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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G32/G32/G32/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 12 de diciembre de 2004 diez días calendario siguientes a la fecha de su publica- ción. Regístrese, comuníquese y publíquese. RONALD CÁRDENAS KRENZ Superintendente Nacionalde los Registros Públicos (e) 22400 /G44/G69/G63/G74/G61/G6E/G20/G64/G69/G73/G70/G6F/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G63/G6F/G6E/G74/G69/G6E/G75/G69/G2D /G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G61/G20/G6E/G69/G76/G65/G6C/G20/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G70/G65/G72/GED/G6F/G64/G6F/G20/G63/G6F/G6D/G70/G72/G65/G6E/G64/G69/G64/G6F/G20/G65/G6E/G74/G72/G65/G20/G65/G6C/G20/G31/G33 /G64/G65/G20/G64/G69/G63/G69/G65/G6D/G62/G72/G65/G20/G64/G65/G20/G32/G30/G30/G34/G20/G79/G20/G65/G6C/G20/G32/G20/G64/G65/G20/G65/G6E/G65/G72/G6F /G64/G65/G20/G32/G30/G30/G35 RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Nº 486-2004-SUNARP-SN Lima, 10 de diciembre de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo 079-2004-PCM, publica- do el 13 de noviembre de 2004, se fija excepcionalmente elperíodo de vacaciones para las personas que prestan servi-cios en los Pliegos y Unidades Ejecutoras del Poder Ejecutivo, del 13 de diciembre de 2004 al 2 de enero de 2005; Que, según lo establecido en el artículo 6º de la norma legal, antes citada: “ bajo responsabilidad de la más alta autoridad administrativa de la misma o quien haga sus veces, deben asignar el personal necesario para garanti- zar la continuidad de los servicios públicos básicos y las labores indispensables para la institución”; Que, los servicios de inscripción de títulos y la atención de las solicitudes de publicidad tienen directa relación conel tráfico económico del país, constituyendo labores bási-cas e indispensables de la SUNARP al servicio del país,por lo que se hace necesario garantizar su continuidad; Que, de igual manera, para garantizar el normal y ade- cuado cierre administrativo y presupuestal del ejercicio fis-cal 2004, así como la apertura del presupuesto y operacio-nes del ejercicio 2005, resulta indispensable la permanen-cia de personal mínimo de las áreas de Presupuesto yDesarrollo, Administración y Finanzas, Informática, así como personal relacionado con Comisiones Especiales, Contrataciones y Adquisiciones del Estado, así como enotros temas prioritarios que determine la Gerencia Generalde la Sede Central de la SUNARP; Que, mediante Oficio Circular Nº 122-2004-SUNARP-GAF/ GG de fecha 23 de noviembre de 2004, la Gerencia General de la Sede Central se dirigió a todas las Jefaturas de las Zonas Registrales indicando que los órganos desconcentra-dos debían prever la continuación de las Actividades de Ad-ministración, vinculadas a la cancelación de compromisos ycierre presupuestal y contable correspondiente al año fiscal2004 y a la conclusión de procesos de adquisiciones y contra- taciones de bienes y servicios iniciados a la fecha; Que, asimismo, según el documento citado en el consi- derando anterior todo el personal de las Zonas Registra-les, que no pertenece a las Áreas Registrales, deberá ha-cer uso de sus vacaciones durante el período excepcionalantes señalado, a excepción del personal de las Áreas de Tesorería, Contabilidad, Patrimonio y de Informática que dé soporte al Área Registral, que cada Jefe de Zona Regis-tral determine expresamente; Que, es función del Superintendente Nacional de los Registros Públicos, dirigir y supervisar el desarrollo de lasactividades de los órganos que conforman la SUNARP; Estando a los considerandos expuestos, y a las facul- tades que confiere el artículo 7º literal w) del Estatuto de laSUNARP, aprobado mediante Resolución Suprema 135-2002-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer que las Oficinas Registrales de las Zonas Registrales a cargo de la SUNARP a nivel nacio-nal, continúen brindando los servicios de inscripción enprimera instancia, y publicidad