Norma Legal Oficial del día 18 de diciembre del año 2004 (18/12/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

MORDAZA, sabado 18 de diciembre de 2004

NORMAS LEGALES

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de la Republica es descentralizado y participativo. Se formula y aprueba conforme a la Constitucion y las normas presupuestales vigentes, distinguiendo los tres niveles de gobierno. Los Gobiernos Regionales y Locales aprueban su presupuesto de acuerdo a la Ley de Gestion Presupuestaria del Estado y demas normas correspondientes; Que, el Articulo 20º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, senala que los Gobiernos Regionales y Locales se sustentan y rigen por Presupuestos Participativos anuales como instrumentos de administracion y gestion, los mismos que se formulan y ejecutan conforme a Ley y en concordancia con los Planes de Desarrollo Concertados; Que, los Articulos 9º y 10º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y su modificatoria, Ley Nº 27902, senala que los Gobiernos Regionales son competentes, entre otros, para aprobar su organizacion interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestion Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto; Que, el inciso c. del Articulo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales concordante con el inciso c. del Articulo 3º del Reglamento Interno del Consejo Regional senalan que una de las atribuciones del Consejo Regional es la de Aprobar el Plan Anual y el Presupuesto Participativo Anual del Gobierno Regional; Que, el inciso b. del Articulo 21º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales concordante con el numeral 2) del inciso r) del Articulo 5º del Reglamento Interno del Consejo Regional senalan que una de las atribuciones del Presidente Regional es la de presentar al Consejo Regional el Plan Anual y el Presupuesto Participativo Anual; Que, el Articulo 32º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley Nº 27902, establece que la gestion del Gobierno Regional se rige por el Plan de Desarrollo Regional Concertado de mediano y largo plazo, asi como el Plan Anual y el Presupuesto Participativo Regional; Que, la Ley Nº 28056, Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 171-2003-EF y el Instructivo Nº 001-2004-EF/ 76.01, aprobado mediante Resolucion Directoral Nº 0102004-EF/76.01, establecen las disposiciones que permiten asegurar la efectiva participacion de la Sociedad Civil en el MORDAZA de programacion participativa del presupuesto; Que, la Directiva Nº 012-2004-EF/76.01, aprobada por la Resolucion Directoral Nº 025-2004-EF/76.01, establece las pautas para la Programacion, Formulacion y Aprobacion del Presupuesto de los Gobiernos Regionales para el Ano Fiscal 2005; Que, la Comision Regional de Administracion, Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional del Callao, a traves del Dictamen Nº 007-2004-REGION CALLAO-COM.ADM.PLAN.PRESUPyAT, propone al Pleno del Consejo Regional la aprobacion del Plan Anual y Presupuesto Regional Participativo 2005 del Gobierno Regional del Callao; EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO, en Sesion Ordinaria celebrada el dia 16 de diciembre del 2004, con el MORDAZA aprobatorio del Consejo Regional y en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Gobiernos Regionales aprobada por Ley Nº 27867, su modificatoria aprobada por Ley Nº 27902 y por el Reglamento Interno del Consejo Regional; ACUERDA: Primero.- APROBAR el Plan Anual y Presupuesto Participativo 2005 del Gobierno Regional del Callao. Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administracion la publicacion del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano y en el Diario de Mayor Circulacion de la Region. Tercero.- DISPENSAR el presente Acuerdo del tramite de lectura y aprobacion del Acta. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA CANCHES MORDAZA Presidente del Consejo Regional 23016

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Disponen procedimientos para adecuarse a modificatoria del Reglamento de Uso Turistico de la Red de Caminos MORDAZA del Santuario Historico de Machupicchu
RESOLUCION Nº 003-2004-UGM-CD MORDAZA, 14 de diciembre del 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 001-81-AA se establecio el Santuario Historico de Machupicchu con el objetivo de proteger la armoniosa relacion de su singular riqueza cultural y natural, reconocida por la UNESCO como Sitio de Patrimonio Mundial Cultural y Natural; Que mediante Resolucion Jefatural Nº 085-98-INRENA, se aprobo el Plan Maestro del Santuario Historico de Machupicchu, el cual constituye el documento de planificacion de mas alto nivel del Santuario, de conformidad con lo establecido por la Ley de Areas Naturales Protegidas, dada por Ley Nº 26834; Que de acuerdo a los Articulos 17º y 19º del Decreto Ley Nº 25902 y el Articulo 8º de la Ley Nº 26834, se establece que el Instituto Nacional de Recursos Naturales INRENA, Organismo Publico Descentralizado del Ministerio de Agricultura, es la Autoridad competente del Sistema Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado - SINANPE; Que, la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion y el Decreto Supremo Nº 017-2003ED que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura, establece que el Instituto Nacional de Cultura - INC, Organismo Publico descentralizado del Ministerio de Educacion, es la Autoridad Nacional competente para la proteccion y conservacion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, con Decreto Supremo Nº 023-99-AG se constituyo la Unidad de Gestion del Santuario Historico de Machupicchu - UGM, encargada de la gestion integral del citado Santuario Historico y de dirigir la puesta en marcha de las estrategias contenidas en su Plan Maestro; Que mediante Decreto Supremo Nº 029-2001-AG se incorpora como miembros del Comite Directivo de la Unidad de Gestion de Machupicchu al Viceministro de Turismo y al Presidente del Consejo Transitorio de Administracion Regional - CTAR MORDAZA hoy Gobierno Regional del Cusco; Que, mediante Resolucion Nº 002-2003-UGM-CD de fecha 23-1-2004 se aprobo el Reglamento de Uso Turistico de la Red de Caminos MORDAZA del Santuario Historico de Machupicchu, en cuya implementacion se han encontrado ciertos vacios e inconsistencias que han generado la comision de ilicitos por parte de algunas Agencias de Viajes y Guias de Turismo en contra de los visitantes a la Red de Caminos MORDAZA del Santuario Historico de Machupicchu y contra el Patrimonio Natural, Cultural de este Sitio de Patrimonio Mundial Cultural y Natural; Que, es necesario perfeccionar dicha MORDAZA y adecuarla a las caracteristicas del desarrollo de la actividad turistica en el Santuario Historico de Machupicchu a la legislacion vigente en materia de Uso Publico de sus recursos Naturales y Culturales y a los compromisos adquiridos por el Gobierno Peruano ante UNESCO; Que en reunion de Comite Directivo de la Unidad de Gestion de Machupicchu de fecha 27 de octubre del 2004 se acordo modificar el Reglamento de Uso Turistico de la Red de Caminos MORDAZA del Santuario Historico de Machupicchu aprobado por Resolucion Nº 002-2004-UGM-CD; Que mediante Resolucion Nº 002-2004-UGM-CD de fecha 12 de noviembre del 2004 se acordo que los Agentes de Viajes que hayan efectuado reservas para el ingreso a la Red de Caminos MORDAZA, para el periodo comprendido hasta el mes de octubre del 2005, deberan adecuarse a los procedimientos complementarios de la Modificatoria del Reglamento de Uso Turistico de la Red de Caminos MORDAZA del Santuario Historico de Machupicchu que se implementara en un plazo MORDAZA de SESENTA DIAS (60 dias) a partir del dia siguiente de la publicacion de la Resolucion mencionada;

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