Norma Legal Oficial del día 12 de diciembre del año 2004 (12/12/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, MORDAZA 12 de diciembre de 2004
Clausula Novena.- Inicio de Actividades.

NORMAS LEGALES

Pag. 282203

El CONSORCIO debera iniciar sus actividades relacionadas con el CENTRO inmediatamente despues de la suscripcion del presente CONVENIO. Se reconoceran las actividades realizadas MORDAZA de la suscripcion de este Convenio (Seleccion y contratacion del Director y el staff del CENTRO, capacitacion local e internacional del personal del CET y el personal designado por el CONSORCIO, apoyo logistico e infraestructura, etc.) a traves de la aprobacion de la Junta Directiva y Consejo Consultivo del CENTRO, segun corresponda. Como condicion previa a los primeros desembolsos de CONAM y SECO, bajo el presente CONVENIO, el CONSORCIO y sus miembros deberan realizar las siguientes actividades: a) confirmacion de la designacion de la personeria juridica del CONSORCIO y de los representantes legal y tecnico del CONSORCIO para todos los efectos del CONVENIO; b) constitucion e instalacion del Consejo Consultivo y la Junta Directiva del CENTRO; c) disponibilidad de los espacios fisicos, equipos y mobiliario que aportaran los miembros del CONSORCIO para la operacion del CENTRO; d) aprobacion por el Consejo Consultivo del Plan Estrategico y el Primer Plan Operativo Anual del CENTRO. El plazo para el cumplimiento de las condiciones previas sera de 30 dias a partir de la fecha de suscripcion del presente CONVENIO. CONAM notificara al CENTRO, tan pronto determine que las condiciones previas estipuladas en la presente clausula han sido cumplidas. Si las condiciones previas no se hubieran cumplido en el plazo establecido, CONAM y SECO podran a su discrecion dar por terminada su participacion en el CONVENIO notificando al CONSORCIO por escrito. Habran dos tipos diferentes de desembolsos. Los primeros corresponden a los fondos de SECO y los MORDAZA directamente el Centro de Referencia Suizo. Los segundos correspondientes a los fondos de USAID los efectuara directamente CONAM. Clausula Decima.- De las enmiendas de donacion. Los donantes podran realizar enmiendas a los flujos de fondos asignados para un periodo operativo, siempre que esta modificacion no afecte la operatividad, eficiencia y objetivos trazados por el CENTRO y siempre que estas enmiendas no comprometan al total de la donacion asignada para el periodo de vigencia del presente CONVENIO. La Junta Directiva en una iniciativa tomada por consenso podra elevar al Consejo Consultivo una solicitud para la aprobacion de enmiendas del CONVENIO con una argumentacion de motivos. El Consejo Consultivo podra aprobar por consenso las enmiendas. Clausula Decimo Primera.- Del Presupuesto, finanzas y contabilidad. El CENTRO debera contar con un Plan Estrategico de Negocios para el periodo de vigencia del presente CONVENIO y con Planes Operativos Anuales. Los ingresos obtenidos durante el periodo del proyecto seran retenidos por el CENTRO en concordancia con los terminos y condiciones de la donacion. Estos seran agregados a los fondos comprometidos por USAID, SECO y el CONSORCIO en el CENTRO, para futuros proyectos o actividades compatibles con los objetivos del CENTRO. Los ingresos no se podran utilizar para otras actividades del CONSORCIO, que no MORDAZA propias del CENTRO. A menos que los terminos y condiciones de la donacion lo especifiquen de otra forma, el CENTRO no tendra obligacion hacia CONAM o SECO respecto a los ingresos obtenidos despues de terminado el periodo del CONVENIO. Los costos incurridos para la generacion de ingresos en el programa seran deducidos del ingreso MORDAZA para determinar el ingreso del programa, siempre que estos costos no hayan sido cargados a la contribucion y ellos cumplan con los Principios de Costos Aplicables. El CENTRO operara con los presupuestos aprobados de los Planes Operativos Anuales. Las modificaciones en el Presupuesto seran propuestas por el Director Ejecutivo y aprobadas por la Junta Directiva y el Consejo Consultivo.