durante el período com-prendido entre el 13 de diciembre de 2004 al 2 de enero de2005, en forma ordinaria, manteniéndose los días labora- bles de dicho período como hábiles para el procedimientoregistral. Lo dispuesto en el primer párrafo no es aplicable al procedimiento registral en segunda instancia, a los trámi- tes de quejas, denuncias, cierres de partidas por duplici-dad, reconstrucción de partidas y títulos archivados y cual-quier otro trámite distinto a los servicios de inscripción ypublicidad, casos en que los días comprendidos entre el13 de diciembre de 2004 al 2 de enero de 2005, serán considerados como inhábiles. Artículo 2º.- Disponer que las Oficinas del Diario, Mesa de Partes y Caja de las Zonas Registrales seguirán funcio-nando durante el período comprendido en el artículo ante-rior, a fin de permitir el ingreso, reingreso de títulos y pagoo reintegro de derechos registrales, según corresponda. Las Oficinas de Trámite Documentario de las Zonas Registrales continuarán funcionando únicamente para re-cibir los recursos de apelación a que se refiere el artículo142º del Reglamento General de los Registros Públicos,previo pago de la tasa respectiva. Artículo 3º.- Disponer que las Áreas de Administración y Finanzas, de Presupuesto y Desarrollo, y de Informática de la Sede Central, de las Zonas Registrales, así como otropersonal relacionado con temas prioritarios que determinela Gerencia General de la Sede Central de la SUNARP,continuarán operando con el mínimo personal que seanecesario para brindar soporte y apoyo registral. Regístrese, publíquese y comuníquese. RONALD CÁRDENAS KRENZ Superintendente Nacionalde los Registros Públicos (e) 22401 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G52/G45/G47/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 GOBIERNO REGIONAL DE PIURA /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20 /G64/G65/G20 /G49/G6E/G74/G65/G72/GE9/G73/G20 /G43/G75/G6C/G74/G75/G72/G61/G6C/G20 /G65 /G69/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G69/G7A/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G63/G65/G6C/G65/G62/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G22/G53/G65/G6D/G61/G6E/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G49/G64/G65/G6E/G74/G69/G64/G61/G64/G20/G43/G75/G6C/G74/G75/G72/G61/G6C/G22/G20/G65/G6E /G6C/G61/G20/G52/G65/G67/G69/GF3/G6E/G20/G50/G69/G75/G72/G61 ORDENANZA REGIONAL Nº 055-2004/GRP-CR El Consejo Regional del Gobierno Regional Piura; POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional Piura, de conformidad con lo previsto en la Constitución Política delPerú de 1993, modificada por la Ley de Reforma Constitu-cional del Capítulo XIV, del Título IV, sobre Descentraliza- ción – Ley Nº 27680, Ley de Bases de la Descentralización - Ley Nº 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales – Ley Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902 y demásNormas Complementarias; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, modificada por Ley de Reforma Constitucional en el Capítulo XIV del Título IV,sobre Descentralización Nº 27680, establece en los incisos 5.y 7., del artículo 192º que los gobiernos regionales son com-petentes para promover el desarrollo socioeconómico regio- nal, ejecutar los planes y programas correspondientes; y pro- mover y regular actividades y/o servicios en materia de agri-cultura, pesquería, industria, agroindustria, comercio, turis-mo, energía, minería, comunicaciones, educación, salud ymedio ambiente, conforme a ley, respectivamente; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 028-2004/GRP- CR, publicada en el Diario Oficial El Peruano, el 6 de febre- ro del dos mil cuatro, se aprueba "Los Lineamientos dePolítica Regional del Año 2004 en materia de: Educación,Salud, Trabajo y Promoción del Empleo, así como las Nor-mas para la Gestión y Desarrollo de las Actividades deCultura y Deporte en la Región Piura"; Que, el artículo 47º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por Ley Nº 27902, esta-