Norma Legal Oficial del día 23 de diciembre del año 2004 (23/12/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

MORDAZA, jueves 23 de diciembre de 2004

NORMAS LEGALES
Nº SUBPARTIDA NACIONAL

Pag. 282993
DESCRIPCION

Que, el Articulo 4º del Decreto Supremo Nº 1932003-EF dispuso la prorroga de la vigencia del derecho ad valorem adicional establecido por el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 063-2002-EF, unicamente para las subpartidas del Anexo 3 del referido Decreto Supremo, hasta el 31 de diciembre de 2004; Que, en concordancia con la politica economica adoptada por el Gobierno, se ha visto por conveniente modificar algunas tasas de las subpartidas nacionales, con el objeto de promover la eficiencia y competitividad de la economia e incrementar la oferta exportable del pais; Que, teniendo en cuenta los compromisos adquiridos por el Peru en el MORDAZA de la Organizacion Mundial del Comercio; De conformidad con lo establecido en el inciso 20) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- El derecho arancelario ad valorem adicional equivalente a 5% del valor CIF a que se refiere el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 0632002-EF, prorrogado por el Decreto Supremo Nº 1932003-EF, se mantiene vigente hasta el 31 de diciembre de 2005 para las subpartidas nacionales que forman parte del Anexo 3 del Decreto Supremo Nº 1932003-EF. Articulo 2º.- Incluir en el ANEXO 3 del Decreto Supremo Nº 193-2003-EF y modificatorias, las subpartidas nacionales del Anexo que forma parte del presente Decreto Supremo. Articulo 3º.- El derecho arancelario ad valorem CIF aplicable a las subpartidas nacionales del Anexo que forma parte del presente Decreto Supremo es de 7%. Articulo 4º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintidos dias del mes de diciembre del ano dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI Ministro de Economia y Finanzas ANEXO Nº SUBPARTIDA DESCRIPCION NACIONAL 1 2520 10 00 00 YESO NATURAL; ANHIDRITA 2 2520 20 00 00 YESO FRAGUABLE 3 6902 10 00 00 LADRILLOS, PLACAS, BALDOSAS Y PIEZAS CERAMICAS ANALOGAS DE CONSTRUCCION, REFRACTARIOS, CON UN CONTENIDO DE LOS ELEMENTOS Mg (MAGNESIO), Ca (CALCIO) O Cr (CROMO), CONSIDERADOS AISLADOS O CONJUNTAMENTE, SUPERIOR AL 50% EN PESO, EXPRESADOS EN MgO (OXIDO DE MAGNESIO), CaO (OXIDO DE CALCIO) U Cr2O3 (OXIDO CROMICO) 4 6902 20 10 00 LADRILLOS, PLACAS, BALDOSAS Y PIEZAS CERAMICAS ANALOGAS DE CONSTRUCCION, REFRACTARIOS, CON UN CONTENIDO DE SILICE (SiO2) SUPERIOR AL 90% EN PESO. 5 6902 20 90 00 LADRILLOS, PLACAS, BALDOSAS Y PIEZAS CERAMICAS ANALOGAS DE CONSTRUCCION, REFRACTARIOS, CON UN CONTENIDO DE ALUMINA (AI2O3) O DE UNA MEZCLA O COMBINACION DE ALUMINA Y DE SIILICE (SiO2) SUPERIOR AL 90% EN PESO. 6 6902 90 00 00 LOS DEMAS LADRILLOS, PLACAS, BALDOSAS Y PIEZAS CERAMICAS ANALOGAS DE CONSTRUCCION, REFRACTARIOS, EXCEPTO LOS DE HARINAS SI-

LICEAS FOSILES O DE TIERRAS SILICEAS ANALOGAS. 7 6908 90 00 00 LAS DEMAS PLACAS Y BALDOSAS, DE CERAMICA, BARNIZADAS O ESMALTADAS, PARA PAVIMENTACION O REVESTIMIENTO; CUBOS DADOS Y ARTICULOS SIMILARES, DE CERAMICA, PARA MOSAICOS, BARNIZADOS O ESMALTADOS, INCLUSO CON SOPORTE. 23310

Aprueban Reglamento de Emision y Colocacion de Bonos Soberanos en el MORDAZA Interno
DECRETO SUPREMO Nº 193-2004-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, en el MORDAZA del documento denominado "Estrategia de Colocaciones y de Operaciones de Manejo de Deuda Publica", aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 106-2003-EF, a fin de desarrollar el MORDAZA de capitales local mediante la emision de Bonos Soberanos en Nuevos Soles, se ha considerado conveniente efectuar las colocaciones de dichos bonos mediante un Programa de Creadores de Mercado; Que, el impulso que se le va a dar al desarrollo del MORDAZA de capitales interno, implica que el Estado Peruano sea un emisor frecuente en el MORDAZA primario de titulos de deuda publica; Que, a efectos de realizar la colocacion de dichos bonos es pertinente aprobar un MORDAZA reglamento sobre la emision y colocacion de Bonos Soberanos en el MORDAZA interno, que reemplace al reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 006-2004-EF; De conformidad con lo dispuesto por el numeral 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobacion Apruebase el Reglamento de la Emision y Colocacion de Bonos Soberanos en el MORDAZA Interno, segun el texto del Anexo I que forma parte de la presente MORDAZA legal. Articulo 2º.- Derogacion Derogase el Decreto Supremo Nº 006-2004-EF, asi como todas las disposiciones que se opongan a los terminos de esta MORDAZA y el reglamento que se aprueba. Articulo 3º.- Referencias A partir del 1ero. de enero de 2005, toda referencia en esta MORDAZA, incluyendo al Anexo I, a la Direccion General de Credito Publico debe entenderse como referencia a la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico. Articulo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintidos dias del mes de diciembre del ano dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI Ministro de Economia y Finanzas

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