El CENTRO presentara reportes financieros trimestrales de ejecucion presupuestaria que como minimo deberan contener los montos desembolsados, la partida presupuestal correspondiente, la razon social de la empresa a la que se adquirieron el bien o servicio, asi como reportes tecnicos trimestrales del Programa que como minimo deberan incluir las actividades realizadas, las Partes involucradas, la partida presupuestal a la que corresponde la actividad y los resultados obtenidos de la actividad. El CENTRO abrira una cuenta bancaria para los depositos correspondientes a los ingresos de donacion USAID del Programa.- Esta cuenta sera usada solo para los fondos entregados como adelantos y no se deben incluir alli fondos de otras fuentes. Asimismo el CENTRO abrira una cuenta bancaria para los depositos correspondientes a los ingresos de donacion SECO del Programa.- Esta cuenta sera usada solo para los fondos entregados como adelantos y no se deben incluir alli fondos de otras fuentes. Los fondos no utilizados al final del proyecto asi como los intereses generados por los depositos seran devueltos al SECO y a CONAM, segun el origen de los mismos. Los costos generados por el uso de las cuentas (chequeras y otros) de SECO y USAID a traves de CONAM, seran cubiertos individualmente por cada uno de ellos. Las Partes mantendran registros contables y cualquier otra informacion y reportes relacionados al presente CONVENIO, los que se encontraran disponibles. Particularmente el CONSORCIO y posteriormente el CENTRO, mantendran registros que identifiquen claramente los fondos recibidos y ejecutados tanto de la donacion USAID que el CONAM ejecuta bajo CEPCOM, como los de SECO a traves de su Centro de Referencia. Dichos registros deberan mostrar sin limitacion, todos los gastos incurridos, en la recepcion y uso de los bienes y servicios adquiridos, el acuerdo, naturaleza y el alcance de convocatorias a proveedores potenciales, las bases para la adjudicacion de contratos, entre otros. Se realizaran auditorias y llevaran registros contables de forma razonablemente y comunmente aceptadas que permitan a los donantes realizar una revision financiera, como mecanismos que aseguren una adecuada revision financiera y contable. USAID, SECO y CONAM tendran el derecho de hacer una revision financiera y/o de hacer una auditoria al CENTRO. Los objetivos de la auditoria son: examinar la representacion de los costos del CENTRO, en cualquiera de las formas en que estos MORDAZA presentados (vouchers, rendimiento de costos incurridos, facturas, etc.); expresar una opinion sobre si los costos presentados son razonables, asignables, permitidos y aplicables a los terminos de la donacion; si estan determinados bajo los principios de contabilidad generalmente aceptados; que no estan prohibidos por las clausulas del Convenio o por acuerdos previos con USAID, SECO o CONAM, segun sea el auditor. Particular atencion se debe dar durante la auditoria a los items de costos facturados, a las retenciones por impuestos y otros, a las certificaciones que presenta el CENTRO de que los vouchers presentados como pagos reunen los requerimientos estipulados por el contrato. Las Partes deberan seleccionar una sociedad auditora independiente, que determinara si el recibo y gasto de los fondos ejecutados bajo este CONVENIO son presentados de conformidad con principios de contabilidad generalmente aceptados y si las Partes han cumplido con los terminos del presente CONVENIO. Asimismo, CONAM asegurara que tanto el CONSORCIO como el CENTRO, tomen las acciones correctivas apropiadas y oportunas; se considere si las auditorias requieren ajustes de sus propios registros que permitan a los auditores independientes tener acceso a los registros y estados financieros. Clausula Decimo Segunda.- De los impuestos. La tributacion por las operaciones que realice el CENTRO se regiran por las normas de tributacion establecidas para todas las operaciones comerciales privadas nacionales que se realizan dentro del territorio peruano, aplicandose el Codigo Tributario y toda la normativa tributaria pertinente. Las contribuciones realizadas al CENTRO por la cooperacion internacional estaran exoneradas de impuestos, segun lo especificado en las normas de la cooperacion

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.