Norma Legal Oficial del día 18 de diciembre del año 2004 (18/12/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 18 de diciembre de 2004

La solicitud presentada por los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Secretario General y Personero legal alterno respectivamente del Partido Politico: "Fuerza Democratica". CONSIDERANDO: Que, mediante solicitud presentada el 8 de noviembre de 2004, los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Secretario General y Personero legal alterno respectivamente del Partido Politico: "Fuerza Democratica", solicitaron a la Oficina de Registro de Organizaciones Politicas la adecuacion de dicha agrupacion a la Ley Nº 28094 y su posterior inscripcion en el Registro de Organizaciones Politicas; Que, revisada la solicitud presentada, se advierte que la misma cumple con todas las disposiciones contenidas en el articulo 5º de la Ley Nº 28094, esto es, i) Acta de Fundacion, ii) Actas de Constitucion de Comites Partidarios ubicados en al menos el MORDAZA de las provincias del MORDAZA asi como en las dos terceras partes de los departamentos del MORDAZA y suscritas cada una por no menos de cincuenta afiliados debidamente identificados, iii) Estatuto, iv) designacion de Personeros Legales titulares y alternos y v) designacion del Representante Legal del Partido, encontrandose exceptuada la organizacion recurrente de la MORDAZA de firmas de adherentes conforme a lo dispuesto en la primera disposicion transitoria de la Ley Nº 28094; Que, con fecha 4 de diciembre de 2004 se publico en el Diario Oficial El Peruano un resumen de la solicitud a efectos que cualquier persona natural o juridica ejerciera su derecho a formular tacha contra la inscripcion de la agrupacion solicitante, habiendo quedado en esta Oficina de Registro toda la documentacion correspondiente a la misma; Que, se ha vencido el plazo senalado en el articulo 10º de la Ley Nº 28094 sin que se MORDAZA presentado tacha alguna contra la solicitud de inscripcion, conforme es de verse en el Memorando Nº 1077-2004OTDA/JNE; Que, los partidos politicos se constituyen por iniciativa y decision de sus fundadores y, luego de cumplidos los requisitos establecidos en la Ley, se inscriben en el Registro de Organizaciones Politicas; Estando a las consideraciones expuestas y de conformidad con las funciones conferidas por Ley a la Oficina de Registro de Organizaciones Politicas del MORDAZA Nacional de Elecciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Inscribir en el Registro de Partidos Politicos al Partido Politico: "Fuerza Democratica", quedando aprobado su simbolo el cual es representado por una casita con techo a dos aguas de color MORDAZA, el mismo que se asienta en un rectangulo demarcado en color MORDAZA y en el fondo del rectangulo las letras mayusculas FD en color negro. Articulo Segundo.- Abrir la partida registral correspondiente en el Libro de Partidos Politicos, Partida Numero Nueve y registrese la inscripcion en el Asiento Numero Uno. Articulo Tercero.- Tengase acreditados como personeros del Partido Politico "Fuerza Democratica", a los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA como personero legal titular, MORDAZA MORDAZA MORDAZA como personero legal alterno y MORDAZA MORDAZA MORDAZA como personero legal suplente. Registrese y notifiquese. MORDAZA M. MORDAZA PATRON Jefe de la Oficina de Registro de Organizaciones Politicas 22990

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de la comision de delitos contra la fe publica y el estado civil
RESOLUCION JEFATURAL Nº 558-2004-JEF/RENIEC MORDAZA, 23 de setiembre de 2004 Visto, el Oficio Nº 3961-2004-GP/SGDAC/HYC RENIEC, el Informe Nº 034-2004-GP/SGDAC/HYC RENIEC y el Informe Nº 992-2004-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 14 de setiembre del 2004. CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Procesos del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, en su permanente labor fiscalizadora, asi como del MORDAZA de depuracion, inherente al procedimiento administrativo, ha detectado que el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en atencion al MORDAZA de veracidad para el procedimiento registral, se presento al entonces Registro Electoral a efectos de solicitar y obtener tramite rectificatorio, contando para tal caso con sustentos que no le pertenece, declarando datos falsos, para asi usurpar la identidad de MORDAZA MORDAZA YANAGUI MORDAZA, los mismos que fueron insertados en documento publico y registrados en el Sistema del Archivo Nacional de Identificacion, cuya organizacion y mantenimiento es encargada por Ley al RENIEC; Que, la Subgerencia de Depuracion Registral y Archivo Central, luego de verificar la declaracion dada por el citado ciudadano, concluye que la misma adolece de falsedad, hecho que motivo se excluya del registro la inscripcion rectificada irregularmente mediante Resolucion Nº 073-2004-GP/SGDAC-RENIEC, en estricto cumplimiento a lo senalado en el articulo 67º incisos 7 y 9 del Decreto Ley Nº 14207; Que, aun cuando si bien se ha procedido administrativamente, los hechos MORDAZA descritos constituyen indicio suficiente de la comision de presunto delito contra la Fe Publica, en las modalidades de Falsedad Ideologica y Generica, previstos y sancionados en los articulos 428º y 438º del Codigo Penal vigente; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica y en atencion al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA YANAGUI MORDAZA y los que resulten responsables; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA YANAGUI MORDAZA y los que resulten responsables, por presunto delito contra la Fe Publica, en las modalidades de Falsedad Ideologica y Generica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro

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