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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G32/G36/G36/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 18 de diciembre de 2004 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca y Seguros 22701 UNIVERSIDADES /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G6E/G75/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G41/G64/G6A/G75/G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E /G64/G65/G20/G4D/G65/G6E/G6F/G72/G20/G43/G75/G61/G6E/G74/GED/G61/G20/G4E/GBA/G20/G30/G39/G36/G2D/G32/G30/G30/G34/G2D/G55/G4E/G49/G2F /G46/G49/G51/G54/G2C/G20/G63/G6F/G6E/G76/G6F/G63/G61/G64/G61/G20/G70/G6F/G72/G20/G6C/G61/G20/G55/G6E/G69/G76/G65/G72/G73/G69/G64/G61/G64 /G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G67/G65/G6E/G69/G65/G72/GED/G61 UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 0958 Lima, 10 de diciembre de 2004 Visto el Oficio Nº 947-04-D/FIQT del 12 de noviem- bre del 2004, del decano de la Facultad de Ingeniería Química y Textil, por el que solicita la nulidad del Proceso de Adjudicación de Menor Cuantía Nº 096-2004-UNI/ FIQT por la omisión involuntaria de no notificar a PROM- PYME; CONSIDERANDO:Que, con fecha 1 de octubre del 2004 la Comisión Especial elaboró las Bases de la Adjudicación de Menor Cuantía Nº 096-2004-UNI/FIQT para la adquisición de un Switch Core de 24 puertos y un Switch de Borde de 24 puertos, por la suma de un monto referencial ascen- diente a US$ 4,860.00 (Cuatro Mil Ochocientos Sesenta y 00/100 dólares americanos), comunicando a CONSU- CODE en la fecha correspondiente, pero omitiéndose involuntariamente la comunicación a PROMPYME por ser el monto mayor a cuatro Unidades Impositivas Tribu- tarias; Que de la revisión de las Bases, se advierte que el precio referencial del citado proceso multiplicado por el tipo de cambio de S/. 3.31 (Tres y 31/100 nuevos soles) por dólar americano, asciende a la suma de S/. 16,086.60 (Dieciséis Mil Ochenta y Seis y 60/100 nuevos soles), monto que supera las cuatro (4) Unidades Impositivas Tributarias establecidas por el artículo 93º del Regla- mento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, para su notificación a PROMPYME; Que, el artículo 26º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, establece que el Titular del Pliego o la máxima autoridad administrativa de la Entidad, según corresponda, podrá declarar de oficio la nulidad del proceso de selección por alguna de las causales establecidas en el artículo 57 del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001- PCM, es decir, cuando hayan sido dictados por órgano incompetente, contravengan normas legales, contengan un imposible jurídico, o prescindan de las normas esen- ciales del procedimiento o de la forma prescrita por la normatividad aplicable , debiendo expresar en la resolu- ción que se expida la etapa a la que se retrotraerá el proceso; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 33º, Inc. b), de la Ley Universitaria Nº 23733, concor- dante con el artículo 52º, Inc. c) del Estatuto de la Uni- versidad Nacional de Ingeniería; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DECLARAR de Oficio la NULIDAD de la Adjudicación de Menor Cuantía Nº 096-2004-UNI/FIQT, por los fundamentos expuestos en la parte considerati-va de la presente Resolución, debiendo retrotraer el es- tado del proceso a la etapa de convocatoria. Artículo 2º.- Disponer que la presente Resolución Rectoral sea publicada en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los cinco (5) días siguientes a su expedición. Artículo 3º.- Disponer que la Secretaría General no- tifique la presente Resolución a los interesados. Regístrese, comuníquese y archívese.ROBERTO MORALES MORALES Rector 22887 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERÚ /G43/G6F/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G6E/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G4D/G6F/G64/G65/G72/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E /G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G47/G65/G73/G74/G69/GF3/G6E/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G42/G4E/G50 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 217-2004-BNP Lima, 10 de diciembre de 2004 El señor Director Nacional de la Biblioteca Nacional del Perú; CONSIDERANDO: Que, la Biblioteca Nacional tiene por finalidad facilitar y promover a todos los peruanos el acceso a la cultura,mediante los recursos bibliográficos, hemerográficos y documentales, de conformidad con lo establecido en el artículo 15° de la Ley Orgánica del Ministerio de Educa- ción, Decreto Ley Nº 25762, y constituye uno de sus objetivos impulsar el desarrollo de políticas de promo- ción del libro y la lectura, así como el apoyo a la produc- ción intelectual de los peruanos, la edición y difusión de sus obras, conforme a lo establecido en su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por D.S. Nº 024- 2002-ED; Que, la Biblioteca Nacional está encargada de regis- trar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Na- ción, de conformidad con lo establecido en el artículo VII del Título Preliminar de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, Ley Nº 28296; así como incremen- tar el patrimonio nacional bibliográfico, informático e in- formativo en general, en concordancia con la Ley de Depósito Legal en la Biblioteca Nacional del Perú, Ley Nº 26905, modificada por Ley Nº 28377; Que, conforme a lo establecido en los numerales 1.1 y 4 de la Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado Ley Nº 27658, se ha declarado al Estado en proceso de modernización en sus diferentes instancias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la fina- lidad fundamental de obtener mayores niveles de efi- ciencia del aparato estatal, lograr una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los re- cursos públicos; Que, conforme a lo establecido en el artículo 9° de la Ley Nº 27815 Ley del Código de Ética de la Función Pública, el Órgano de la Alta Dirección de esta entidad debe ejecutar medidas para promover la cultura de pro- bidad, transparencia, justicia y servicio público estable- cida en el Código de Ética; así como establecer los me- canismos e incentivos que permitan una actuación co- rrecta, transparente y leal de los servidores públicos; Que, se ha advertido la existencia de diversos fac- tores al interior y exterior de la institución que generan una necesidad de cambio y modernización en la Biblio- teca Nacional, como las que se mencionan a continua- ción: a) en el ámbito interno: los diagnósticos situacio- nales de identificación de debilidades y amenazas, for- talezas y oportunidades (FODA 2002 y 2004); el tras- lado hacia la nueva sede institucional; la existencia de