Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2004 (30/12/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 61

MORDAZA, jueves 30 de diciembre de 2004

NORMAS LEGALES

Pag. 283699

mil ochocientos setenta y cinco con 00/100 nuevos soles) considerando una renta mensual de S/. 1,487.50, (Un mil cuatrocientos ochenta y siete con 50/100 nuevos soles) desde el 1.ABR.2004 al 30.NOV.2004, incluidos el monto equivalente a dos meses de garantia; Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo inciso g) del 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, estan exoneradas de los procesos de seleccion de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen para prorrogar el plazo de contratos de arrendamiento de inmuebles ocupados por la Entidad, siempre y cuando la renta no se incremente en una tasa mayor al crecimiento del indice general de precios al por mayor; Que, asimismo, el articulo 105º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, dispone que en tal supuesto, la Entidad MORDAZA las contrataciones mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtencion, por cualquier medio de comunicacion incluyendo el facsimil y el correo electronico, de una cotizacion que cumpla los requisitos establecidos en las Bases, con autorizacion expresa del Titular del Pliego o de la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad, segun corresponda. Los contratos que se celebren como consecuencia de la indicada exoneracion, deberan cumplir con los respectivos requisitos, condiciones, formalidades y garantias. Que considerando que el local destinado a Almacen General esta actualmente ocupado por la Direccion Regional de Defensa Civil de La MORDAZA, y que las rentas no sera incrementada es procedente que se exonere del MORDAZA de seleccion bajo la modalidad de Adjudicacion Directa Selectiva la realizacion del indicado MORDAZA de seleccion, por el periodo de un ano y considerando un valor referencial de S/. 17,850.00 (Diecisiete mil ochocientos cincuenta y 00/100 nuevos soles), en aplicacion de lo dispuesto por el inciso g) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, contando con el Informe de Disponibilidad Presupuestal Nº 823-2004/INDECI/4.0, de fecha 7.DIC.2004, emitido por la Oficina de Planificacion y Presupuesto; De conformidad con lo dispuesto en el inciso g) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, en concordancia con lo dispuesto en el articulo 105º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y estando a las atribuciones conferidas mediante el Decreto Supremo Nº 059-2001-PCM, Reglamento de Organizacion y Funciones del INDECI, modificado por el Decreto Supremo Nº 005-2003-PCM; con las visaciones de la Direccion Nacional de Logistica y de la Oficina de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- EXONERAR al Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI del MORDAZA de seleccion por Adjudicacion Directa Selectiva, autorizando y encargando a la Direccion Nacional de Logistica para que proceda a efectuar la prorroga del contrato de arrendamiento para el local del Almacen General respecto del inmueble destinado a Almacen General, ubicado en Carretera Industrial Km. 2.5, frente a la MORDAZA de Contadores, distrito de Moche, provincia de MORDAZA, departamento de La MORDAZA, por un periodo de doce meses, por el monto total de S/. 17,850.00 (Diecisiete mil ochocientos cincuenta y 00/100 nuevos soles) considerando una renta mensual de S/. 1,487.50, (Un mil cuatrocientos ochenta y siete con 50/100 nuevos soles), mediante adjudicacion por menor cuantia. Articulo Segundo.- DISPONER que la Secretaria General de INDECI se encargue de la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web del INDECI, asi como la remision de una MORDAZA de los Informes Tecnicos y Legales y de la presente Resolucion a la Contraloria General de la Republica dentro de los diez (10) dias calendario de su expedicion. Articulo Tercero.- DISPONER que la Secretaria General e Imagen Institucional, ingrese la presente Resolucion al Archivo General del INDECI, y remita MORDAZA autenticada por fedatario a la Direccion Nacional de Logistica, a la Oficina de Asesoria Juridica y a la Direccion Regional de

Defensa Civil La MORDAZA, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA PODESTA LLOSA Jefe 23670

Disponen nulidad de licitaciones publicas nacionales para la adquisicion de componentes de vivienda prefabricada y de raciones MORDAZA de alimentos
INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL RESOLUCION JEFATURAL Nº 479-2004-INDECI
28 de diciembre de 2004 Vistos; el Informe Tecnico Nº 038-2004/DNL/12.0, emitido por la Direccion Nacional de Logistica, de fecha 28.DIC.2004, y el Memorandum Nº 2092-2004/DNL/12.0, de fecha 28.DIC.2004; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 013-2004-INDECI, de fecha 23.ENE.04, se aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones - PAAC del INDECI, que fue modificado por la Resolucion Jefatural Nº 151-2004-INDECI, de fecha 30.ABR.2004, Resolucion Jefatural Nº 187-2004-INDECI, de fecha 15.JUN.2004, Resolucion Jefatural Nº 321-2004-INDECI, de fecha 10.SET.2004, la Resolucion Jefatural Nº 3822004-INDECI del 14.OCT.2004 y por la Resolucion Jefatural Nº 426-2004-INDECI, del 19.NOV.2004, en el que se encuentra incluido el MORDAZA de seleccion denominado Licitacion Publica Nacional, para la adquisicion de Componentes de Vivienda Prefabricada, hasta por el valor referencial de S/. 2'952,525.10. (Dos millones novecientos cincuenta y dos mil quinientos veinticinco con 10/100 nuevos soles); Que, mediante Resolucion Subjefatural Nº 144-2004INDECI, de fecha 10.SET.2004, se designo al Comite Especial, encargado de realizar el MORDAZA de seleccion Licitacion Publica Nacional Nº 0008-2004/INDECI/DNL/12.0, para la adquisicion de Componentes de Vivienda Prefabricada hasta por el valor referencial de S/. 2'952,525.10. (Dos millones novecientos cincuenta y dos mil quinientos veinticinco con 10/100 nuevos soles); Que, el articulo 26º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM establece que el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad, segun corresponda, podra declarar de oficio la nulidad del MORDAZA de seleccion, por algunas de las causales establecidas en el articulo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, que al respecto establece que son nulos - entre otros - los actos administrativos que prescindan de las normas esenciales del procedimiento; Que, para el valor referencial de los items 03 y 04 de la Licitacion Publica Nacional Nº 0008-2004/INDECI/DNL/12.0, para la adquisicion de Componentes de Vivienda Prefabricada, no ha sido determinado sobre la base de un estudio de MORDAZA adecuado, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 26º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, concordado con el articulo 27º de Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, que senala que la determinacion del valor referencial de los bienes, servicios y obras requeridas por la Entidad se efectua sobre la base de los precios de MORDAZA, para lo cual la dependencia encargada de las contrataciones y adquisiciones deberan realizar el estudio de las posibilidades que ofrece el MORDAZA, considerando todos los aspectos que pudieran incidir directamente sobre la determinacion del costo de los mismos. En este punto, cabe indicar que el articulo 12º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 012-2001PCM senala que, MORDAZA de iniciar los procesos de adquisicion o contratacion, la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la Entidad, coordinara con las dependencias de las cuales provienen los requerimientos y efectuara estudios

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.