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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G33/G37/G30/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 30 de diciembre de 2004 luación de la productividad de cada una de las Salas, en aras de la optimización del servicio y teniendo en cuenta las necesidades de la institución. Artículo Quinto.- La conformación de las Salas citadas en el artículo 1º, su instalación así como la designación del Vocal Alterno, serán efectivas desde el lunes 17 de enero de 2005; entre tanto, seguirá vigente la conformación y designa-ción efectuadas mediante Resolución Nº 030-2003-SUNARP/ SA, los que tendrán a su cargo el Control de Calidad a que se refiere la Resolución Nº 051-2004-SUNARP/SA. Regístrese, comuníquese y publíquese. ÁLVARO DELGADO SCHEELJE Superintendente Adjunto (e) 23546 SUNAT /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G63/G6F/G2D /G72/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G70/G72/GF3/G72/G72/G6F/G67/G61/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G2D/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G72/G72/G65/G6E/G64/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G6D/G75/G65/G62/G6C/G65/G20/G75/G62/G69/G2D/G63/G61/G64/G6F/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G65/G70/G61/G72/G74/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G48/G75/G61/G6E/G2D/G63/G61/G76/G65/G6C/G69/G63/G61 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 304-2004/SUNAT Lima, 29 de diciembre de 2004 CONSIDERANDO: Que el inciso g) del Artículo 19º del Texto Único Orde- nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es- tado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM,establece que se encuentran exoneradas de los procesos de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Di- recta, según sea el caso, las adquisiciones y contratacio-nes que se realicen para prorrogar contratos de arrenda- miento de inmuebles ocupados por la entidad, siempre y cuando la renta no se incremente en una tasa mayor alcrecimiento del índice general de precios al por mayor; Que una vez aprobada la exoneración correspondiente, la contratación debe efectuarse a través de un proceso deAdjudicación de Menor Cuantía, conforme a lo establecido por el Artículo 20º de dicho texto legal; Que en los Artículos 105º y 116º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Ad- quisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, se establece el procedimiento a que de-ben someterse tales contrataciones, precisándose que deberá indicarse en la Resolución exoneratoria el órgano que se encargará de llevar a cabo la contratación; Que el Informe Técnico Legal Nº 04-2004-SUNAT/ 2R0000 de la Intendencia Regional Junín, indica que se requiere prorrogar, por el período comprendido entre el 1de enero de 2005 y hasta el 31 de diciembre de 2005, el plazo del contrato de arrendamiento de dos (2) ambientes que se encuentran dentro del edificio del Centro Cívico,ubicado en la avenida Manchego Muñoz Nº 299, del distri- to, provincia y departamento de Huancavelica, en virtud a que los referidos ambientes reúnen las condiciones deinfraestructura necesarias para ser utilizados para el fun- cionamiento de la Oficina Remota de Huancavelica; Que el mencionado informe señala que mediante Ofi- cio Nº 393-2004-ALC/MPH la Municipalidad Provincial de Huancavelica ha manifestado su conformidad en prorrogar el contrato de arrendamiento de dicho inmueble que cons-ta de 2 (dos) ambientes, por un período adicional de 12 (doce) meses, en las mismas condiciones del contrato origi- nal y manteniendo la renta mensual en el mismo montopactado de S/. 1,000.00 (Un mil y 00/100 nuevos soles), incluido impuestos; por lo que de conformidad con lo dis- puesto en los Artículos 19º y 20º del Texto Único Ordenadode la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, resulta procedente la emisión de una Resolución de Su- perintendencia que exonere del proceso de selección co-rrespondiente a la prórroga de dicho contrato de arrenda- miento;Que lo expuesto en dicho informe justifica técnica y legalmente la exoneración del proceso de selección para la prórroga del mencionado contrato de arrendamiento, cumpliéndose así con lo establecido en el Artículo 113º delmencionado Reglamento; De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 19º y 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacionesy Adquisiciones del Estado y en los Artículos 105º, 113º y 116º de su Reglamento; y en uso de las facultades confe- ridas en el inciso u) del Artículo 19º del Reglamento deOrganización y Funciones de la SUNAT, aprobado por De- creto Supremo Nº 115-2002-PCM. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exonerar del proceso de selección corres- pondiente, a la prórroga del contrato de arrendamiento de los ambientes que se encuentran dentro del edificio del CentroCívico, ubicado en la avenida Manchego Muñoz Nº 299, del distrito, provincia y departamento de Huancavelica, por el pla- zo de un (1) año contado a partir del 1 de enero de 2005 yhasta el 31 de diciembre de 2005, por los fundamentos ex- puestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Autorizar al Intendente Regional Junín a suscribir el Contrato respectivo con la Municipalidad Pro- vincial de Huancavelica, mediante Adjudicación de Menor Cuantía, por una renta mensual de S/. 1,000.00 (Un mil y00/100 nuevos soles), incluido impuestos, la misma que será financiada con ingresos propios de la Institución. Artículo 3º.- Encargar a la Gerencia Administrativa de la In- tendencia Nacional de Administración que remita copia de la presente Resolución y del informe que la sustenta a la Contralo- ría General de la República, dentro de los diez (10) días calenda-rio siguientes a la fecha de su aprobación; así como la publica- ción de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en la página web de la Entidad en el plazo antes señalado. Regístrese, comuníquese y publíquese. NAHIL LILIANA HIRSH CARRILLO Superintendente Nacional 23725 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G46/G65/G64/G61/G74/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G54/G69/G74/G75/G6C/G61/G72/G20/G79/G20/G41/G6C/G74/G65/G72/G6E/G6F /G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G49/G6E/G74/G65/G6E/G64/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G69/G6E/G63/G69/G70/G61/G6C/G65/G73 /G43/G6F/G6E/G74/G72/G69/G62/G75/G79/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 305-2004/SUNAT Lima, 29 de diciembre de 2004 CONSIDERANDO: Que el Artículo 127º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedi- miento Administrativo General, establece el Régimen de Feda-tarios de las entidades de la Administración Pública, señalando en su numeral 1 que cada entidad debe designar fedatarios institucionales adscritos a sus unidades de recepción documen-tal, en número proporcional a sus necesidades de atención; Que el numeral 2 del mencionado artículo precisa que el fedatario tiene como labor personalísima, comprobar yautenticar la fidelidad del contenido de las copias presen- tadas para su empleo en los procedimientos de la entidad, cuando en la actuación administrativa sea exigida la agre-gación de los documentos o el administrado desee agre- gados como prueba; Que resulta necesario designar Fedatarios Titular y Al- terno en la Intendencia de Principales Contribuyentes Na- cionales; En uso de las facultades conferidas en el inciso u) del Artículo 19º del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por el Decreto Supremo Nº 115- 2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar como Fedatarios Titular y Al- terno de la Intendencia de Principales Contribuyentes Na- cionales, a las siguientes personas: