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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2004 (12/12/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 62

TEXTO PAGINA: 28

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G32/G32/G31/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 12 de diciembre de 2004 que las instalaciones de los helipuertos, aeropuertos y/o aeródromos privados podrán ser utilizadas previa autoriza-ción de sus respectivos propietarios; Que, en aplicación del Artículo 9º, literal g) de la Ley Nº 27261, "la Dirección General de Aeronáutica Civil es com- petente para otorgar, modificar, suspender o revocar losPermisos de Operación y Permisos de Vuelo", resolviendoel presente procedimiento mediante la expedición de laResolución Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; el Reglamento vigente; demás dispo- siciones legales vigentes; y con la opinión favorable de lasáreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar en la parte pertinente, el Artículo 1º de la Resolución Directoral Nº 239-2003-MTC/12 del 23 de octubre del 2003, que otorgó a la empresa HELINKA S.A.C., Permiso de Operación de Aviación Comercial: Trans-porte Aéreo Especial, a fin de incorporar operaciones aé-reas de turismo, de acuerdo al siguiente detalle: NATURALEZA DEL SERVICIO: - Aviación Comercial - Transporte Aéreo Especial: Turístico. ÁMBITO DEL SERVICIO: - Nacional. MATERIAL AERONÁUTICO: - Bell 206 B3. - Bell 407.- Bell 206 L1.- Eurocopter SA 316 B.- Eurocopter SA 315 B. ZONAS DE OPERACIÓN: CIRCUITOS TURÍSTICOS: - Ingenio - Palpa, Nasca - Ingenio. - Ingenio - San Fernando, Nasca - Ingenio.- Ingenio - Paracas, Nasca - Ingenio.- Ingenio - Palpa, Ica, Nasca - Ingenio.- Chachapoyas - Kuelap - Chachapoyas. - Tarapoto - Gran Pajatén - Tarapoto. - Cusco - Anta, Chincheros, Urubamba, Aguas Calien- tes - Cusco. - Aguas Calientes - Urubamba, Chincheros, Anta - Aguas Calientes. - Cusco - Limatambo, Moyepata, Choquequirao - Cusco. - Lima - Paramonga, Huarmey - Lima. - Lima - Cañete, Lunahuaná - Lima. BASE DE OPERACIONES: - Aeródromo de Nasca. SUBBASE DE OPERACIONES: - Aeropuerto de Pisco. - Aeropuerto Chachapoyas.- Aeropuerto de Tarapoto.- Aeropuerto de Cusco. - Aeropuerto Internacional "Jorge Chávez". - Aeródromo Lib-Mandy Metropolitano. Artículo 2º.- Modificar el contenido del Artículo 11º de la Resolución Directoral Nº 239-2003-MTC/12 del 23 deoctubre del 2003,de acuerdo a lo siguiente: "Artículo 11º.- La empresa HELINKA S.A.C., dada la naturaleza de sus operaciones y aeronaves, a excepción de sus actividades turísticas, podrá realizar actividades aé- reas de acuerdo a lo señalado por el inciso b) del Artículo155º del Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil - Decre-to Supremo Nº 050-2001-MTC, en zonas de operación con-forme a lo dispuesto por el Artículo 16º de la Ley de Aero-náutica Civil, siempre que cuente dichas operaciones con la autorización ante la Dirección de Seguridad Aérea y la Di- rección de Circulación Aérea, para su conformidad, de acuer-do al Artículo 10º de la presente Resolución." Artículo 3º.- Los demás términos de la Resolución Di- rectoral Nº 239-2003-MTC/12 del 23 de octubre del 2003,continúan vigentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROBERTO RODRÍGUEZ GALLOSO Director General de Aeronáutica Civil (e) 22259/G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G61/G72/G74/GED/G63/G75/G6C/G6F/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G73/G6F/G6C/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G71/G75/G65 /G6F/G74/G6F/G72/G67/GF3/G20/G70/G65/G72/G6D/G69/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G6F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G2D/G63/G69/G6F/G20/G69/G72/G72/G65/G67/G75/G6C/G61/G72/G20/G64/G65/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G70/G6F/G72/G74/G65/G20/G66/G6C/G75/G76/G69/G61/G6C/G20/G63/G6F/G2D/G6D/G65/G72/G63/G69/G61/G6C/G2C/G20/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G2C/G20/G65/G6E/G20/G6C/G6F/G73/G20/G72/GED/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G68/G6F/G79/G61 /G61/G6D/G61/G7A/GF3/G6E/G69/G63/G61 DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE ACUÁTICO RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 283-2004-MTC/13 Lima, 22 de noviembre de 2004 Vista la solicitud (Expediente Nº 2004-018229) presentada por la empresa SERVICIOS Y TRANSPOR-TES AMAZÓNICOS S.R.L., solicitando la ampliación del permiso de operación otorgado mediante Resolución Directoral Nº 241-2003-MTC/13 del 25 de julio del 2003; CONSIDERANDO: Que, mediante la citada Resolución Directoral, se otorgó permiso de operación para prestar servicio Irre-gular de transporte fluvial comercial, nacional, en losríos de la hoya amazónica a la empresa SERVICIOS Y TRANSPORTES AMAZÓNICOS S.R.L, autorizándolo a operar con la embarcación "Requena" con matrículaIQ-007899-EF; Que, en virtud de la solicitud presentada por la em- presa SERVICIOS Y TRANSPORTES AMAZÓNICOSS.R.L, corresponde emitir la modificación solicitada am- pliando el servicio al ámbito Internacional, en los Ríos de la Hoya Amazónica de Brasil, Colombia y Ecuador,manteniendo el resto de términos y condiciones esta-blecidos en la Resolución Directoral Nº 241-2003-MTC/13; Con la opinión favorable del Director de Servicios Por- tuarios, Actividades Navieras y Multimodal y del Asesor Legal emitida mediante los informes Nº 111-2004-MTC/13.02 y Nº 346-2004-MTC/13.al; De conformidad con las Leyes Nºs. 27791, 27444, el Decreto Legislativo Nº 560; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar el artículo 1º de la Resolución Directoral Nº 241-2003-MTC/13 del 25 de julio del 2003,cuyo nuevo tenor literal queda redactado de la siguienteforma: Artículo 1º.- OTORGAR el Permiso de Operación a fa- vor de la empresa naviera SERVICIOS Y TRANSPORTESAMAZÓNICOS S.R.L., para prestar servicio irregular detransporte fluvial comercial de carga general en toda lahoya amazónica de la forma siguiente: TRÁFICO : Nacional o Cabotaje e Internacio- nal. SERVICIO : Irregular en la hoya amazónica de los ríos nacionales y de Brasil, Co- lombia y Ecuador. TRANSPORTE : Carga General. Artículo 2º.- El resto de términos y condiciones del per- miso de operación otorgado por Resolución Directoral Nº 241-2003-MTC/13 del 25 de julio del 2003 permanecen inalterables. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Capitanías y Guarda-costas, a las Capitanías de Puerto de Iquitos, Yurimaguas,Pucallpa y Madre de Dios y a las Direcciones Regionales de Transportes y Comunicaciones de los Gobiernos Regio- nales de Loreto, Ucayali y Madre de Dios, para su conoci-miento y fines. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO ARAMBURÚ GARDENER Director General 21594