Norma Legal Oficial del día 12 de diciembre del año 2004 (12/12/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

MORDAZA, MORDAZA 12 de diciembre de 2004

NORMAS LEGALES

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En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867 - Ley Organica de los Gobiernos Regionales modificada por la Ley Nº 27902, Ley Nº 28013, Resolucion Presidencial Nº 057-CND-P-2004 y con las visaciones de Gerente de la Oficina Regional de Asesoria Legal, Gerencia Regional de Desarrollo Economico y de la Gerencia General del Gobierno Regional San Martin; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR, con efectividad al 27 de setiembre del 2004, el "Manual para el funcionamiento de la Mesa de Dialogo y Concertacion de la Cadena Productiva para el Proyecto de Desarrollo Ganadero a transferirse a la Region San Martin", la cual consta de veintitres articulos, cuatro folios y que visadas al margen forman parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- ENCARGAR al Organo de Control Institucional del Gobierno Regional San MORDAZA, supervisar la aplicacion del Reglamento aprobado en el presente acto resolutivo. Articulo Tercero.- DISPONER a la Oficina Regional de Administracion del Gobierno Regional de San MORDAZA publicar el presente Reglamento en la pagina web de la Entidad. Registrese, comuniquese y archivese. MAX HENRRY MORDAZA MORDAZA Presidente Regional MANUAL PARA EL DESARROLLO Y CONDUCCION DE LA MESA DE DIALOGO Y CONCERTACION DE LA CADENA PRODUCTIVA PARA EL PROYECTO DE DESARROLLO GANADERO A TRANSFERIRSE A LA REGION SAN MORDAZA De la denominacion Articulo 1º.- El presente Reglamento establece las disposiciones que deberan cumplirse para el funcionamiento de la Mesa de Dialogo y Concertacion de la Cadena Productiva para el Proyecto de Desarrollo Ganadero, que en adelante se denominara "Mesa de Dialogo y Concertacion Productiva para el Proyecto de Desarrollo Ganadero". Del caracter de la Institucion Articulo 2º.- Mesa de Dialogo y Concertacion de la Cadena Productiva para el Proyecto de Desarrollo Ganadero, es una organizacion conformada por representantes de los productores organizados, organismos publicos y privados, organizaciones no gubernamentales, gobiernos locales, organizaciones de base y proyectos especiales constituidos en MORDAZA con los lineamientos de politica agraria del Ministerio de Agricultura y del Gobierno Regional. Es una organizacion independiente y de participacion libre y voluntaria sin filiacion politica partidaria alguna y sin discriminacion de algun MORDAZA, se MORDAZA su accionar en el interes comun de sus integrantes en torno al desarrollo integral de la actividad lechera para satisfacer la demanda del mercado. Objetivo y las Funciones Articulo 3º.- El objetivo Principal de la Mesa de Dialogo y Concertacion es propiciar un espacio de dialogo, reflexion y concertacion que genera propuestas consensuales entre los agentes economicos participantes con el proposito de garantizar el desarrollo sostenido y competitivo del citado producto (s) tal como se senala en el "Acta de Acuerdos y Compromiso" suscrita. Articulo 4º.- Los objetivos Especificos de la Mesa de Dialogo y Concertacion son: 1. Promover acciones de concertacion, coordinacion y cooperacion entre las organizaciones de productores, instituciones vinculadas y los diferentes agentes economicos de la actividad vinculada con el desarrollo de la cadena productiva para el Proyecto de Desarrollo Ganadero. 2. Buscar, armonizar criterios, definir agendas, cronogramas y efectuar acciones de seguimiento con la finalidad de alcanzar la confianza necesaria entre los integrantes de la cadena productiva. 3. Desarrollar mecanismos de concertacion a nivel local, regional y nacional que contribuya a organizar la oferta de la produccion.

4. Organizar y propiciar eventos de discusion y coordinacion con la finalidad promover la organizacion de productores y propiciar su fortalecimiento en el MORDAZA de las MORDAZA productivas. 5. Efectuar acciones de capacitacion relacionados con la investigacion agraria, transferencia de tecnologia en funcion al MORDAZA, al desarrollo de los agricultores como sujetos de credito del sector financiero rural y proveedores de servicios, promover la inversion privada orientada a mejorar la competitividad de la cadena productiva, asi como efectuar actividades de promocion de las buenas practicas ganaderas. 6. Gestionar los recursos requeridos para la realizacion de acciones conjuntas. 7. Recopilar y difundir informacion de valor para las instituciones y los agentes economicos que participan en la Cadena. 8. Discutir, analizar y aprobar la elaboracion de proyectos, planes de trabajo, celebracion de contratos de compraventa, convenios, estudios de MORDAZA, paquetes tecnologicos, alianzas productivas, informacion estadistica, planes estrategicos, participacion activa en ferias y eventos agropecuarios programados y aprobados por el Ministerio de Agricultura, Gobierno Regional y/o Gobiernos Locales. De la Organizacion Articulo 5º.- La Mesa de Dialogo y Concertacion esta constituida por: 1. La Secretaria Tecnica. 2. Las Comisiones de Trabajo. De la Secretaria Tecnica. Articulo 6º.- Constituye un espacio dentro de la estructura organica de la cadena productiva que tiene como funcion convocar y presidir las reuniones de trabajo de la mesas de dialogo y concertacion y ejerce la representacion del directorio de la cadena productiva. Del Directorio de la Cadena Productiva Del Presidente Articulo 7º.- El Presidente de la Secretaria Tecnica de la Mesa de Dialogo y Concertacion es un representante elegido por mayoria simple con votacion de los agentes economicos integrantes de la cadena productiva. Articulo 8º.- La Presidencia de la Mesa de Dialogo y Concertacion es por dos anos. En caso de ausencia justificada del Presidente, la mesa de dialogo y concertacion sera dirigida por un representante, acreditado para tales fines, de la institucion y/o organismo de origen. Articulo 9º.- Corresponde al Presidente, las siguientes atribuciones: 1. Representar a la Mesa de Dialogo y Concertacion. 2. Presidir y conducir las sesiones. 3. Dirimir las votaciones en caso de empate, sin perjuicio de su propio voto. 4. Comunicar cualquier solicitud de ingreso y renuncia de los miembros de la Mesa de Dialogo y concertacion de la Cadena Productiva. 5. Cumplir y hacer los acuerdos aprobados por los miembros del directorio de la cadena productiva concordante con lo determinado en el Articulo 4º del presente reglamento. De la Comision de Trabajo Articulo 10º.- Las Comisiones de Trabajo son creadas y disueltas por los integrantes del directorio de la Mesa de Dialogo y Concertacion de la Cadena Productiva. Articulo 11º.- Las Comisiones de Trabajo seran implementadas por los miembros del directorio de la mesas de dialogo y concertacion de acuerdo a los fines y objetivos de la Cadena Productiva. Articulo 12º.- Las comisiones deberan ser implementadas en los terminos del articulo precedente. Articulo 13º.- A solicitud del responsable de la Comision de trabajo, pueden constituirse subcomisiones y grupos de trabajo que desarrollaran tareas especificas dentro del ambito de la comision. Articulo 14º.- Cualquier renuncia o cambio de responsables de las comisiones tecnicas debera ser comunicada por la Secretaria Tecnica a la mesa de dialogo y concertacion para su revision y aprobacion.

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