiva y el Consejo Consultivo del CET. - Definir, a traves de la Junta Directiva y del Consejo Consultivo del CET, la estrategia global del CET. - Participar en la definicion de los lineamientos de politica y estratregias del CET.

El CET estara organizado bajo la siguiente estructura, tal como se detalla en la Clausula Sexta del convenio adjunto (Anexo 1): - El Consejo Consultivo - La Junta Directiva - La Direccion Ejecutiva 15. DE LA DIRECCION DEL CET La Direccion estara a cargo del Director(a) Ejecutivo, elegido previo Concurso Publico de Meritos al inicio del

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