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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G32/G33/G39/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 15 de diciembre de 2004 FORMATO Nº 4: PLANES TARIFARIOS CON PAGO FIJO MENSUAL Y TARIFA VARIABLE A B C D E F G H Producto 1 . . . Producto n Nota: Todos los valores monetarios deberán estar expresados en S/. corrientes, sin incluir impuestos. No se efectuará ningún redondeo intermedio, solamente la tarifa promedio se redondeará a cuatro decimales. (1/) Este código corresponderá al establecido en la última columna del Formato Nº 1. (5/) La tarifa promedio por minuto se calculará dividiendo los ingresos entre el tráfico (H=G/F) (3/) Tráfico total originado en las líneas suscritas que resultará de sumar el tráfico incluido y el tráfico en exceso (F=D+E). El tráfico deberá expresarse en minutos redondeados, de tiempo de comunicación efectiva. (4/) El total de ingresos resultará de sumar (i) los ingresos por el pago fijo mensual que resultan de multiplicar el pago fijo mensual por el número de líneas suscritas al plan (A x B), (ii) los in gresos por tráfico en exceso que resultan de multiplicar las tarifas por tráfico en exceso por el tráfico en exceso (C x E). Ingresos (4/) Tarifa promedio del producto (5/) (2/) Tráfico originado en las líneas suscritas. El tráfico deberá expresarse en minutos redondeados, de tiempo de comunicación efectiva. Tarifa por tráfico en exceso Tráfico incluido (2/) Tráfico en exceso (2/) Código de Producto (1/) Pago fijo mensual Líneas suscritas Tráfico Total (3/) FORMATO Nº 5: DESCUENTOS POR RANGO DE CONSUMO Y OTROS A B C D E . . . . . . . . . Nota: Todos los valores monetarios deberán estar expresados en S/. corrientes, sin incluir impuestos. No se efectuará ningún redondeo intermedio, solamente la tarifa promedio se redondeará a cuatro decimales. (1/) Este código corresponderá al establecido en la última columna del Formato Nº 1. (6/) La tarifa promedio del producto se calculará multiplicando (1 - descuento promedio) por la tarifa base [E=(1-C) x D]. (5/) Esta tarifa corresponde a la tarifa sobre la cual se aplica el descuento, y deberá ser igual a la tarifa promedio de otro producto de la empresa (2/) Especificar los límites mínimo y máximo para la aplicación de cada descuento en S/. o en unidades de tráfico, cualquiera s ea el criterio aplicado. Es posible que un producto sólo posea un rango de consumo. (3/) Tráfico al cual se le aplicó el descuento. El tráfico deberá expresarse en minutos redondeados, de tiempo de comunicación efectiva. (4/) Este descuento resultará de promediar los descuentos aplicados a cada rango de consumo (A), considerando como ponderador al tráfico cursado en cada rango (B) Producto n Producto 1 . . . Tráfico (3/) Rangos de consumo (2/) Descuento promedio por producto (4/) Tarifa base promedio por minuto (5/) Tarifa promedio del producto (6/) Código de Producto (1/) Porcentaje de descuento aplicado Artículo Segundo.- La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese y publíquese.LILIANA RUIZ V. DE ALONSO Gerente General 22553